La incorporación de cultivos transgénicos resistentes a agroquímicos, principalmente herbicidas, forma parte del paquete tecnológico que ha permitido la intensificación agrícola en nuestros suelos que ha traído como contrapartida su degradación. En Uruguay, el Sistema Nacional de Bioseguridad –que se creó a partir del Decreto 353/008– es el organismo encargado de autorizar la introducción, el uso y la manipulación de vegetales genéticamente modificados para diferentes usos. La normativa especifica cuatro usos posibles: “Contenido (a escala de laboratorio)”; “realización de pruebas y ensayos en condiciones controladas (a escala de campo)”; “producción y uso comercial para consumo directo”; e “importación y exportación con destinos específicos para consumo”.

Monsanto, Bayer, DasAgro y Syngenta: estos son los nombres de las empresas multinacionales que solicitaron la introducción de 17 eventos transgénicos de maíz y soja destinados a “producción y uso comercial para consumo directo” que fueron aprobados desde 2020 hasta julio de este año. Para entender la magnitud de la cifra, es importante brindar contexto: durante 2018 y 2019 no se aprobaron nuevos eventos transgénicos destinados a uso comercial para consumo directo, aunque en períodos anteriores sí.

Los datos fueron tomados de un listado disponible en la página web de Presidencia en el que se especifican todos los eventos autorizados en el país, junto a la fecha en que se presentó la solicitud y su fecha de aprobación. Allí se detalla que otros 13 eventos de uso comercial están en la etapa de “análisis científico-técnico”, por lo que aún les resta pasar por el período de consulta pública y que el Gabinete Nacional de Bioseguridad –conformado por representantes de los ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca, Economía y Finanzas, Industria, Energía y Minería, Relaciones Exteriores, Salud Pública y Ambiente– tome la decisión final.

Sin embargo, el clima del Gabinete Nacional de Bioseguridad no es de consenso. En mayo tuvo lugar la última instancia de consulta pública en la que se presentaron los informes técnicos de dos eventos transgénicos. Uno de ellos es el evento de soja SYHT0H2 para “uso comercial”, que “confiere tolerancia a los herbicidas a base de glufosinato de amonio y a herbicidas pertenecientes a la familia de los inhibidores de la p-hidroxifenilpiruvato dioxigenasa”, según consta en la evaluación de riesgo. El otro es el evento de maíz 3272XBT11XMIR162XGA21 para uso en ensayos del Instituto Nacional de Semillas, que también presenta “tolerancia a herbicidas que contienen glufosinato de amonio” y “resistencia a ciertos insectos lepidópteros plaga”. Si bien en Uruguay se está avanzado en esta dirección, el mundo parece llevarnos alguna ventaja. Como dijo la investigadora sobre abejas Karina Antúnez a la diaria, el glufosinato de amonio “es un herbicida que se piensa que podría llegar a ser un sustituto del glifosato, pero en Europa ya está prohibido”.

Según informaron fuentes del Ministerio de Ambiente (MA) a la diaria, el gabinete “resolvió por mayoría que no estaba de acuerdo en subir el informe técnico” de esa cartera al respecto de ambos eventos. A su vez, comentaron que el Ministerio de Salud Pública respaldó el documento presentado por Ambiente y votó junto con ellos para que se incorporara como material disponible para la consulta. ¿Qué supone esta decisión? Durante el período de consulta pública, momento en que la población se puede informar y enviar comentarios a las autoridades sobre los eventos transgénicos, estuvo ausente el análisis desde una perspectiva ambiental. Si bien no se encuentra disponible el informe técnico, durante otras instancias de evaluación el MA había alertado sobre posibles riesgos de introducir este tipo de paquetes tecnológicos.

Sin consultar a Ambiente

El artículo 194 de la Rendición de Cuentas establece la creación de un “grupo de trabajo técnico” integrado por “expertos en caracterización molecular” del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), el MA, el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA), el Instituto de Semillas y “cualquier otra institucionalidad asociada”.

¿Cuál será el objetivo de este grupo? Según la normativa, llevar a cabo “el análisis científico necesario para determinar, caso a caso, si los productos y organismos obtenidos a través de las Nuevas Técnicas de Mejoramiento” son organismos genéticamente modificados (OGM), según la definición del Protocolo de Cartagena. De esta forma, si se concluye que el “producto u organismo es un OGM, su tratamiento deberá ser procesado a través de la normativa vigente en materia de OGM”. El grupo será coordinado por la Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria del MGAP.

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, que Uruguay aprobó por la Ley 18.792, busca “contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos a la salud humana”.

Una fuente del MA manifestó a la diaria que el artículo “genera cambios en los equilibrios en la toma de decisiones”, ya que se “concentran” en el MGAP, que “legítimamente tiene un interés de desarrollo de la producción”. La fuente consideró también que es “un retroceso” y que están trabajando en “tratar de atender la inquietud del MGAP, sin que se descuiden otros aspectos”. Según relató, el artículo se incluyó en la Rendición de Cuentas sin llegar a un acuerdo entre ambos ministerios y sorprendió que “avanzaran de manera inconsulta”. “Claramente se trata de ‘competencias concurrentes’. No son sólo del MGAP”, enfatizó, considerando que si no se llega a un acuerdo, se tendrían que retirar los artículos.

Alerta desde la academia

El colectivo Tá, integrado por investigadores de las facultades de Química, Agronomía, Ciencias, Medicina, Humanidades y Derecho, y por personas de otras instituciones académicas y organizaciones sociales, emitió un comunicado de alerta sobre el artículo 194. Allí plantean: “Los aspectos sobre la bioseguridad de las Nuevas Técnicas de Mejoramiento y su uso en cultivos con fines comerciales y en particular en la alimentación es un tema de gran trascendencia para la población. Su regulación merece una discusión profunda, meditada y plural; buscando que sea coherente con el resto del sistema jurídico uruguayo”. Suman que el artículo en la Rendición de Cuentas “no contempla su relevancia”.

