Aquella concepción de la época medieval de la mujer princesa, la virgen, aún prevalece en Uruguay en el Código Penal (CP). Y como existe en la ley, también existe en el imaginario. El poder de las leyes no se agota en determinar qué es justo y que no; mediante su aplicación también se construye un sistema de conocimiento e interpretación de la realidad que valida (o no) determinados comportamientos.

Ése fue uno de los argumentos que las catedráticas en Derecho Penal españolas María Acale Sánchez y Patricia Laurenzo Copello utilizaron ayer para evidenciar la “ridiculez” que implica que “la doncella” conviva con, por ejemplo, la ley de matrimonio igualitario. Ambas disertaron frente a legisladores, académicos y miembros de la sociedad civil sobre los “Modelos de intervención legislativa en violencia de género” y la “Problemática y estado actual de la discusión en torno a la tipificación del femicidio/feminicidio”, respectivamente, en el marco del Programa Justicia e Inclusión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, financiado por la Unión Europea y coordinado por la Escuela de Gobierno de la Cámara de Representantes. La actividad de ayer se realizó en la antesala de la cámara.

Ni Acale ni Laurenzo titubearon en decir que es imprescindible una reforma del CP, pero, principalmente, advirtieron que la acción legislativa no debe concluir en la tipificación de delitos: más importante es generar un sistema integral de protección para ayudar a las mujeres a identificar las situaciones de violencia de género y salir de ellas. Ante la pregunta de si es necesaria la creación de una figura específica para el femicidio, Laurenzo advirtió que hay “ventajas e inconvenientes”. Entre las primeras está el poder simbólico del derecho penal: hacer visible la violencia y desaprobar determinada conducta. Sostuvo que antes de implementar cualquier acción legislativa es necesario reconocer que “vivimos en una sociedad patriarcal” donde la discriminación hacia la mujer se instaló hace siglos y eso provocó que uno de los estigmas adjudicados a la mujer fuera el de la “debilidad”, colocándola en el mismo grupo que a los niños, ancianos y minusválidos. Esta “victimización” se vería amplificada por la tipificación, y eso se considera uno de los posibles “inconvenientes”. “De mujeres oprimidas por un sistema injusto, víctimas, pasamos a ser vistas, además, como vulnerables”, afirmó Laurenzo.

De todas formas, aseguró que “no es ilegítimo utilizarlo con fines comunicativos”, siempre y cuando se tenga en cuenta que “cuando uno decide utilizar el derecho penal, tiene que aceptar su lógica: no trabaja con la responsabilidad colectiva [sino individual] y la violencia de género es una responsabilidad social”. A su vez, afirmó que la tipificación puede ser “útil” para países con “alto nivel de impunidad” (como México, no Uruguay) y cuando “hay una nula conciencia de género”. Otra de las “ventajas” es que se podría elaborar una estadística, y “confrontar” a los operadores jurídicos “con la realidad de la violencia de género”.

Respecto del caso uruguayo, Laurenzo señaló que el debate “está tan avanzado” que el Poder Ejecutivo ya envió un anteproyecto de ley para agregar al delito de homicidio un agravante por feminicidio. En ese sentido, opinó que la opción del agravante es mejor que la de crear un delito autónomo, porque “las razones de género son un mero agravante de una muerte violenta […] todas tienen la misma raíz”. Además, señaló que habría problemas en cómo definir y delimitar la violencia de género. Identificó dos posibilidades: describir un contexto objetivo en el que ocurren estas situaciones, o mediante elementos subjetivos, como el odio, la misoginia y el menosprecio. Dijo que no le gusta ninguna de las dos opciones, pero menos la última, porque conlleva “graves problemas de interpretación”. “La voluntad de dominación quedaría descontextualizada y dependería de qué entiende cada juez por machismo”, una arbitrariedad que el derecho penal no se puede dar el lujo de tener, remarcó.

Acale propuso que exista una “formación específica de juzgados especializados en esta materia y [que se le brinde] acompañamiento jurídico a la víctima del delito desde el momento de la denuncia”.

Delincuentes de cuello blanco

El catedrático español de Derecho Penal Juan Terradillos fue otro de los disertantes ayer en el Parlamento, en su caso sobre “Delincuencia económica y empresarial”. En conversación con la diaria, Terradillos aseguró que es imprescindible “una transformación radical” del Código Penal (CP) para luchar contra los delincuentes económicos “de cuello blanco”. Aquellos “caballeros respetables” que gozan de “posiciones económicas desahogadas”, son profesionales y generalmente se relacionan con “el crimen ocupacional” (en el puesto de trabajo o funciones que uno puede desarrollar). “Es un crimen que superpone la combinación de la economía lícita e ilícita, transnacional”, explicó. Aseguró que en Uruguay “se ha pretendido dar respuesta mediante leyes especiales”, pero el “gran inconveniente es que son leyes que responden a criterios distintos”. En ese sentido aseguró que el CP “no soporta más parches”. “Un sistema jurídico con un CP de 1934 y unas leyes dispersas hace que sea difícil perseguir estas conductas, al margen de que puede existir cierta conducta de tolerancia”, aseguró.