Como era de esperarse, la bancada de senadores del Frente Amplio (FA) hará algunas modificaciones al proyecto de ley que el Poder Ejecutivo envió en mayo para modificar el nuevo Código del Proceso Penal (CPP).

El ministro del Interior, Eduardo Bonomi, y otras autoridades del Ministerio del Interior han declarado en varias oportunidades que la puesta en marcha del código puede haber incidido en el aumento de la delincuencia en el país, por lo que enviaron en mayo un proyecto de ley con modificaciones al CPP, que entre otras cosas establecen que la prisión preventiva sea de aplicación obligatoria cuando haya reincidencia en delitos graves, eliminan el beneficio de la libertad anticipada en el proceso de juicio abreviado, y disponen que no podrán gozar del beneficio de la libertad anticipada quienes cometan delitos graves, como violación, abuso sexual, secuestro u homicidio, o los que pongan en peligro la vida de la víctima, como hurto con agravantes, rapiña, copamiento y extorsión. El proyecto enviado por el gobierno recibió variadas críticas: desde la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay y la Institución Nacional de Derechos Humanos hasta algunos sectores del FA como Casa Grande, que lidera la senadora Constanza Moreira.

Ahora, tras el ingreso del proyecto a la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores, la bancada del FA ya ha definido realizarle determinadas modificaciones, aunque todavía sigue debatiendo la posibilidad de que los cambios sean más. El oficialismo prevé que en breve llegará a acuerdos en la materia, y que será posible que el plenario del Senado vote el articulado definitivo en julio.

La senadora Daniela Payssé (Asamblea Uruguay) dijo a la diaria que uno de los cambios apuntará necesariamente a la eliminación de la prisión preventiva preceptiva para algunos delitos, teniendo en cuenta un reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que declaró inconstitucional un artículo de la Ley 19.446, que perseguía objetivos similares en el marco de la aplicación del viejo Código del Proceso Penal. Según Payssé, será necesario eliminar de la lista de delitos con prisión preventiva obligatoria, específicamente, a aquellos para los cuales no está previsto que la pena mínima sea de penitenciaría (y, por lo tanto, inexcarcelable), como por ejemplo el hurto.

Esta advertencia fue planteada en la comisión, sin pelos en la lengua, por la presidenta de la Asociación de Defensores Públicos, Adriana Berezán, el 24 de mayo: “Ya teníamos bastantes elementos para imponer la prisión preventiva, y los aceptamos, pero los señores legisladores no se habían animado a violar la Constitución, y con este artículo 223, cuando incluye reiteración, reincidencia y habitualidad, lamento decirles que todos le estamos metiendo una gran mano violatoria a la Constitución”. Según agregó, el artículo que se propone en esta modificación al nuevo CPP “es muy similar al artículo 1º de la Ley 19.446, que pretendía lo mismo, y respecto al cual podría dar varios números de sentencias de la Suprema Corte de Justicia que lo declaran inconstitucional”.

El otro cambio fue, en su momento, propuesto por la propia Payssé y también por el senador colorado Pedro Bordaberry, y busca evitar que las acciones de inconstitucionalidad contra el nuevo código detengan los pedidos de prisión preventiva, como ocurrió con el narcotraficante apodado El Buñuelo en San Carlos. No obstante, la SCJ ya ha fallado en contra de estos recursos en varias ocasiones.