Los académicos plantean que la nueva normativa “no prevé ningún mecanismo de evaluación de riesgo en bioseguridad en el caso de que el ‘grupo de expertos’ concluya que los productos u organismos derivados de ‘Nuevas Técnicas de Mejoramiento’ (entre ellas la edición génica) no son OGM”. Por esta razón, afirman que se amplifican “los riesgos potenciales” al “no considerar mecanismos precautorios”.

Señalan que Uruguay cuenta con el Decreto 353/008, que estableció “la obligación de aprobar una Ley Nacional de Bioseguridad en un plazo determinado, lo cual no se ha cumplido”. Entienden que el artículo de la Rendición de Cuentas crea “una nueva instancia” para abordar la temática que, a su entender, debería ser competencia del Sistema Nacional de Bioseguridad. “Restringe la pluralidad de aportes institucionales que participan en el análisis científico”, enfatizan sobre la normativa que busca ser aprobada.

El comunicado del colectivo Tá también resalta que el Protocolo de Cartagena establece el –entre varios puntos más– que un “organismo vivo modificado” es “cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético que se haya obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna”. Y a la “biotecnología moderna” la define como “técnicas in vitro de ácido nucleico, incluidos el ácido desoxirribonucleico (ADN) recombinante y la inyección directa de ácido nucleico en células u orgánulos”.

Explican que los organismos provenientes de las Nuevas Técnicas de Mejoramiento –que pretende analizar el nuevo grupo– son “obtenidos mediante la aplicación de biotecnología moderna, dado que se realiza la aplicación de técnicas in vitro de ácido nucleico” y “presentan una combinación nueva de material genético”. “Estarían incluidos en el Protocolo de Cartagena y deberían ser regulados, con la correspondiente evaluación de riesgo en bioseguridad”, remarcan.

El colectivo Tá declara que la eventual aprobación del artículo “incumple diversas normas jurídicas constitucionales y legales uruguayas atinentes a salud, ambiente y defensa del consumidor”. El Convenio sobre Diversidad Biológica, el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en beneficios que se deriven de su utilización, y el Acuerdo de Escazú son algunos de los ejemplos citados.

Buscar en la biodiversidad que existe

“Nosotros decimos que todos los organismos desarrollados por edición génica son organismos genéticamente modificados. No habría que hacer esa distinción. Esta reglamentación pretende que algunos organismos no pasen por una evaluación de bioseguridad, considerando que no son organismos genéticamente modificados”, señaló Natalia Bajsa, bióloga e integrante del colectivo Tá. Por otra parte, también comentó que en el nuevo artículo no se plantea una instancia de consulta pública. “En el Sistema Nacional sí la hay, es bastante cuestionada, pero existe”, resaltó.

La bióloga indicó que aún “no se ha evaluado” el riesgo de las Nuevas Técnicas de Mejoramiento, pero sus efectos se podrían comparar con los organismos transgénicos que se cultivan actualmente. “En el caso de los transgénicos que conocemos hoy día, su principal rasgo es la resistencia a herbicidas, se ha incrementado mucho su uso. Esto ha tenido impactos en la salud y el ambiente. A su vez, si los organismos pasan sus genes a semillas criollas, también tiene impactos en la biodiversidad. Estos organismos nuevos, modificados por tecnología, se liberan al ambiente y se cruzan con criollos. Se están contaminando las semillas”, apuntó.

Bajsa admitió que estas temáticas son complicadas, pero manifestó que es importante que la población pueda acceder a la información, expresarse y decidir si, por ejemplo, quieren incluir estas nuevas tecnologías en su alimentación. “Si vemos a quién beneficia el desarrollo de estas tecnologías, están las empresas multinacionales que venden las semillas y los agroquímicos asociados a esta forma de cultivo. Por otro lado, tenemos a los productores familiares que conservan semillas, mucho más diversas, que pueden tener características de interés, más adaptados a este clima y mejores nutricionalmente. Hay otras formas de obtener cultivos mejores, buscando en la biodiversidad que existe, más que tratando de desarrollar nuevas variedades para los intereses de quienes los comercializan”, finalizó.

Tabla eventos aprobados para uso comercial

Evento Año de autorización Solicitante
Soja FG72 2020 Bayer SA
Soja FG72XA5547-127 2020 Bayer SA
Soja MON89788 2020 Monsanto
Soja MON87701 2020 Monsanto
Soja MON87708 2020 Monsanto
Soja MON89788XMON87701XMON87708XMON87751 2021 sin datos
Soja MON89788XMON87708XA5547-127 2021 Monsanto
Soja MON87751 2021 Bayer SA
Maíz MON89034XTC1507XNK603XDAS40278 -9 2020 sin datos
Maíz T25 2020 Bayer SA
Maíz MON89034XTC1507XNK603XMIR162 2021 Dasagro Uruguay SA
Maíz MON89034XTC1507XNK603XMIR162X DAS40278-9 2021 sin datos
Maíz BT11XMIR162XGA21XMON89034 2021 Sygenta
Maíz MON87427XMON89034XMON810XMIR162XMON87411XMON87419 2021 sin datos
Maíz MON87427XMON87419XNK603 2021 Monsanto
Maíz MON87427XMON89034XMIR162XNK603 2021 Monsanto
Maíz NK603XT25XDAS40278-9 2021 Dasagro Uruguay SA

Fuente: MGAP.