Desde la dirección de Egeda se comunicó a la diaria que la entidad ha desarrollado campañas de información en los distintos sectores: “Tratamos de gestionar a quienes tienen como materia prima las obras audiovisuales, hasta que se llegó a este tipo de sectores, a quienes el audiovisual también les hace un aporte. Nos resulta difícil gestionarlos porque son pequeños y son muchos”.

Esta sociedad, que marcó el valor de la licencia en diez dólares mensuales por pantalla -“el valor de un chivito”, comparan-, gestiona los derechos de comunicación pública de los productores audiovisuales. Según Egeda, se trata de “un derecho patrimonial como cabeza de las obras audiovisuales”.

“No sé si un día una persona se quedó en el cine, al terminar de ver una película, y prestó atención a los créditos. Si hubiera mirado con atención, habría visto que estaban incluidos los encargados del catering, la peluquería, el vestuario... ¿Quién los contrata? Las tareas del productor son infinitas”, afirmaron, en defensa del rol de los productores en los trabajos audiovisuales.

En cuanto a la cadena que recorre un audiovisual, explicaron que cuando un productor cede los derechos de una obra a un canal, se ceden los derechos de antena por determinado tiempo. Pero si ese canal se vende por un servicio de televisión por cable a un local comercial -responsable de la comunicación pública-, éste no cuenta con los derechos. Al ser consultados sobre por qué no se incluía el cobro en una etapa previa, desde Egeda aseguraron que era imposible porque se desconocía “el recorrido de la obra”.

La sociedad de gestión aclaró que instalaron un call center para atender todas las consultas, porque entienden que esto puede causar inseguridad. “No somos extraterrestres. Vamos a la peluquería y a la parrillada como todos, por eso pensamos en todas las preguntas que se les podría ocurrir y enviamos una carta informativa”, sostienen. Teniendo en cuenta la escasa producción audiovisual nacional, aseguran que 20% de lo recaudado se reservará para engrosar un fondo dedicado a su fomento, ya que la mayor parte de la recaudación pertenece a productoras extranjeras.

“La ley nos da herramientas para actuar y hacer una gestión eficiente de los derechos que representamos. La ley prevé multas por daños y perjuicios de hasta diez veces el valor del ilícito. Las leyes, como los contratos, son lo que le queda al pequeñito para hacer valer sus derechos. En este caso, Egeda es el chiquito”, aseguraron.

Leyes obsoletas

El Movimiento Derecho a la Cultura (MDC) envió un comunicado el lunes, en el que enumeran las razones por las que el cobro de Egeda es “ilegítimo” y explican cuál es el “riesgo de la proliferación de estas entidades de gestión de derechos de autor” (ver www.ladiaria.com.uy/UHG). Argumentan que “por culpa de una ley mal hecha, estos titulares de derechos tienen, entre otras cosas, un poder desproporcionado a la hora de salir a realizar cobros en lugares poco verosímiles”. Explican que Egeda Uruguay forma parte de “una red internacional que opera en Estados Unidos, España y varios países de América Latina, cuya formación fue impulsada en 2007 por sus equivalentes en los países desarrollados”. “El objetivo de estas redes internacionales es rastrillar dinero de los países menos desarrollados hacia los países centrales, en especial Estados Unidos, que es el principal exportador de productos audiovisuales (series, documentales, películas). En otras palabras, los beneficiados no son ni los autores ni los productores audiovisuales locales, sino la industria del entretenimiento global, de donde proviene la gran mayoría de los productos de ficción y documentales que se consumen en el cable”, aseguran.

Mariana Fossatti, vocera de MDC, considera que la amplitud de la actual Ley de Derechos de Autor hace posible que surjan asociaciones “que dicen representar a los dueños de determinado derecho y comienzan a hacer cobros sin que medien demasiados trámites. La ley avala esto porque les asigna un excesivo derecho a los titulares -por muchos años y en exclusiva-, y, por otro lado, todos los que somos usuarios de cultura o conocimiento tenemos todo prohibido salvo que paguemos o consigamos alguna autorización”.

