El tema está en la órbita directa de Vázquez, que conversó del tema con Danilo Astori. Ayer el gobierno evitó anuncios públicos y aguardaba la renuncia “inminente” de Calloia. “Tabaré no lo va a echar”, especificó una fuente de Presidencia. Sin embargo, se esperaba la renuncia y ya se conversaba sobre posibles sustitutos, entre los cuales se mencionó el nombre del ex presidente de la Administración Nacional de Puertos Fernando Puntigliano. Los ministros de la SCJ explicaron ayer a la prensa que no es legalmente obligatorio que Calloia renuncie.

La oposición, desde las redes sociales y en distintos medios de prensa, reclamó que Calloia dé un paso al costado. Los primeros en abrir el fuego en Twitter fueron el senador colorado Pedro Bordaberry, que exigió la renuncia del presidente de la CND, y el senador colorado José Amorín Batlle, que escribió: “Soberbia es mala consejera: teníamos razón, Calloia no debió ser nombrado en la CND. Ya debe renunciar”. “Si no se va Calloia, se tiene que ir [el senador frenteamplista Rafael] Michelini”, escribió en la red social el diputado nacionalista Jorge Gandini. Tanto Amorín Batlle como Gandini hacían referencia a la discusión que se dio en la sesión del Senado en la que se aprobó la venia. En esa ocasión, la oposición cuestionó que se votara la venia con una decisión judicial pendiente. “Si la Justicia fallara en contra, por supuesto que no esperaríamos otra cosa más que lo que marcan la ley y la Constitución, es decir, que esa persona no permaneciera en el lugar para el que fue nombrada”, manifestó aquel día Michelini (Nuevo Espacio). En el mismo sentido se expresó el senador frenteamplista Andrés Berterreche (MPP). “El señor senador Michelini dijo que cualquier jerarca puede ser procesado y que en cualquier caso -esté ahora o no en el proceso- se le pedirá el cargo, sea del gobierno o no, sea por algo relativo al Estado o por robarse unos bizcochos en el supermercado”, remarcó.

Sin embargo, ayer los legisladores frentistas optaron por el silencio a la espera de la decisión del Poder Ejecutivo, y también por ensalzar la figura de Calloia. “Sigo pensando que Calloia es inocente, lo dijo el Tribunal de Apelaciones y 1 de los miembros de la Suprema Corte. Pero respetamos el fallo”, escribió Michelini en Twitter. En tanto, el diputado Alfredo Asti (Asamblea Uruguay) dijo a la diaria que ratifica sus dichos respecto de que Calloia es “un ser humano y un servidor público extraordinario”. “No es necesario que renuncie, pero depende de cada persona”, manifestó, y no quiso pronunciarse sobre la conveniencia de la renuncia en términos políticos para el Frente Amplio. “Habría que hacerle un monumento en vez de procesarlo, pero en este caso la SCJ ha actuado dentro de sus facultades”, señaló Asti.

Ingeniería jurídica

El fallo de la SCJ recuerda que el aval a la empresa Cosmo para participar en la subasta de los aviones de la ex Pluna fue otorgado el mismo día de la subasta, el 1º de octubre de 2012, “sin exigir simultáneamente la presentación de contragarantía, máxime cuando la empresa Cosmo no era cliente del BROU [Banco República] y era absolutamente desconocida en el mercado regional”. El aval se otorgó, según testimonio del gerente ejecutivo de la División Empresas del BROU -que se opuso en primera instancia a la expedición de la documentación-, “sin contar con la información y documentación mínima necesarias de la empresa avalada”. La SCJ sostiene que “existen elementos de convicción suficientes acerca del abuso de funciones” de Calloia. “Hernán Antonio Calvo Sánchez [de la empresa Cosmo] entra al BROU a las 13 horas y a las 15 horas estaba en la Rural con el documento que le otorgaba un aval por más de 13 millones de dólares”, señala la corporación. Agrega que se trató de una “actuación abusiva e irregular” de Calloia, “suficiente para poner en riesgo el patrimonio del BROU”. El delito de abuso de funciones requiere que la actuación del funcionario se realice “en perjuicio de la Administración o de particulares”.

El dictamen de la SCJ revocó un fallo previo del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1º turno. Este último había, a su vez, revocado el fallo en primera instancia de la jueza Adriana de los Santos, que procesó sin prisión a Calloia por el delito de abuso de funciones. El Tribunal de Apelaciones había entendido que no había “congruencia” procesal en el fallo de primera instancia, ya que, a su entender, la jueza falló “sobre hechos que no estaban en la requisitoria fiscal”. El fiscal hizo hincapié en que Calloia favoreció con su acción a la empresa Cosmo; en cambio, la jueza no lo entendió así.

No obstante, la SCJ argumenta que “en el requerimiento fiscal emerge en forma nítida que en él la Fiscalía no se limita a cuestionar penalmente el supuesto beneficio, ventaja o privilegio concedido a Cosmo, sino que en el reproche incluye toda la mecánica previa cumplida por el imputado para hacer viable el otorgamiento del aval. Hubo un pedido expreso del acusador público al respecto”. “La Corte entiende que no hubo incongruencia por parte del Magistrado de primera instancia por cuanto el procesamiento apunta esencialmente al abuso de funciones por la forma como se otorgó el aval”, añade el dictamen. Valora además que la sentencia del Tribunal de Apelaciones “le restó importancia al rigor y a la transparencia con la que debe actuar el funcionario público que se desempeña en un cargo de la envergadura del que tenía el enjuiciado”.

El voto discorde fue del ministro Felipe Hounie, quien al igual que el Tribunal de Apelaciones, consideró que el fiscal imputó a Calloia “un delito de abuso innominado de funciones por haber interferido a favor de Cosmo en perjuicio de terceros y no por haber emitido el aval, como surge claramente de los términos de su dictamen”. En cambio, “la jueza dictó el procesamiento por el otorgamiento del aval”, lo cual vulnera, a juicio de Hounie, el principio de congruencia.