El viernes 5 de octubre de este año se colocó una placa en homenaje al contralmirante Óscar Lebel, que el día del golpe de Estado puso un cartel en su casa que decía: “Soy el capitán de navío Óscar Lebel. Abajo la dictadura”. La placa fue vandalizada al fin de semana siguiente de ser colocada, lo que llevó a una investigación por parte de la Justicia.

El fiscal Rodrigo Morosoli, a cargo de la Fiscalía de Flagrancia en lo penal de 14° turno, dijo a la diaria que gracias a un “minucioso” trabajo de investigación se reconstruyó el trayecto y se logró identificar a la persona. M.R.R., de 31 años, fue citado ayer y las partes acordaron llegar a un juicio abreviado. El fiscal pedirá ocho meses de libertad vigilada por el delito de daño agravado. El Poder Judicial (PJ) tiene un plazo de 20 días para convocar a audiencia y formalizar el delito. “Se pactó un régimen de libertad vigilada, por la que se le impone a la persona una serie de condiciones”, dijo Morosoli. El magistrado explicó que al ser un “primario absoluto” era pasible de ese régimen.

“Estamos ante un hecho que afecta a toda la comunidad porque la placa representa una figura que encarna la lucha por lo valores democráticos que trasciende a los partidos políticos, por eso no queríamos que quedara impune, pero valoramos la situación particular de la persona y las condiciones que tenía de insertarse en la comunidad”, dijo. Morosoli aseguró una opción podría haber sido trabajar la hipótesis de una suspensión condicional del proceso, lo que hubiera implicado que la Fiscalía frenara la investigación si la persona cumplía una serie de condiciones; si se hubiera optado por ese camino, el caso se hubiera cerrado, el delito se extinguía y la persona quedaba sin antecedentes. La opción opuesta era ir a juicio oral y público con la posibilidad de una condena de pena de prisión efectiva. “Opté por el camino intermedio para evitar la impunidad, graduando el castigo de acuerdo a la situación de la persona”, dijo.

La condena determina obligaciones legales reguladas por la Ley N° 19.446. El artículo 3 de la norma dice que “la libertad vigilada consiste en someter al penado a un régimen de libertad a prueba, tendiente a su reinserción social, a través de una intervención individualizada, bajo la vigilancia y orientación permanentes de la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida [OSLA], dependiente del Ministerio del Interior”. Si la persona incumpliera la condiciones, automáticamente se revoca la libertad vigilada y terminará la pena en prisión. El fiscal aclaró que el hombre quedará con antecedentes y no descartó que se le vaya a aplicar trabajo comunitario.