Hoy comienza a implementarse el nuevo servicio de asistentes personales para cuidados de personas en situación de dependencia severa. La figura de un asistente personal que apoye a la persona con discapacidad en actividades de la vida diaria fue incluida en la Ley de Protección Integral de Personas con Discapacidad, aprobada en 2010. La prestación comenzó a implementarse en 2014 y, a partir de la creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC), se reconfiguró. Un decreto aprobado por el Poder Ejecutivo en abril creó el “Sistema de asistentes personales para cuidados de larga duración para personas de dependencia severa”; el nombre es parecido, aunque no igual, al creado en 2014, que era “Programa de asistentes personales para personas con discapacidades severas”. Julio Bango, responsable de la Secretaría Nacional de Cuidados, explicó el viernes a la Secretaría de Comunicación de Presidencia que con esta nueva versión “se amplía la población que tiene el derecho a ser cuidada, porque antes eran sólo las personas con discapacidad severa, que tenían dependencia severa y que cobraban pensión por invalidez; ahora son todas las personas con situación de dependencia severa, tanto las personas con discapacidad y dependencia severa como las personas mayores de 65 años; esas antes no estaban, no les correspondía el asistente personal”.

En 2015 el sistema pagaba el salario del asistente personal (8.450 pesos nominales) por cumplir 70 horas mensuales; ahora se propone un salario mayor (de 11.862 pesos nominales) y se amplía el horario a 80 horas mensuales. Si bien depende de las necesidades concretas de cada usuario, se calcula que el asistente personal trabajará cuatro horas diarias cinco días a la semana, lo que le permitiría completar sus ingresos cuidando a otro beneficiario, estimó Bango.

Además, el sistema se hará cargo del pago del salario vacacional y del aguinaldo, que en el régimen anterior debían ser cubiertos por los beneficiarios. El otro cambio importante que destacó el jerarca es la ampliación de la formación de los asistentes personales: antes era de 30 horas y ahora la formación básica tendrá una carga de 90 horas, que se suma a otros componentes y llega a 152 horas, “con lo que se gana en la calidad del servicio que van a brindar”.

Un comunicado de la Secretaría del Sistema de Cuidados informó que se establece “un sistema de financiamiento solidario, por el que se definirá un subsidio total o parcial dependiendo de la capacidad de pago de cada familia y su carga de cuidados”. La capacidad de pago, según establece el decreto de abril de 2016, se calculará “considerando todos los ingresos del hogar contemplados en términos per cápita”. Quienes tengan ingresos de hasta tres Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) per cápita (10.020 pesos) tendrán un subsidio total; quienes tengan ingresos de entre tres y seis BPC per cápita (hasta 20.040) recibirán un subsidio de 67%; aquellos que estén en la franja de seis a 11 BPC (hasta 36.740) per cápita tendrán un subsidio de 33% del salario del asistente personal, y quienes tengan un ingreso per cápita superior a las 11 BPC no recibirán subsidio del Estado. Los usuarios deberán presentar a la Secretaría Nacional de Cuidados una declaración jurada, que tendrán que modificar cada vez que varíen sus ingresos, establece el decreto.

La cobertura del sistema será gradual. En 2016 ingresarán las personas menores de 29 años y las que tienen más de 85. Bango afirmó que 3.500 personas reúnen esas condiciones. En 2017 se incorporarán quienes tienen más de 80 años. La progresividad anual se guiará considerando tres criterios: la edad de las personas, los usuarios amparados por el primer régimen y los créditos presupuestales que se le asignen al sistema.

Bango informó que se contactó a unas 1.200 personas que estaban en condiciones de acceder al beneficio, tal como estaba planteado en el régimen anterior, y que no lo habían solicitado. Dijo que muchas de ellas no habían solicitado la prestación porque debían hacerse cargo del aguinaldo y del salario vacacional, cosa que no ocurrirá ahora.

Al igual que en el régimen anterior, no se permite que los asistentes personales tengan consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado con el usuario. Este es un punto polémico: es criticado porque impide la asistencia económica a los familiares que están a cargo del cuidado de la persona, pero es defendido por las autoridades porque se busca aliviar a la persona que está a cargo del cuidado las 24 horas del día.

Además de excluir a familiares y allegados, se excluye de las obligaciones de los asistentes personales la realización de tareas domésticas, así como las de carácter sanitario rehabilitador y “todas aquellas que impliquen una especialización profesional con la que no cuente” el asistente, establece el decreto.

Es requisito que el usuario tenga diez o más años de residencia en el país y que viva en un domicilio particular (se excluye, de esa forma, a personas que se encuentren en régimen de internación o que residan en instituciones, hogares y hospitales, entre otros).

Trámites

El comunicado del SNIC afirma que “las personas que ya tienen asistente personal bajo el régimen anterior no pierden el derecho, sea cual sea la edad que tengan”. Aclara que tienen hasta el 28 de febrero de 2017 para realizar el cambio de régimen, y que si no lo hacen deberán postularse nuevamente y atenerse a la “progresividad determinada” de la cobertura. Quienes tienen el derecho y no lo están utilizando, tienen tiempo hasta el 27 de octubre para seleccionar asistente personal e integrarse al nuevo régimen; si no lo hacen, deberán postularse de nuevo. Aquellos que accedan al derecho por medio del nuevo régimen disponen de 120 días para elegir asistente personal desde que reciban la notificación positiva; si no lo hacen en ese plazo (deben ir al Banco de Previsión Social, BPS), deberán volver a iniciar el trámite de postulación.

Bango comunicó que este mes comenzarán a visitar a las personas de todo el país mayores de 85 años y menores de 29 que desde abril se han inscripto para acceder al beneficio. En la visita, los técnicos del sistema determinarán el grado de dependencia de la persona y si les corresponde el servicio. Por más información, se sugiere llamar al 08001811 o al *1811, o ingresar al sitio web (www.sistemadecuidados.gub.uy).

La Secretaría Nacional de Cuidados se encargará de habilitar y registrar a las personas físicas y jurídicas que presten el servicio, registrar y valorar a los usuarios aspirantes al beneficio, definir el subsidio y el modelo de supervisión. El BPS se ocupará de llevar el registro de usuarios y de aspirantes al servicio de asistentes personales y de pagar los subsidios a los usuarios.