Fossatti explica que la reforma de la ley de 2003 “armonizó” la legislación con la normativa de la Organización Mundial del Comercio y con los aspectos de la propiedad intelectual del comercio. En ese momento, “a una ley que nosotros llamamos ‘de derechos de autor’ -y que nos suena tanto a derecho humano- se le incorporó un derecho comercial en lo que tiene que ver con las exigencias de los países centrales para poder comerciar con determinadas reglas. De modo que estamos mezclando los niveles comerciales y de derechos humanos de una forma que no tiene sentido”.

Con respecto a los beneficiados por esta nueva medida, la vocera sostiene que las distribuidoras de cable pagan el derecho por retransmisión, más allá de que adquieran la licencia del producto audiovisual para exhibirlo. Fossatti sostiene que lo absurdo de las leyes de propiedad intelectual es que en el contexto tecnológico actual las obras culturales se exponen a la reproducción, la copia y la remezcla permanente. “Estamos ingresando a un terreno en el que todo podría ser cobrado obsesiva y compulsivamente. Además, es difícil encarar la recaudación y el reparto de esto, por eso muchas entidades de gestión de derechos han fracasado en los últimos años. El único cobrador que se ha mantenido con éxito en el mercado de los cobros ha sido AGADU [Asociación General de Autores del Ururguay]”.

Fossatti dice que las grandes preguntas apuntan a “¿cómo se reparte?, ¿a quién?, ¿en qué proporciones? y ¿cómo se mide lo que le corresponde a cada uno?”.

Cobros y recortes

Patricia Díaz, abogada de Creative Commons Uruguay, lo definió como una medida “ridícula”, que “choca”, pero “lamentablemente nos hemos acostumbrado”. Plantea que en verdad no existe un límite de hasta dónde se puede recortar el derecho del ciudadano de consumir cultura. En su opinión, esta licencia es una prueba más de la necesidad urgente de reforma de la Ley de Derechos de Autor. Cita como ejemplo que si los diseñadores de remeras reclaman los derechos generados por la exhibición de su diseño, se podría crear una gestora de diseñadores de remeras que le cobre a cada uno de los compradores un canon por exhibirlas en la calle. “No es razonable, sobre todo en este caso, cuando hay detrás una cadena de producción que ya pagó varias veces derechos de autor por eso. Quienes están corriendo un riesgo serio por esto son las bibliotecas, y eso sería gravísimo: el préstamo de libro legalmente podría cobrarse, y esto en otros países está sucediendo. En España los diarios cobran a las empresas buscadoras de noticias, como Google, por poner a disposición las noticias de sus diarios. Hay muchos ejemplos en los que, si uno no pone fin, se cercena el derecho al conocimiento y a la cultura por donde sea, porque hay pretensiones de cobrar cualquier cosa”, dice.

En el caso de Egeda, la letrada sostiene que los mayores beneficiaros serán las empresas productoras extranjeras. Para ejemplificar las divergencias en los cobros y las exigencias, Díaz aclara que el único en pagar los aranceles por las obras que están en dominio público es el Estado (SODRE, Comedia Nacional). “Es el propio Estado el que le paga a AGADU, entonces esta gestora se queda con 20% por gastos administrativos y se lo devuelve al Estado para financiar los Fondos Concursables, por ejemplo, u otras iniciativas del MEC [Ministerio de Educación y Cultura]. Pero esto a nadie le importa cuando esos aranceles inmovilizan proyectos culturales como la digitalización de obras, por citar un ejemplo”, se lamenta.

“Si las producciones nacionales en la grilla son mínimas, ¿para quién está trabajando esta gente? Si les dedican 20% a las producciones nacionales, entonces es simplemente corporativismo centrado en sus gastos administrativos. Con AGADU sucede algo similar, ya que la gestora tiene sus propios intereses, más allá de los autores. Y esto también es algo a tener en cuenta”, señaló.

