El Poder Ejecutivo incluyó por primera vez en la Rendición de Cuentas un informe detallado del “gasto tributario” por distintos conceptos en el período 2014-2016, y proyecciones para 2017. Se denomina “gasto tributario” a la ausencia o pérdida potencial de recaudación como consecuencia de un tratamiento impositivo diferente o excepcional del previsto en la estructura normal de un impuesto, explica el informe. Ese tratamiento impositivo excepcional puede darse mediante exoneraciones, deducciones, alícuotas reducidas de impuestos, créditos, entre otros mecanismos.

En la ley de Rendición de Cuentas de 2016, se incluyó –a pedido de la bancada del Frente Amplio– un artículo que establece que a partir del 1º de enero de 2018 el Ejecutivo deberá remitir,con cada proyecto de rendición, información sobre el gasto tributario del período. “Conocer el monto del mismo, así como la distribución social, sectorial y espacial de los beneficiarios, es un elemento indispensable para una mejor evaluación de las políticas implementadas a través de estos mecanismos”, reconoce el gobierno en su informe al Parlamento presentado el sábado. Aclara de todos modos que el detalle de este gasto “no implica la realización de juicios de valor acerca de si los mismos cumplen con el objetivo para el que fueron creados, y si son válidos para incentivar una actividad o sector en particular”.

Foto del artículo 'Gobierno cuantificó el impacto tributario de la ley de inversiones'

La metodología adoptada es la de “pérdida de ingresos”, que no tiene en cuenta los cambios en el comportamiento de los contribuyentes en ausencia del incentivo, sino que se limita a registrar el valor del impuesto no recaudado a partir del registro de la declaración; los datos obtenidos ya comprenden “en muchos casos” los niveles de evasión del sector, acota el informe.

El documento detalla la pérdida de recaudación por cada tributo especificando los motivos de la exoneración o deducción. La pérdida de recaudación por concepto de promoción de inversiones en base a la Ley 16.906 llegará en 2017 a 135 millones de dólares, según la proyección de la Dirección General Impositiva (DGI). La cifra supera, por ejemplo, el monto de todo el incremento presupuestal previsto en la actual Rendición de Cuentas. En 2014, la pérdida de recaudación por este concepto fue de 183 millones de dólares (según la cotización de ese año); en 2015, de 138 millones de dólares, y en 2016, de 160 millones de dólares.

En materia de tributos exonerados o deducidos por ley de inversiones, el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) representa 84% del monto del gasto tributario detallado en el informe por concepto de la Ley 16.906, según las proyecciones de DGI para el año 2017. Le sigue el Impuesto al Patrimonio (IP).

Incluyendo todos los motivos de exoneración o reducción impositiva, y según las proyecciones de 2017, la pérdida de recaudación mayor la tuvo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), seguido del IP, el IRAE, el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR), el Impuesto Específico Interno (Imesi) y el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ver gráfico). En 2017 la DGI se perdió de recaudar 656 millones de dólares de Impuesto al Patrimonio, sobre todo a raíz de las exoneraciones previstas en el texto ordenado de 1996, por ejemplo, las que se aplican a bienes muebles e inmuebles afectados al ciclo productivo industrial, los activos de entidades aseguradoras y de las administradoras de crédito que realizan “operaciones de microfinanzas productivas”, entre otras.

Por otra parte, el informe detalla la pérdida de recaudación generada a raíz de los convenios de intercambio de información tributaria y de los acuerdos para evitar la doble tributación firmados con países de todo el mundo desde 2011. La pérdida total de recaudación por este concepto en 2017 fue, según las proyecciones, de 17,5 millones de dólares.

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