Mañana entrará en vigencia la reducción del IVA a las compras con tarjetas de débito y de crédito. Para las tarjetas de débito, la rebaja será, al comienzo, de cuatro puntos porcentuales; desde el 1º de agosto de 2015, de 3%; y desde el 1º de agosto de 2016, de dos puntos. Para las de crédito, esta reducción será en primera instancia de dos puntos porcentuales, a partir del 1º de agosto de 2015 la rebaja será de un punto y sin reducción de ahí en más. Ésta no es la primera vez en los últimos años en que se producen reducciones de impuestos indirectos, pero tiene la novedad de que el diseño de implementación será a través de medios de pago electrónicos. Tal novedad determina que los consumidores sean beneficiados por toda la reducción del impuesto y no sólo por aquella parte que los vendedores trasladan a los precios. Por otro lado, hace que los consumidores efectivamente beneficiados sean solamente aquellos que posean un medio electrónico de pago (aunque, al mismo tiempo, el decreto establece que los trabajadores formales deberán recibir su sueldo a través de cuentas de cajas de ahorro asociadas a una tarjeta de débito).

Como sucede en la mayoría de los países, cuando vamos a comprar un producto en Uruguay el precio que se nos indica ya incluye el impuesto indirecto, que no va al vendedor sino a la Dirección General Impositiva. Por lo tanto, cuando se reduce el porcentaje de impuestos indirectos en forma general, las empresas pueden decidir si establecen un nuevo precio de venta, y en caso de que lo hagan, si lo rebajan por todo el monto del impuesto reducido o se apropian de parte de ese monto. Los consumidores no suelen saber qué parte del precio corresponde al impuesto, y en consecuencia esa apropiación pasa inadvertida.

En una economía de mercado, la capacidad de decidir en qué medida una reducción de impuestos se traslada al precio de venta al público depende del poder de mercado que posean las empresas y por las características del bien en cuestión. Si las empresas están en un ámbito muy competitivo, van a tender a rebajar los precios por la totalidad de la reducción del impuesto, dado que basta que un vendedor establezca un precio menor para que los demás tiendan a imitarlo y el precio general baje. Pero si la estructura de mercado es imperfecta (oligopólica o monopólica) las empresas podrán apropiarse sin mayores inconvenientes de una parte de la reducción impositiva. Asimismo, si el bien no tiene sustitutos cercanos, el poder de mercado se podrá ejercer en mayor medida que si el bien es sustituible por otro. La disponibilidad de sustitutos hace que el mercado de referencia se amplíe y el poder de mercado se reduzca.

Por ese motivo, cuando se aplicaron en el pasado reducciones del IVA o la eliminación de la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social (Cofis), el impacto en los precios al público fue muy desigual. De igual forma, cuando en la actualidad se aplican exoneraciones impositivas como la del IVA a las frutas y verduras importadas, a fin de que la volatilidad de los precios se amortigüe, el efecto no es visible o resulta muy dispar. Estas experiencias nos hablan de mercados controlados por muy pocos oferentes que tienen la capacidad de fijar precios, y donde las empresas tienen mucha capacidad de manejar su margen de ganancia.

La novedad en el diseño de la reducción impositiva que nos ocupa es que distingue a los beneficiados, porque determina que se les cobren precios distintos a los consumidores que pagan en efectivo, a los que lo hacen con tarjeta de débito y a quienes abonan con tarjeta de crédito. Además, unos comercios poseen una terminal de captura de datos (POS, por las siglas en inglés de “punto de venta”) y otros no. En consecuencia, habrá por lo menos tres tipos diferentes de transacciones, a las que corresponderán otros tantos precios. El precio final ya no será solamente el que se indique en el negocio y se pague en efectivo, sino que podrá ser 3,28% o 1,64% menor, si se realiza la transacción con tarjeta de débito o de crédito, respectivamente. Es claro que esto debería llevar a rever la forma en que se mide la inflación.

Este diseño busca formalizar el comercio a través del mercado, empujando a los consumidores a utilizar los medios electrónicos de pago, que pueden ser fácilmente fiscalizados por la DGI. Por lo tanto, las empresas que realizan de modo informal una parte de sus ventas verán reducido su espacio para esa práctica. Pero aquellas empresas que actúan en la informalidad completa, y en particular aquellos clientes que trabajan en la informalidad, quedan excluidos de los beneficios de la reducción de IVA, y esta exclusión es un efecto colateral del diseño de implementación.