La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) publicó ayer un informe sobre la ocupación del edificio del Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública en setiembre de 2015, en particular sobre la denuncia por malos tratos presentada por dirigentes de la Asociación de Docentes de Enseñanza Secundaria (ADES) luego de que fueron detenidos en el marco de la ocupación (que en realidad era de gremios estudiantiles de varios liceos).

Sobre la actuación de la Guardia Republicana el 22 de setiembre, el informe señala que los policías “no utilizaron granadas de gas ni escopetas que disparan balines de goma”. Basándose en el informe del presidente de la INDDHH, Juan Faroppa, quien presenció los hechos, el organismo señala que los policías en general “cumplieron los estándares nacionales e internacionales sobre uso legítimo de la fuerza”, pese a que “algunos integrantes de la Guardia Republicana salieron de la formación, vulnerando dichos estándares”, y detuvieron a algunas personas con violencia “absolutamente injustificada”. Ese fue el caso, señala el informe, del abogado de los denunciantes, Pablo Ghirardo, “que fue golpeado y arrojado al piso de manera absolutamente injustificada”. Otro caso fue el de un integrante de la Guardia Republicana que utilizó una cachiporra extensible, “que no está contemplada por la normativa”; frente a este caso el Ministerio del Interior (MI) respondió a la INDDHH que la Justicia Penal no encontró responsabilidad del policía en el caso, pero que de todos modos la cartera lo sancionó con 18 días de suspensión sin goce de sueldo.

El informe concluye que en casos como el de la ocupación del Codicen “la intervención policial es el último recurso, y nunca el primero ni menos el único”, y señala que quedó pendiente la respuesta sobre si existían otras medidas en marcha para resolver el conflicto. “Para la INDDHH los procedimientos de diálogo y negociación no existieron, o fueron inadecuados”, consideran en el documento, y destacan que en el lugar no había autoridades del Codicen “ni de miembros de ninguno de los tres Poderes del Estado que, tal vez, podían haber logrado una negociación exitosa con los estudiantes ocupantes. Esto habría dejado sin sustento los hechos de violencia posteriores”.

Esto llevó a la INDDHH a afirmar que el decreto 354/2010, que determina que tras una negociación se debe concretar el desalojo de la ocupación de dependencias estatales, es “de dudosa legalidad y más dudosa compatibilidad con el Bloque de Constitucionalidad vigente en el país”, y que “no era la norma que podían utilizar las autoridades para el procedimiento de desalojo de las oficinas del Codicen”. Por eso recomienda al MI que promueva ante el Poder Ejecutivo la derogación de dicha norma y que en su lugar se proponga un proyecto de ley “para que el Parlamento regule las ocupaciones, sean estas llevadas adelante por alumnos de sus centros de estudio u oficinas de instituciones de enseñanza, sean de lugares de trabajo públicos y privados por otro. Cada situación debería tener su régimen especial, no obstante deben asegurarse las garantías de la intervención previa y preceptiva del Poder Judicial y del Ministerio Público en este tipo de desalojos. Cuando se trate de ocupaciones promovidas por alumnos menores de edad, también debería ser preceptiva la presencia de las autoridades de la Enseñanza”. Además, la INDDHH afirma que la norma debe ser ley y no decreto, tal como recomienda la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de cualquier norma que restrinja el ejercicio de los derechos humanos.

También se recomienda que en futuros operativos las fuerzas de choque lleven un número visible en su uniforme para que los magistrados y los mandos de la Policía puedan identificar a quienes incumplen las normas de procedimiento.

Al calabozo

Por otra parte, los integrantes de ADES denunciaron que fueron detenidos durante el desalojo y que fueron trasladados a la Seccional 3ª de Montevideo, donde “habrían sido ingresados a un calabozo sin asistencia médica”, aunque algunos habían sido heridos durante el operativo. Luego fueron derivados a “Investigaciones”, donde se les requisaron las pertenencias, “obligando a varios detenidos a desvestirse. Fueron nuevamente alojados en un calabozo que se encontraba orinado, donde permanecieron toda la noche sin recibir asistencia médica”. Con respecto a estas denuncias, la INDDHH dice que el MI no respondió a las preguntas realizadas por la institución y que tampoco hizo una investigación administrativa para estudiarlas.

Además, los integrantes de ADES denunciaron que días después de ser liberados fueron interceptados por personas de particular que, sin mostrar documentos, querían detenerlos para conducirlos al juzgado. Según el MI, esto se hizo porque la Dirección General de Información e Inteligencia recibió, por “mandato verbal” de la jueza Ana de Salterain, la orden de detener a esas personas. De todas formas, según la INDDHH “no se acredita fehacientemente que haya existido una orden judicial”, por lo que recomienda que se “asegure” la judicialización de todas las actuaciones, que los funcionarios estén claramente identificados aunque vayan de particular y que informen debidamente sobre los motivos de la detención.