De manera paralela, el Sindicato Único de Gestión de Actores Intérpretes (SUGAI) se moviliza desde hace un buen tiempo para que los actores perciban una remuneración por los exhibidores que usufructúan sus imágenes.

Óscar Serra, actor de la Comedia Nacional y director de SUGAI, dijo a la diaria que el sindicato está negociando la apertura de un tribunal arbitral en el Consejo de Derechos de Autor, dedicado a los canales de televisión. Desde 2012, SUGAI se encuentra en juicio con los cines por reclamar el derecho (considerado en la Ley 9.739) en que “todo trabajo o interpretación del actor debe percibir una remuneración por el usuario que usufructúa esa interpretación (en este caso, los propietarios de los canales y de los cines). Éste es un derecho distinto del derecho de autor, aunque se especifica en la misma ley”, afirma Serra.

Agrega que SUGAI se presentó ante los cines para acordar “algo que ya está presente en todo el mundo, pero ellos desconocieron el derecho y nos iniciaron un juicio por jactancia, como si nosotros nos jactáramos de poseer un derecho. No obstante, creemos que nuestro argumento de fondo no ha podido ser rebatido”.

En cuanto a la televisión, el actor explicó que se presentaron ante los canales de cable y aire utilizando la figura incluida en la Ley de Propiedad Intelectual, para solicitar la creación de un tribunal arbitral en el ámbito del Consejo de Derechos de Autor. De hecho, en la actualidad “los canales pagan un porcentaje por la emisión de las imágenes de los actores”.

Serra se lamenta de la baja producción nacional incluida en televisión. Recuerda que ya se ha aprobado la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que “por lo menos comenzará a mover un poco, y tal vez los productores y los propietarios de los canales comiencen a visualizar un nuevo negocio en la producción de ficción. En el mundo, la ficción y su demanda crecen en forma continua, y Uruguay no puede quedar por fuera. Así como en un momento nos quedamos al margen en cuanto a la producción cinematográfica, hoy en día nos estamos quedando en la producción de ficción, incluso cuando iniciamos la televisión digital y la ampliación de señales, lo que genera muchos más espacios para los productos audiovisuales”.

El sindicalista agrega que, por un lado, han trabajado en pensar cómo es posible fomentar la producción. Mencionan el caso de la Comunidad Europea, donde se reserva para la inversión de producción comunitaria 5% de las ganancias de los canales, además de una cuota de pantalla altísima (50%) -“algo que para nosotros sería inalcanzable”, acota-, y, por otro, “está la cuestión de la propiedad intelectual, una compensación por nuestro tipo de trabajo intermitente”.

Reconoce que están embarcados en una pelea que “no es fácil”, ya que no cuentan con recursos. Aun así, uno de sus objetivos es comenzar a recaudar esos derechos “para generar un fondo de estímulo a la producción nacional televisiva, que ya ha sido aprobado en asamblea. Además, tenemos un borrador del convenio con el ICAU [Instituto del Cine y Audiovisual del Uruguay], institución que se encargará de ejecutar este estímulo”. Para Serra, el asunto radica en la producción: “La propiedad intelectual estimula al creador, y ése es su objetivo primordial, ya que es necesario que continúe creando”.

Por amor a la camiseta

El presidente del Consejo de Derechos de Autor (CDA) del MEC, Carlos Liscano, dijo el martes a El País que ese organismo (responsable, entre otras tareas, de supervisar la transparencia de todas las sociedades de gestión) “no funciona desde hace 50 días, cuando asumió el nuevo gobierno, porque no dispone de personal administrativo”.

En diálogo con la diaria, el también director de la Biblioteca Nacional sostuvo que ya se informó a las autoridades del estado actual en que se encuentra el CDA y anunció que sobre esa situación está trabajando el director general del MEC, Jorge Papadópulos. Liscano explicó que por el momento el CDA no cuenta con “ningún funcionario” y está integrado por cinco consejeros y dos asesores letrados, todos ellos honorarios.

