La Intendencia de Maldonado (IDM) presentó el viernes al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) sus descargos por la multa que ordenó aplicarle la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) por la fiesta Corona Sunsets, realizada el 6 de enero en las dunas del balneario Buenos Aires, con la autorización de la comuna.

El texto, difundido ayer por la IDM, califica a la sanción de “desproporcionada e improcedente”.

La Dinama resolvió aplicar dos sanciones: una de 300 Unidades Reajustables (UR) porque la empresa no frenó la obra cuando la Dinama la intimó a hacerlo, y otra de 1.500 UR por “afectación de la configuración natural de la costa”.

El equipo de Enrique Antía alega “vicios de procedimiento”: por un lado, sostiene que la Dinama comunicó a la empresa que no podía seguir con el montaje de la fiesta, pero no a la IDM; por otro, que no hubo representantes de la IDM durante la inspección de la Dinama, lo que “acarrea la nulidad absoluta de dicho medio probatorio”.

La IDM argumenta que el “sector ya estaba parcialmente afectado por circulación de vehículos y personas”, minimizando el impacto de los montacargas y manitus usados en el montaje de la estructura. Los abogados de la IDM Guillermo Ahlers y Daniel Trotta y la directora departamental de Medio Ambiente de Maldonado, Bethy Molina, dicen que “en el sitio se aprecian sendas de circulación peatonal dejadas como huellas en la superficie dunar [...] por uso de los vecinos del balneario Buenos Aires o algún otro visitante esporádico”. Deslindan responsabilidad, también, diciendo que “la instalación de contenedores y demás estructuras corrió por cuenta del particular” y que “no existió resolución” que lo autorizara.

Según la IDM, “no se produjeron cambios en la configuración, ni estructura de la costa, porque se tomaron las medidas preventivas y mitigatorias correspondientes para la intervención” y “no hay evidencia de aplastamiento de duna, ni de cambio en las formas del terreno”. La presión ejercida por los 3.500 asistentes a la fiesta, agrega, “es asimilable a la presión que se ejerce por el uso habitual del espacio”.

Intrincadamente, aduce que si “el MVOTMA puede sancionar a la IDM mediante el ejercicio de su competencia de contralor, que también posee la IDM, estaríamos aceptando la preeminencia de una competencia sobre la otra”, y agrega que el gobierno nacional pretende ejercer su competencia de contralor sobre el gobierno departamental de modo “excesivo, arbitrario e ilegal”.