El procesamiento sin prisión de Alfredo Silva y su alejamiento del directorio de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) no “demuestran” nada en términos generales pero han reabierto, como era esperable, polémicas acerca de la representación de los trabajadores en la conducción de organismos estatales.

La cuestión es compleja y conviene separar sus elementos. Por un lado, se discute el procedimiento de elección de Silva para el cargo que ocupaba; por otro, se reactivan rechazos a la representación misma. En tercer lugar, y aunque esto no aparezca en los debates con la misma intensidad, puede ser útil reflexionar sobre ciertos requisitos de la cogestión.

La ley 18.161, aprobada hace siete años, establece que cuando el Poder Ejecutivo pide venia al Senado para designar a los cinco integrantes del directorio de ASSE debe tener “especialmente en cuenta” que dos de ellos sean, respectivamente, “representativos de los usuarios y de los trabajadores” de ese servicio descentralizado. El mismo artículo preveía que “dentro de los seis meses contados desde la promulgación” de la norma se reglamentara “la forma” en que usuarios y trabajadores formularían sus respectivas propuestas en tal sentido, pero esto no sucedió y, hasta el momento, se ha aplicado el criterio de que el PIT-CNT, en tanto “organización sindical más representativa” (según la fórmula de uso en los convenios internacionales), le comunique al Ejecutivo quiénes piensa que son representativos de los trabajadores de ASSE. A su vez, las autoridades de la central sindical han formulado esa recomendación a partir de deliberaciones con los dirigentes de la Federación de Funcionarios de Salud Pública (FFSP).

Vale la pena señalar que “los trabajadores de ASSE” no son sólo los afiliados a la FFSP, y tampoco el conjunto de funcionarios del organismo (afiliados o no a ese sindicato), sino también, por ejemplo, los médicos, que no son pocos. Sin embargo, tanto el Sindicato Médico del Uruguay como la Federación Médica del Interior y las Sociedades Anestésico-Quirúrgicas se han resignado a que la FFSP ejerza la representación, probablemente porque evalúan que la disputa por ese lugar estaría perdida de antemano.

En todo caso, la presencia de una persona “representativa de los trabajadores” en el Directorio no debería apuntar meramente a que en ese organismo haya alguien que vele por los intereses de uno o de todos los sindicatos del área y oficie como su portavoz, como si fuera el delegado a un Consejo de Salarios, sino a enriquecer la calidad global de la conducción, integrando en ella saberes, experiencias e inquietudes de quienes brindan servicios de salud, y facilitando al mismo tiempo un vínculo con ellos que sirva para promover el perfeccionamiento de su trabajo, en beneficio de la sociedad. Al representante de los trabajadores no le compete solamente representarlos, sino que es director del conjunto del servicio, y esto marca la diferencia con una concepción corporativista.

En otras palabras, aunque Silva no hubiera cometido ninguna irregularidad en el ejercicio de su cargo, su función no era oficiar como defensor de intereses particulares en el Directorio (ni siquiera del interés de todos los trabajadores de ASSE), sino cooperar en la defensa del interés general. Lo mismo puede decirse de la representación de los usuarios, mucho más débil que la de los trabajadores (y no está de más apuntar que a la participación de los docentes en la conducción de la enseñanza pública se aplica sin dificultad el mismo razonamiento)

Por supuesto, la situación de Silva le da espacio a quienes sostienen que los trabajadores no pueden ni deben participar en la dirección de las tareas que desempeñan, y que intentar que lo hagan conduce inevitablemente al corporativismo y la ineficiencia. En este sentido, el procesamiento del sindicalista no sólo es un problema para la FFSP y el PIT-CNT, sino que afecta en forma negativa a todos los esfuerzos por aumentar los espacios de cogestión y autogestión.

Por otra parte, y con independencia de quién sea el sustituto de Silva o del procedimiento que se utilice para elegirlo, la cogestión y la autogestión no se construyen por decreto, sino que requieren un esfuerzo deliberado y tenaz para lograr que grandes cantidades de personas participen y desarrollen una visión integral del sistema al que aportan su trabajo. Es una meta muy ambiciosa, pero conformarse con menos no vale la pena.