Las demandas de los grandes inversores contra los estados ante tribunales arbitrales han crecido exponencialmente en los últimos años. La minera Aratirí resolvió ser parte de esta tendencia y anunció la semana pasada que demandará al Estado uruguayo porque su conducta “arbitraria” afectó las posibilidades de inversión de la empresa. Pero sucede que para que esa demanda sea viable, deben cumplirse dos condiciones: Zamin Ferrous (Aratirí) debe tener sede en Reino Unido, y debería haber firmado un contrato minero de explotación con el Estado uruguayo. Ninguna de las dos condiciones se cumple, advirtió ayer en un comunicado el Movimiento Uruguay Libre de Megaminería, y calificó el anuncio de Aratirí de un “nuevo acto de piratería” de la empresa. Ferrous no tiene sede en Reino Unido sino en Jersey, una isla del Canal de la Mancha que depende de la Corona Británica pero que legalmente no integra Reino Unido. Pese a esto, busca ampararse en el Tratado de protección de inversiones entre Reino Unido y Uruguay, firmado en 1991. En el gobierno no descartan que la minera pueda declarar algún domicilio de Reino Unido como filial para poder apelar al tratado.

Sin embargo, según surge del texto del acuerdo bilateral de protección de inversiones, las disputas inversor-Estado en este caso sólo podrán someterse al arbitraje internacional si ambas partes están de acuerdo en hacerlo, o si la empresa ya agotó su reclamo ante la Justicia local, o si pasaron 18 meses del reclamo y esta no se expidió. Ninguna de estas circunstancias aplica en el caso de Aratirí. Fuentes allegadas a la empresa dijeron a la diaria que la minera no presentó una demanda ante la Justicia local. Aratirí sólo recurrió ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) una multa que le impuso la Dirección Nacional de Medio Ambiente por realizar perforaciones sin contar con los permisos necesarios, y el TCA desestimó el recurso. Si se interpretara por parte de los árbitros que de este modo se agotó la vía de la Justicia local para el objeto de la demanda, de todos modos, para que fuera posible para la empresa recurrir al arbitraje internacional, el tratado bilateral establece que los árbitros deberían interpretar también que esta decisión del TCA fue “manifiestamente injusta” o que violó los términos del tratado.

El acuerdo bilateral de inversiones prevé que las partes pueden elegir el Centro Internacional de Arreglo de las Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI, por su sigla en inglés) como mecanismo internacional de arbitraje. Sin embargo, si las partes no están de acuerdo en acudir al CIADI, el acuerdo establece un mecanismo de solución de controversias que consiste en la instalación de un tribunal arbitral ad hoc de tres miembros. Cada parte –la empresa y el Estado– elige un miembro del tribunal, y el tercero es escogido de común acuerdo entre los otros dos. De no alcanzarse un acuerdo, la elección del tercer árbitro la hará el presidente de la Corte Internacional de Justicia.

Por otra parte, el Movimiento Uruguay Libre señala que Aratirí no firmó un contrato minero de explotación con el Estado uruguayo. Remarca que los gastos en los que incurrió la minera en las etapas de exploración corren por cuenta de la empresa, como es habitual en estos casos. Recuerdan que la Ley de Minería de Gran Porte establece que para otorgar la concesión para explotar un proyecto debe firmarse un contrato, que no fue suscrito en este caso. “Aratirí no obtuvo la autorización ambiental y no presentó nunca las garantías financieras exigidas por la Ley 19.126 para obtener la concesión para explotar”, recuerda el movimiento. Al no haber contrato, el proyecto de Aratirí no tiene “ninguna existencia legal”, sostienen los firmantes del comunicado, los activistas Ana Filippini, Raúl Viñas y Víctor Bachetta.

Los firmantes concluyen que la demanda de Aratirí es “un chantaje para lograr resarcirse e incluso obtener una ganancia”, y la califican de “otro acto de piratería especulativa, similar al proyecto minero que pretendió imponer en Uruguay”.

Los argumentos de la minera

“Minera Aratirí y sus subsidiarias contaban con varios permisos de prospección y exploración, que les otorgaban un derecho exclusivo a obtener la concesión de explotación del Proyecto Valentines. Pero el Gobierno implementó cambios a las reglas de juego afectando específicamente el proyecto, y de forma retroactiva”, indicaba el comunicado de la empresa que se dio a conocer la semana pasada.

Allegados a la empresa indicaron a este medio que en términos de documentos, Zamin Ferrous sólo cuenta con los permisos de exploración y con una carta firmada por el ex secretario de Presidencia, Alberto Breccia –ya fallecido– en la que el Ejecutivo se compromete a otorgarle a la empresa un terreno en La Angostura para la instalación de un puerto. El comunicado de la empresa señala que desde el gobierno se instó a la minería a “ubicar uno de los elementos claves de su proyecto [el puerto] en un lugar específico, La Angostura, en un lote propiedad del Ministerio de Defensa”, pero luego se le negó la ocupación del terreno. La minera sostiene que el proyecto se volvió inviable por “la conducta del gobierno, que no cumplió con sus promesas ni sus obligaciones”, lo que causó “muy importantes pérdidas a los inversores”, que estiman en 250 millones de dólares. Concluyen que la conducta del gobierno fue “arbitraria y no transparente”, y “contraria a las legítimas expectativas de los inversores”, por lo que viola el tratado de protección de inversiones entre Uruguay y Reino Unido.

Desde el Poder Ejecutivo, fuentes del gobierno aseguran que Uruguay tiene argumentos “muy sólidos” para enfrentar esta demanda.