El proyecto de Ley de Presupuesto del Poder Ejecutivo incluye en el inciso del Ministerio de Salud Pública (MSP) tres artículos sobre la dispensación de medicamentos y procedimientos terapéuticos que han levantado polémica. El artículo 425 establece que la responsabilidad del Estado y de los prestadores de salud “queda limitada” al suministro de los programas de prestaciones aprobados por el MSP, “no siendo de su cargo la dispensación de prestaciones, estudios, procedimientos diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación, medicamentos o vacunas que no se encuentren incluidos en los Programas Integrales de Salud, el Catálogo de Prestaciones o el Formulario Terapéutico de Medicamentos [FTM]” definidos por el MSP “ni de aquellos que aún definidos y aprobados, sean destinados a atender patologías ajenas a las previstas”. El artículo 438 pauta que la dispensación de medicamentos, procedimientos o dispositivos terapéuticos que no estén aprobados por el MSP sólo “se admitirá en los casos taxativamente enumerados en la legislación vigente y en los incluidos en el marco de ensayos clínicos”. El artículo 439 establece que los productos que se incluyan en el FTM, además de contar con un informe de eficiencia y seguridad, deben tener un “informe técnico favorable de impacto presupuestal y de evaluación económica”.

Con estos artículos el MSP pretende evitar la judicialización por el suministro de medicamentos de alto costo, algo que es cada vez más frecuente. Cuando el MSP o el Fondo Nacional de Recursos niegan a alguien un tratamiento, la persona inicia un proceso en el que el juez hace valer el artículo 44 de la Constitución, que establece que “el Estado proporcionará gratuitamente los medios de prevención y de asistencia tan sólo a indigentes o carentes de recursos suficientes”. En 2010 el Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República comenzó a patrocinar acciones de amparo para que personas sin recursos accedan a esos medicamentos; lleva 30 sentencias ganadas y otras 15 están en trámite, explicó a la diaria Juan Ceretta, docente del Consultorio Jurídico y de la Clínica de Litigios Estratégicos de la facultad. No bien se conoció el proyecto de Presupuesto, el consultorio y la clínica se opusieron a los tres artículos, que consideran inconstitucionales, y tienen el respaldo del Consejo de la Facultad de Derecho, que el 10 de setiembre resolvió apoyar la campaña de estudiantes y docentes para que esos artículos no sean aprobados. También se han manifestado en contra el Colegio de Abogados, el Sindicato Médico y diputados nacionalistas que ayer le plantearon este tema al titular del MSP, Jorge Basso, cuando concurrió a la comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Diputados.

Lilián Rodríguez, representante de los usuarios en la Junta Nacional de la Salud, explicó a la diaria que los artículos apuntan a aquellos medicamentos de alto costo “que no curan la enfermedad, que no resuelven el problema sino que lo aplazan, y muchas veces ni siquiera mejorar la calidad de vida de las personas”. Explicó que es un tema de costo-beneficio y que con esos 50.000 dólares que cuesta alargarle la vida a una persona por cinco meses se podrían comprar muchos medicamentos para niños. En cambio, Rodríguez entiende que “tenemos que luchar por los medicamentos que tienen 50% de posibilidades de salvar la vida” y reconoció como un problema del MSP que “es lento” a la hora de incorporar medicamentos al FTM, ya que hace cerca de tres años que no se actualiza.

Ceretta comentó que en una ordenanza aprobada en febrero, el MSP “admitió que una serie de medicamentos, a pesar de su eficacia y su seguridad, no iban a ser incluidos por cuestiones económicas”. Dijo que pese a esa ordenanza “los jueces siguen dándole preferencia a la Constitución”, pero con estos artículos el juez tendría que pasar primero por un trámite de inconstitucionalidad de la ley ante la Suprema Corte de Justicia -que tendría validez sólo para ese caso-, “lo que implica, en los hechos, un tiempo que los pacientes que plantean amparo no tienen”. Según Ceretta es una forma de “impedir el acceso a la Justicia; eso es lo que más preocupa a la Facultad de Derecho, porque cualquiera de nosotros tiene un derecho inalienable a asistir a tribunales y plantear lo que consideramos que es un derecho vulnerado”.

El consultorio y la clínica están filmando documentales con casos de pacientes que ganaron las sentencias, y entre ellos está el caso de un hombre al que “en 2010 le dijeron que no le iban a dar el medicamento porque sólo le alargaría la vida un par de semanas y no mejoraría mucho su calidad de vida, y ahora, en 2015 vino en un estado de salud mucho mejor que el que tenía en 2010”, relató Ceretta.

En cuanto a la influencia de la industria farmacéutica, dijo que si los medicamentos se recetaran “para beneficiar a un laboratorio, lo que hay que hacer es denunciar a esos médicos y a esos abogados”, pero que el camino elegido por el MSP “demuestra que quienes dirigen las políticas públicas no se animan a enfrentar a los laboratorios, porque quien debería cuestionar y negociar los precios es el MSP y no los pacientes”. Saludó el anuncio de compra de medicamentos de alto costo por medio de la Unasur, como anunció la semana pasada el MSP, y sugirió buscar otras formas para abaratar los costos, nunca la limitación de recurrir a la Justicia, porque eso “no es atacar el problema de fondo”.