Desde hoy hasta el viernes se realiza en Montevideo la Tercera Reunión del Comité de Negociación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. En otras palabras: representantes de 20 países de América Latina y el Caribe avanzarán en la elaboración de un texto que esperan consensuar antes de diciembre de 2016 para facilitar la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (firmada en Río de Janeiro en 1992). El Principio 10 apunta a garantizar el acceso a la información sobre el medioambiente y obliga a los estados a facilitar la participación de la ciudadanía y a proporcionar el acceso a los procedimientos judiciales, incluyendo el resarcimiento de daños.

La reunión es organizada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el gobierno uruguayo, cuyos representantes en la discusión son integrantes de los ministerios de Relaciones Exteriores (MRREE) y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA). El encuentro es en el hotel Sheraton; la apertura de la reunión es hoy a las 10.00.

Organizaciones sociales uruguayas están siguiendo este proceso y ayer participaron en un taller sobre la participación pública en la toma de decisiones ambientales, donde expusieron los desafíos que atraviesa cada país, explicó a la diaria Alberto Gómez, abogado especializado en derecho ambiental y director de la organización Gaia. Las riendas de la negociación las llevarán los representantes gubernamentales. Las organizaciones de la sociedad civil pueden participar, así como el público general que se haya acreditado, pero la intención es que los representantes oficiales avancen en la redacción del texto, dijo Gómez.

Sujeto a revisión

La discusión partirá de un documento preliminar del instrumento que se quiere crear, que fue elaborado por la CEPAL. De acuerdo a la redacción actual, por ejemplo, las autoridades de cada país “deberán responder a una solicitud de información ambiental con la máxima celeridad posible y evitando todo tipo de trámites dilatorios”, y garantizarán que el acceso a la información ambiental sea gratuito. De firmarse el acuerdo, se comprometerían a difundir información “de manera proactiva y oportuna, regular, accesible y comprensible”, a publicar regularmente informes sobre la calidad del ambiente, a garantizar el acceso público de los contratos y autorizaciones y a implementar una política de datos abiertos en los distintos niveles de gobierno.

El texto establece las condiciones para asegurar la participación del público en la toma de decisiones ambientales, y habla de informar “con rapidez” a la población directamente afectada. Expresa, además, que cada Estado “tomará debidamente en cuenta el resultado del proceso de participación en el momento de adoptar la decisión” y que cuando “las recomendaciones del público no sean tomadas en cuenta se debe informar y fundamentar la razón de ello por escrito”.

Respecto del acceso a la Justicia, el documento se refiere a la necesidad de instalar plazos razonables, que existan órganos especializados en materia ambiental, la posibilidad de crear medidas cautelares para resguardar el medioambiente y la salud pública, y medidas para facilitar la prueba del daño ambiental.

Posicionamiento

Organizaciones uruguayas como el Centro Interdisciplinario de Estudios sobre el Desarrollo (Ciedur), Gaia, Cotidiano Mujer, Amigos del Viento y Uruguay Libre de Megaminería redactaron un posicionamiento frente a las negociaciones que está abierto a más adhesiones. Reconocen el esfuerzo del gobierno uruguayo en estos temas pero sostienen que la situación “dista de cumplir con los principios generales en la materia, dispuestos en su propia legislación nacional”. Dan cuenta de que “resulta dificultoso acceder a la información ambiental” de proyectos trascendentes para el país y critican que no se haya vuelto a convocar a la Comisión Técnica de Medio Ambiente, que “se convocó durante gran parte de los 90 y principios de los 2000, se citó de nuevo en 2010 y no se citó más”, detalló Gómez. Además, plantean que “las convocatorias a instancias de participación públicas resultan extemporáneas, discontinuas y no vinculantes”. El abogado aclaró que las consideran extemporáneas porque “se citan cuando ya no hay mucho para hacer, como pasó con la audiencia pública de la perforación de la plataforma marítima”, y discontinuas porque, como ocurrió con la comisión de seguimiento de la regasificadora, “se dejó de citar y nadie informó más nada a los vecinos”.

Respecto del acceso a la Justicia, las organizaciones afirman que “no se da en forma igualitaria por la ausencia de órganos específicos, costos probatorios y de trámite, costos contra cautela”.

El posicionamiento señala la conveniencia que ofrecería la inversión de la prueba para daños ambientales, la creación de órganos específicos, la difusión de aspectos económicos de los proyectos -que es una de las facetas menos difundidas en Uruguay-, así como “la obligación de convocar a instancias de participación cuando aún se puede incidir en la decisión”.