Mañana cierra el plazo para que la población canaria haga aportes a los avances del Plan de Ordenamiento Rural de Canelones, presentado por la intendencia del departamento en diciembre del año pasado. En la elaboración del plan participaron la Agencia de Desarrollo Rural, la Dirección General de Gestión Ambiental y la Secretaría de Planificación de la Intendencia de Canelones.

El objetivo general del plan es promover un modelo de desarrollo rural mediante la consolidación de un marco regulatorio de ordenamiento territorial del área rural que el departamento no tuvo hasta ahora. Se trata de fomentar “la cultura productiva, el arraigo de la población vinculada a la producción familiar, la revalorización del patrimonio rural y el fomento del cuidado de los recursos naturales”.

El plan parte de la base de que es necesario promover una alimentación “saludable, de origen natural”, y de allí se deriva la necesidad de proteger el recurso agua y la producción de alimentos. Se considera que el territorio rural canario está hoy sujeto a una serie de presiones que “ponen en duda su sostenibilidad”, generadas por el agronegocio, la expansión de la ciudad, y el desarrollo industrial y logístico.

El plan define cinco “zonas de gestión” del territorio y tres “unidades ambientales”, estas últimas delimitadas principalmente en función del grado de contaminación de los cursos de agua (ver mapas).

Unidades ambientales

La unidad ambiental 1, “de recuperación ambiental”, comprende las cuencas de los arroyos Colorado-Las Piedras, Carrasco y Pando. Esta unidad presenta los índices de contaminación más altos y la peor calidad de agua del departamento. Allí se concentran producciones intensivas como vitivinicultura, fruticultura y horticultura, y al mismo tiempo es la zona del departamento con la mayor concentración urbana e industrial.

La unidad ambiental 2, “de protección de agua potable”, abarca la cuenca del río Santa Lucía, incluyendo el arroyo Canelón Chico, que es una de las subcuencas más contaminadas del departamento. Este arroyo vuelca sus aguas en el arroyo Canelón Grande y luego en el río Santa Lucía, aguas arriba de la principal toma para la potabilización de agua hacia la zona metropolitana, Aguas Corrientes. El plan señala que, si bien el grado de contaminación de la unidad ambiental 2 es menor que el de la 1, 80% de la contaminación proviene de fuentes difusas.

La unidad ambiental 3, “de protección ambiental”, incluye las cuencas de los arroyo Solís Chico y Solís Grande. El plan detalla que en esta zona se encuentran los suelos más degradados desde el punto de vista de la erosión y que coinciden, en general, con los suelos de prioridad forestal del departamento. Los índices de contaminación en esta unidad son menores que en las dos anteriores y, por lo tanto, se considera “una reserva de fuente de agua con potencial para la preservación, en particular el arroyo Solís Chico”.

Por otra parte, el plan dispone restricciones en el uso del suelo rural natural, con miras a preservar la calidad del agua del Santa Lucía. Se establece una faja de protección del río Santa Lucía que bordeará el curso de agua en su margen canario en un ancho de 100 metros, medidos desde la línea de propiedad o lindera entre el curso y los predios ribereños. Asimismo, se establece una faja de protección que bordeará arroyos a ambos lados en un ancho de 40 metros, y otra para las cañadas, de un ancho mínimo de diez metros. En esas fajas queda prohibido el laboreo y el uso de agroquímicos, así como la tala de monte nativo.

Zonas de gestión

En la zona de gestión 1 (ver mapa) se priorizará la actividad agropecuaria intensiva destinada a la producción de alimentos para consumo humano. El plan dispone para esta zona la prohibición expresa de cultivos extensivos (agricultura continua, de secano) y de la instalación de sistemas de concentración animal (engorde a corral y cuarentenarios), por considerarlos incompatibles con la producción de alimentos y la vivienda rural.

En la zona de gestión 2 predominan las actividades hortifrutícolas desarrolladas en predios de tamaño medio. En esta zona se priorizará el cuidado de la calidad de agua; no se admitirá la instalación de sistemas de concentración animal, y los cultivos extensivos no asociados a la producción de alimentos sólo podrán realizarse cuando los padrones permitan cumplir con las condiciones de distancias de retiro y zonas de amortiguación entre sistemas, y siempre y cuando no estén dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) o en suelos de categoría rural natural.

En la zona de gestión 3 predomina la producción hortifrutivitícola desarrollada en predios de tamaño medio. Aquí los cultivos extensivos deberán cumplir con las mismas condiciones que en la zona 2. Se admitirá la instalación de establecimientos de concentración de animales a corral salvo en las áreas pertenecientes al SNAP, en la totalidad de la cuenca de la Laguna del Cisne y en el suelo de categoría rural natural.

En la zona de gestión 4 se buscará principalmente proteger las características ambientales. El plan señala que en este caso “se hará énfasis en la implementación de prácticas agrícolas y sistemas de producción que involucren estrategias de preservación de la condición del agua, especialmente desde el punto de vista del manejo de suelos, aguas (efluentes) y otras condiciones del paisaje (biodiversidad, monte nativo, etcétera)”. Aquí los cultivos extensivos tendrán los mismos requisitos que en las zonas 2 y 3, y se admitirá la concentración de animales a corral con las mismas restricciones que en la zona 3. Además, dado que esta zona coincide con el área del departamento definida por ley como de prioridad forestal, “se promoverá la implantación de emprendimientos de este tipo en detrimento de la instalación de proyectos forestales en otras zonas”, indica el plan.

Finalmente, en la zona de gestión 5 se priorizará la producción agrícola-lechera y ganadera. “Para todos los emprendimientos productivos, ya establecidos o nuevos, adquiere especial relevancia el manejo de efluentes, el manejo del suelo bajo rotaciones agrícola-forrajeras y el manejo de agroquímicos, especialmente herbicidas para los barbechos químicos”, advierte el plan. Se admite el cultivo extensivo con las mismas restricciones señaladas, pero se prohíben los sistemas de concentración animal.

Ser rural

La identidad y la cultura rural, y la interacción entre lo rural y lo urbano, también forman parte del plan de ordenamiento territorial, que incluye programas y proyectos vinculados con estos temas. Uno de ellos es crear en forma participativa un “Manual de convivencia en el medio rural”, que contendrá una descripción “de las formas y costumbres del habitar y de las dinámicas productivas en lo que refiere a la convivencia entre productores que no habitan en el medio, entre productores que sí habitan en el área rural, y entre habitantes que no se dedican a la producción”.

Para cada orientación general del plan hay programas y proyectos para cumplir con los objetivos enunciados. Los documentos que hizo circular la Intendencia de Canelones establecen que el plan será revisado en un plazo de tres años en primera instancia, y luego, cada cinco años.