Este viernes 30 vence el plazo para que trabajadores o jubilados elijan en qué banco o tarjeta prepaga (las que ofrecen las empresas emisoras de dinero electrónico) quieren cobrar su sueldo, jubilación o prestación. La apertura de la cuenta la debe hacer el usuario, y luego comunicar al empleador o institución que brinda la prestación el número de cuenta donde hacer el depósito. Según la Ley de Inclusión Financiera Nº 19.210, la apertura de la cuenta no tiene costo para el trabajador ni el empleador, no tiene exigencia de saldos mínimos, implica una tarjeta de débito y habilita a realizar cinco retiros gratis al mes y ocho transferencias interbancarias sin costo.

Ayer el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Danilo Astori, y el asesor Martín Vallcorba destacaron que este “paso importante” que se da en el proceso de inclusión financiera, la implementación de la “cuenta sueldo”, estimula “un proceso de competencia” entre las instituciones bancarias por captar a los usuarios, lo que promoverá la universalización del acceso a estos servicios. Mencionaron que actualmente la mitad de los trabajadores cobran su sueldo por cuentas bancarias y que esta medida permitirá aumentar el acceso a servicios financieros entre la otra mitad.

Quienes no elijan su cuenta antes del viernes tienen hasta abril de 2017 para, en acuerdo con su empleador, definir la forma de cobro, y a partir de mayo el cobro electrónico será obligatorio. En ese momento, si bien no está previsto que se apliquen sanciones a quienes no pagan por transferencia, aumenta “el costo de la informalidad para el empleador”. Según explicó Vallcorba, la ley Nº 19.210 es considerada de orden público, por lo que las partes “no pueden acordar en contra de lo que prevé la ley”, lo que, eventualmente, podría poner en riesgo la validez de los pagos que se realicen por fuera del sistema. Esto, afirmó Vallcorba, “genera un incentivo muy importante para que el empleador pague de acuerdo al sistema previsto por la ley”.

Vallcorba destacó que la obligatoriedad no empezará a regir en mayo en aquellas localidades con menos de 2.000 habitantes que no cuenten con lugares de extracción de efectivo, y allí el plazo se prorrogará hasta que efectivamente los haya. Según un mapeo realizado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Observatorio de Inclusión Financiera, hay 79 localidades de entre 500 y 2.000 habitantes que no cuentan con puntos de extracción de efectivo, número que disminuye a 28 localidades si no se cuenta a las que en un radio de cinco kilómetros tienen otra localidad con puntos de retiro.

Vallcorba consideró que hay que actuar sobre esas 28 localidades, e informó que se está diseñando una estrategia “para llegar en plazos breves”. Se apuesta a extender la figura del corresponsal financiero, comercios o agencias de redes de pago habilitadas para la extracción de efectivo, y para facilitar la instalación de puntos de retiro se está trabajando con el Ministerio del Interior para “racionalizar las exigencias de seguridad” que tienen que cumplir las redes de cobranza en estas localidades, porque “encarecen muchísimo el costo de instalar un local de la red”.

El asesor del MEF recordó que los bancos “no pueden discriminar”, y si acuerdan determinados beneficios en la cuenta sueldo para un grupo de trabajadores deben extenderlos a todos los usuarios de dicha cuenta. Por otra parte, destacó que los depósitos por salarios son inembargables por un plazo de 180 días, y que por eso los empleadores deben identificar al pago como salario, jubilación o prestación social.

En la conferencia de prensa, Astori aprovechó para destacar los avances en materia de inclusión financiera: dijo que desde 2014 se triplicaron los comercios que tienen POS (terminales lectoras de tarjetas), que hubo un “aumento explosivo” del uso de la tarjeta de débito y que también mejoró la interoperabilidad de las transferencias bancarias.