Sobre el carácter honorario de esta actividad, el presidente del CDA explicó que aún no se ha realizado ningún planteo a las nuevas autoridades del MEC, ya que asumieron hace muy poco tiempo. “Somos honorarios, y eso está en la ley, pero todos tenemos otros trabajos estatales de tiempo completo, por lo que se dificulta la tarea”, explicó. En este caso, Liscano también coincide en que el problema de este órgano radica en la ley vigente: “El problema real y de fondo es que la Ley de Derechos de Autor de Uruguay es obsoleta, y es muy difícil de modificar. Para hacerlo hay que contar con técnicos capacitados en la materia, y no sé si el país cuenta con ellos”. Agregó que esto está “debidamente informado” y que las sociedades de gestión y de AGADU están al tanto. “Es una situación que no depende del consejo ni de mí, ya que no puedo administrar recursos humanos. El Consejo de Derechos de Autor es un representante del Estado en el área, y depende únicamente de la ministra de Educación y Cultura. Los cinco consejeros honorarios son inviables en el mundo en que vivimos. Hay que crear una dirección remunerada que trabaje a tiempo completo o casi”, además de incluir un grupo de asesores técnicos, porque “el universo del derecho de autor es cada vez más complejo en el mundo”. Con respecto a esto, Liscano recordó que la Facultad de Derecho de la Universidad de la República incluye sólo ocho horas de clase sobre derechos de autor en toda la carrera de abogacía, de modo que “los técnicos se forman por su cuenta en cursos que brinda la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual [OMPI] o en cursos privados, conscientes de que existe una polémica subyacente”.

Aclaró que las tareas del CDA son “inmensas” en lo que tiene que ver con el asesoramiento del Estado -no de ciudadanos ni de privados-, y en responder ante la Justicia en caso de que el juez lo demande, asesorar a la cancillería en materia de derechos de autor, dentro del marco de la OMPI, y actuar en casos de conflicto de intereses, a pedido de la sociedad civil. “En este momento no tenemos ningún funcionario. Ésta no es una denuncia sino una realidad, y creo que en la sociedad no hay conciencia de la complejidad de este fenómeno. Incluso, para poder controlar la transparencia de las sociedades de gestión es necesario tener un contador, pero no contamos con ninguno”.

Liscano se lamenta por la situación y reconoce que es “angustiante el pedido” porque la gente se dirige a ellos para que fijen una taza por el uso de obras del dominio público para una película, por ejemplo, “pero siguen esperando nuestra respuesta, porque los abogados voluntarios no pueden encargarse de estas tareas administrativas”.

Papadópulos confirmó que se encuentran en un proceso de reasignación de funciones a otros administrativos y explicó que Liscano ya está “al tanto de esta medida”. En cuanto al carácter honorario de las tareas de quienes integran el CDA, sostiene que así está dispuesto en la normativa; “es algo que analizaremos, ya que recién ingresamos a la administración, y estos reclamos de Liscano -que también integró la administración anterior- son temas que estamos estudiando en el conjunto de las transformaciones que iremos aplicando en el ministerio”, dice.

Con respecto a Egeda, Liscano sostiene que cuando la sociedad se instaló en Uruguay se reunió con él, por ser el presidente del órgano. Recordó que están autorizados por el Poder Ejecutivo -condición para poder actuar- desde 2007, y agregó que es un asunto entre privados: una sociedad de gestión y los usuarios. “Están en su derecho, porque el Poder Ejecutivo los autorizó. Ahora, si tienen o no razón no puedo responderlo, ya que el consejo sólo es asesor del Estado. Algunas instituciones se han dirigido a nosotros por este asunto, para saber qué opinábamos, y nuestra respuesta fue la misma. Esta sociedad va a ir a cobrar a las mutualistas y a los hoteles, por ejemplo, y esto seguirá creciendo. Por eso me refiero a la complejidad del tema para un consejo honorario”, advirtió.