La sala I de la Cámara Federal confirmó el procesamiento de ocho policías que fueron condenados a penas de prisión por crímenes cometidos durante la dictadura argentina, pero dispuso su excarcelación. Los ocho policías habían sido condenados por el juez Daniel Rafecas por tres hechos en los que allanaron tres casas y asesinaron a varias personas que estaban desarmadas, algunas de ellas militantes de Montoneros o del Ejército Revolucionario del Pueblo. En su fallo, Rafecas consideró que esas personas fueron asesinadas, algunas de ellas fusiladas, porque “eran parte del colectivo que la dictadura había identificado como subversivos y para ellos merecían ser objeto de la represión ilegal”.

Dos jueces de la cámara de apelaciones que decidió excarcelarlos, Leopoldo Bruglia y Jorge Ballestero, basaron su fallo en que la mayoría de los policías no tiene antecedentes en otros casos, que ellos podían no saber que estaban cometiendo un acto ilegal y que los tres hechos podrían ser aislados y, por lo tanto, no ser parte de un plan sistemático de la dictadura.

Organizaciones militantes por los derechos humanos advirtieron que este fallo podría abrir la puerta al regreso de la interpretación de la “obediencia debida” y enviar al resto de los juzgados el mensaje de que se condene sólo a los jerarcas responsables.