Algunos de los integrantes de la comisión de drogas y adicciones se reunirán hoy con el presidente Tabaré Vázquez en la residencia de Suárez a las 10.00. Los legisladores fueron citados por el mandatario después de que, en el acto de celebración del natalicio de Artigas, anunciara la creación de una “ley holística total sobre el tema del alcohol, que abarcará la comercialización, la publicidad, la venta” y “también la posibilidad de [gravar con] impuestos”.

la diaria accedió a una versión preliminar del articulado que, durante dos años, trató la comisión integrada por diputados y senadores de todos los partidos. A pesar de que el texto puede sufrir modificaciones, en el capítulo III, dedicado a las “limitaciones a la venta, ofrecimiento y suministro de bebidas alcohólicas”, no se prohíbe la venta de petacas en las cajas de los supermercados. Sí se extiende el horario de “ley seca”, en el que no se puede vender alcohol, de las 22.00 a las 8.00, salvo en los locales que tengan un permiso otorgado.

También, según el borrador, se crea, en la órbita de la Junta Nacional de Drogas (JND), “un registro obligatorio de Vendedores de Bebidas Alcohólicas y actividades conexas en el que deberán inscribirse todos aquellos que, de acuerdo al giro de su actividad, cumplan con la normativa vigente”. Los menores de 18 años seguirán sin poder comprar alcohol. La cata y las degustaciones no tienen prohibiciones, pero no se permitirán “los concursos, torneos, o espectáculos públicos, con o sin fines de lucro, que promuevan la ingesta de bebidas alcohólicas”. Como había trascendido, no se permitirán promociones como la “canilla libre” o “happy hour”, o “toda modalidad similar que promueva o facilite el consumo excesivo”. Los locales habilitados no podrán ofrecer, por ejemplo, con la entrada, bebidas que superen los 40 g de alcohol puro. El artículo 21 dice que los establecimientos habilitados para la venta “cuya superficie sea igual o superior a 100 metros cuadrados deberá destinar [las bebidas con alcohol a] un sector específico separado de las no alcohólicas”.

El artículo V regula la publicidad, promoción y patrocinio. En ningún caso podrán transmitir, “asociar, vincular o relacionar las bebidas alcohólicas con significados y comportamientos que expresen una mejora del rendimiento físico o laboral, con propiedades terapéuticas, efectos sedantes o estimulantes, así como con significados y comportamientos que expresen el éxito social, profesional o sexual, o con situaciones de poder o actitudes discriminatorias”. Las publicidades no podrán tener tipografía, voces, imágenes o diseños asociados a la infancia o la adolescencia. Las figuras públicas o personalidades reconocidas tampoco podrán formar parte de las promociones que asocien su éxito con el alcohol.

El Poder Ejecutivo “podrá determinar otros mensajes preventivos que entienda pertinentes, contando para ello con asesoramiento de la JND”. Las publicidades de bebidas no podrán aparecer antes o después de programas dirigidos a menores de 18 años. El articulado también incluye la promoción mediante internet. El artículo 28 dice: “Prohíbese la publicidad o promoción de bebidas alcohólicas mediante la distribución de información por correo, telefonía o tecnologías de internet, salvo que exista fehaciente prueba de que cada uno de los destinatarios a la cual va dirigida sea mayor de 18 años”.

Con relación al etiquetado, el articulado señala que los envases deberán aclarar el grado alcohólico de la bebida e incluir los mensajes preventivos. Se prohíbe que las marcas de bebidas alcohólicas patrocinen o financien de cualquier forma “actividades deportivas, educativas, culturales o de ocio, dirigidas específicamente a menores de dieciocho años”.

Se prevé la creación de una Mesa Coordinadora de Fiscalización del Mercado de Bebidas Alcohólicas, que estará integrada por la JND, el Ministerio del Interior, la Prefectura Nacional Naval, la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección General Impositiva, el Banco de Previsión Social, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, y el Congreso de Intendentes, “quienes designarán un representante titular y un suplente. La misma será presidida por el representante de la JND”. No se especifica de dónde saldrá el presupuesto para esta nueva institucionalidad.

La JND será la que impondrá las sanciones en caso de infracción. Las multas serán de entre 1.000 y 100.000 Unidades Indexadas (3.630 y 363.000 pesos); también se podrá suspender en forma temporal o definitiva los permisos otorgados y clausurar establecimientos.

Lo recaudado será destinado a cumplir con los objetivos de la ley, que son: “Contribuir a gestionar los riesgos y prevenir los daños asociados al consumo problemático de bebidas alcohólicas [...] promover y potenciar la implantación y el desarrollo de programas, en los ámbitos educativo, familiar y comunitario, que prevengan el consumo de riesgo”.