Juan Miguel Petit hizo suya la solicitud del ex comisionado parlamentario, Álvaro Garcé, y de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) de efectivizar los derechos políticos de la personas privadas de libertad que se encuentran habilitadas para votar. Ayer presentó ante la Corte Electoral (CE) un oficio en el que cita el informe 2005-2006 elaborado por Garcé, en el que se señala que la omisión estatal “es significativa porque está en juego una cuestión de ciudadanía”. “Aun en prisión, los ciudadanos deben mantener sus hábitos democráticos”, aseguró a la diaria. Petit sostiene que la posibilidad de votar “es vista como un mecanismo más para permitir la construcción de ciudadanía entre aquellos que han sido privados de libertad”. Según las últimas cifras del Instituto Nacional de Rehabilitación, hay más de 10.100 personas privadas de libertad; se estima que cerca de 64% está encerrado por prisión preventiva, lo que implica que todavía no tienen sentencia y que algunos podrían ser procesados por delitos que no conllevan penas de penitenciaría. A éstos se les debería permitir gozar del derecho a ejercer el voto.

El comisionado asegura que “el camino posible” para la integración social de los presos es garantizar que “los derechos que componen la dignidad de la persona sean accesibles e incorporados”: “El desafío no es formar ‘buenos presos’ adaptados al mero cumplimiento de una sanción penal, sino ‘buenos ciudadanos’, capaces de vivir en armonía con los demás, resolver pacíficamente sus conflictos vitales y tener un lugar en la sociedad”.

Un informe de la INDDHH de 2014 dice que la situación de las personas que se encuentran privadas de libertad ambulatoria “implica que estos ciudadanos carecen totalmente de la posibilidad de concurrir al acto eleccionario, no porque esto sea imposible, responda a un acto voluntario y/o circunstancial (razones de salud, encontrarse fuera del país, etcétera), sino porque el Estado no les brinda las prestaciones requeridas para que lo puedan realizar instrumentando las medidas operativas necesarias”.

Para revertir esta situación, Petit sugirió a la CE la creación de un grupo de trabajo interinstitucional para “colaborar con las tareas suplementarias que debería encarar la CE” y poder identificar “dónde están, cuántos son los que podrían votar y cómo se haría esta logística”. Al respecto, indicó que en algunos países se vota por correo y en otros se instalan circuitos electorales en las cárceles. “Falta bastante para las próximas elecciones, así que se puede ir trabajando el tema y encontrar una solución”, dijo. Aseguró que algunas personas privadas de libertad llegaron a pedírselo explícitamente. “El derecho a la ciudadanía es muy importante simbólicamente. Es una señal de integración”, afirmó.

Por otro lado, Petit recordó que en 2011 se aprobó el Reglamento de las Mesas Representativas de Personas Privadas de Libertad, que habilita a elecciones de delegados de sectores o módulos en los distintos establecimientos, pero el mecanismo no está formalizado en todos los centros. El comisionado también planteó la necesidad de “apoyar y reconocer” estas elecciones para garantizar la transparencia y la representación real del colectivo.

Quién vota

El artículo 77 de la Constitución indica que todo ciudadano es elector y elegible, salvo “por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría” o “por sentencia que imponga pena de destierro, prisión, penitenciaría o inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos durante el tiempo de la condena”. El oficio también recuerda la Convención Interamericana de Derechos Humanos, en la que se establece que todos los ciudadanos deben gozar de “derechos y oportunidades”, entre los que se encuentran “participar en la dirección de los asuntos públicos” y agrega que la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos”.