La Universidad de la República (Udelar) tendrá elecciones el miércoles 29 de noviembre en las que se eligen los representantes para integrar la Asamblea General del Claustro de la Udelar y para integrar la Asamblea del Claustro de cada facultad.

Además, en las facultades de Información y Comunicación, Artes, Ciencias Sociales y Química los estudiantes votarán a sus representantes en el Consejo de cada facultad.

El voto es obligatorio para los estudiantes, docentes y egresados de la Udelar, se podrá concurrir a las mesas de votación entre las 8.00 y las 19.00 y sólo se requiere presentar el documento de identidad.

¿Quiénes están habilitados a votar?

La Corte Electoral publicó en su web un espacio para corroborar quiénes están habilitados a votar. Se puede hacer la consulta tanto con el número de cédula como con el nombre.

Desde la Udelar se recuerda que en esta elección “no está habilitado el voto observado interdepartamental, por lo que cada votante deberá ejercer su voto en el departamento del país que indica el padrón”.

¿Qué sanciones hay por no votar en las elecciones universitarias?

Según resolvió la Corte Electoral, las personas que no justifiquen no haber ido a votar recibirán sanciones dependiendo el orden que integran.

Para el orden estudiantil la sanción implica la imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos.

En el caso del orden docente y el orden de egresados, la sanción es una multa de cinco unidades reajustables, que para la fecha implica 8.148,25 pesos.

Para que los docentes o los egresados puedan cobrar su sueldo en dependencias del Estado y empresas privadas en general, deberán presentar la constancia de emisión del voto, la constancia de justificación de no voto o el pago de la multa a la Corte Electoral.

Asimismo, los estudiantes deberán presentar por dos períodos consecutivos antes de inscribirse a los exámenes la constancia de emisión del voto o de justificación.

Sólo se puede justificar no ir a votar en tres casos:

  • Tener una enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida ir a la mesa de votación el día de la elección.
  • No estar en el país el día de las elecciones.
  • Causas de fuerza mayor, que implica “el encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar al elector el día del acto electoral, lo que se acreditará mediante prueba documental o declaración jurada”, según establece la Corte Electoral.

¿Qué se elige?

En estas elecciones se elige a los integrantes de las Asambleas del Claustro de Facultad y de la Asamblea General del Claustro de la Udelar.

La Asamblea General del Claustro es un órgano elector y de asesoramiento en los asuntos generales de la Universidad; entre sus tareas está la elección del rector. Se compone de tres miembros docentes, dos egresados y dos estudiantes por facultad, instituto o servicio asimilado a facultad.

Las Asambleas del Claustro de cada facultad están compuestas por 15 docentes, diez egresados y diez estudiantes que duran dos años en sus mandatos. Las Asambleas del Claustro de cada facultad designan a su decano, entre otras tareas.