Andrés Blanco, profesor catedrático de Derecho Financiero y director del Instituto de Finanzas Públicas de la Universidad de la República, fue uno de los expertos de distintas universidades que visitaron la semana pasada a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes, que analiza el proyecto de ley de transparencia fiscal internacional y de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

La exposición de motivos de esta iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo explica que se busca hacer converger las normas nacionales con los estándares internacionales en la materia y subraya que “la opacidad fiscal no es una opción”. Entre otros puntos, dispone la remisión automática a la Dirección General Impositiva (DGI) de la información sobre saldos y rentas de origen financiero de empresas, establece la identificación del beneficiario final de entidades residentes en el país, y procura desestimular la constitución de sociedades en países de nula o baja tributación (conocidos como “paraísos fiscales”).

Blanco destacó que el proyecto tiene aspectos positivos, como el suministro de información a la administración y la identificación de los beneficiarios finales. Sin embargo, consideró que con la redacción actual se pierde la oportunidad de combatir “el fraude al fisco uruguayo”. El Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) tiene las mismas tasas que el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas en cuanto a rendimientos de capital e incrementos patrimoniales. Sin embargo, las rentas empresariales en el IRNR están gravadas al 12%, mientras que los residentes en Uruguay pagan el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) al 25%. El proyecto del Ejecutivo sube el pago de los no residentes de 12% a 25%, pero sólo para los residentes en países de nula o baja tributación.

“Con el proyecto de ley, se está tratando más duramente a las sociedades constituidas en paraísos fiscales, pero todos aquellos que quieran utilizar sociedades que no son de paraísos fiscales para pagar menos impuestos que en Uruguay lo van a poder hacer”, advirtió Blanco. Acotó que el supuesto de la ley es que “si están constituidas en países que no son paraísos fiscales, pagan impuestos allá”. “Pero entonces, el proyecto no está pensado para defender los intereses del fisco uruguayo, porque si no te importa dónde se pagan los impuestos, no está pensado para Uruguay. Entonces es un mandado hecho por encomienda de la OCDE [Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos], y no una medida para beneficiar los intereses del país”, cuestionó.

Sostuvo que se mantiene el concepto de que “las sociedades extranjeras siguen teniendo un tratamiento menos gravoso que las sociedades uruguayas” y que “siguen dadas las condiciones, no con paraísos fiscales pero sí con otros países, para que vos sigas eludiendo el pago de los impuestos uruguayos”.

Para cambiar esta situación, el catedrático consideró que lo mejor sería igualar totalmente el tratamiento fiscal de los no residentes con los residentes. Pero sin llegar a “ese punto tan extremo”, señaló que podría modificarse el concepto de “residente”. Hoy se considera “residente” a cualquier sociedad constituida en Uruguay, cuando el concepto mayoritario en el mundo, apuntó Blanco, considera “residente” también a una sociedad con sede de dirección efectiva en el país, o que posea la mayor parte de sus activos u obtenga la mayor parte de sus rentas en el país. “Ahí sí, las sociedades que tengan el corazón de su actividad en el país pasan a ser calificadas de residentes”, indicó.

“Por ejemplo, yo soy uruguayo. Si actúo por intermedio de una sociedad uruguaya, pago el IRAE a 25%. Si yo constituyo una sociedad española, acá en Uruguay pago 12% en vez de 25%, pero todavía puedo llegar a aprovechar beneficios de un tratado, porque en los tratados de doble imposición Uruguay asume la obligación de ponerles topes a los impuestos que aplica a los no residentes. Entonces, puedo llegar a ser una persona física uruguaya que utilice una sociedad extranjera y se aproveche de beneficios de un tratado celebrado entre Uruguay y un país extranjero, para pagar tasas más reducidas que las que paga una persona física que tiene todos sus bienes y todas sus rentas acá. Parece una cosa de locos”, ejemplificó Blanco.

El experto consideró, por otra parte, que le parece “peligroso y complejo” adoptar una política general de “seguirle el tren a la OCDE en todo”. “Porque hoy la OCDE está imponiendo cosas que en realidad no son demasiado absurdas, como el suministro de información e identificar beneficiarios finales. Sin embargo, la OCDE tiene un plan, que es el Plan BEPS [Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios, por su sigla en inglés], de reformas fiscales a mucha mayor escala, que tiene cosas sumamente peligrosas y bastante lesivas para los intereses de Uruguay”, valoró. El Plan BEPS de la OCDE apunta a combatir estrategias de deslocalización de impuestos hacia territorios de baja o nula tributación, pero en los hechos, advirtió el catedrático, perjudica a los países periféricos. “Por ejemplo, en las normas de distribución de la renta en las multinacionales, se prioriza el lugar donde la sociedad tiene los activos intangibles, como marcas y patentes. Eso va a llevar a que la renta se concentre en los países centrales, aunque la producción esté dispersa en los países periféricos. Si vos aceptás esa regla, vas a tener que aceptar que te lleven rentas de los países periféricos a los centrales”, explicó Blanco.