Los legisladores del Frente Amplio que denunciaron el acuerdo entre el gobierno y la empresa belga pedirán que la causa sea revisada por otro fiscal. El fiscal especializado en Delitos Complejos de 3° turno, Gilberto Rodríguez, definió el archivo de la causa que investigaba el acuerdo entre el gobierno y la empresa belga Katoen Natie para la concesión de la terminal especializada en contenedores del puerto de Montevideo hasta 2081.
Rodríguez definió el archivo del caso para todos los investigados en la causa por haber participado en las negociaciones con la empresa belga: el ministro Luis Alberto Heber, el prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, el subsecretario de Transporte y Obras Públicas, Juan José Olaizola y el presidente de la Administración Nacional de Puertos (ANP), Juan Curbelo.
Desde la fiscalía señalaron a la diaria que en la investigación penal no se constataron contradicciones fácticas y destacaron que los indagados reconocieron el carácter confidencial que les asignaron a las negociaciones, y añadieron que la consulta a la ANP por parte del Ejecutivo, establecida en el artículo 10 de la Ley de Puertos, se limitó a su presidente.
Para el fiscal Rodríguez esa situación proyectaba un juicio en el que habría una discusión técnica sobre la interpretación de las leyes para determinar aspectos como si se había establecido un monopolio de hecho, con el régimen de preferencias a favor de Katoen Natie, o si se había violado la Ley de Puertos al no consultar al directorio.
Otro punto que pesó en la decisión del fiscal fue que las consultas técnicas realizadas por los denunciantes no podrían ser llevadas como prueba a un juicio, sino que su participación se debía limitar a los fundamentos en los alegatos de las partes, lo que debilitaba su posición en un eventual juicio.
Además, consideró que no tenía elementos para probar el dolo en la actuación de los investigados, al entender que en un juicio penal la Fiscalía debe demostrar que se actuó en busca del perjuicio del Estado.
El viernes, la defensa de los denunciantes señaló a la diaria que si se concretaba el archivo de la causa, pedirían la revisión por parte de un fiscal subrogante, tal como establece el artículo 100.3 del nuevo Código de Proceso Penal, por lo que ahora la causa será revisada por el fiscal de Delitos Económicos de 2° turno, Ricardo Lackner, que abandonará su cargo el 1° de enero, siendo sustituido por la fiscal Silvia Porteiro.
En el dictamen, al que accedió la diaria, el fiscal Rodríguez sostiene que es “inescindible” la decisión de mantener la confidencialidad del acuerdo con la empresa belga “de la conducta llevada a cabo por el indagado Curbelo” al prescindir de la opinión del resto del directorio.
Además, sostiene que el carácter confidencial de las negociaciones “se había pactado previamente” a la asunción de las nuevas autoridades, y plantea que fue el exsecretario de Presidencia Miguel Ángel Toma quien transmitió al nuevo gobierno esas condiciones de diálogo con la empresa belga.
De todas formas, para el fiscal Rodríguez, el asesoramiento de la ANP al Ejecutivo, previsto por la ley de puertos, “no fue correctamente brindado en el plano formal, tal como lo manifestaron los coadyuvantes denunciantes y alguno de los consultantes interrogados”.
“Resulta necesario tener en cuenta que la omisión de noticiar a los demás directores de las gestiones que venía cumpliendo, debe leerse en el contexto de la confidencialidad que también había sido dispuesta para los demás imputados, quienes representaban al PE, a la Presidencia de la República, al MTOP y a la ANP”, matizó en el dictamen.
Para el fiscal, si bien pueden “existir válidos cuestionamientos a la forma de gestionar el acuerdo celebrado” con Katoen Natie, el contexto de confidencialidad en que se dio el acuerdo y su transmisión desde la anterior administración “deciden la consideración de elementos subjetivos como el dolo típico y la exigibilidad de un comportamiento alternativo”.
La causa fue iniciada, en setiembre de 2021, por varios senadores del Frente Amplio que entendían que quienes negociaron el acuerdo había incurrido en la violación de varias normas vigentes, entre ellas, el literal D del artículo 20 de la Ley 17.243, por la que se regía el contrato vigente antes de la prórroga, que plantea que debe asegurarse “la prestación de servicios en igualdad de condiciones a todos los que lo soliciten, manteniendo la continuidad y regularidad de los mismos, y no se comprometerán restricciones para operar en otros sectores del Puerto de Montevideo”.
También señalaron el artículo 377 de la Ley 19.355 (la ley de presupuesto 2015-2019), que establece que las concesiones “que afecten un espacio territorial del recinto portuario (muelles, explanadas, depósitos, radas, etcétera) otorgadas al amparo de la Ley 16.246 de 8 de abril de 1992 podrán prorrogarse por resolución del Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la ANP”, cuando en los hechos el directorio del organismo no fue consultado.
En octubre de 2022, los denunciantes presentaron una ampliación de la denuncia en la que reclamaban la imputación de Heber y Ferrés por fraude y que se convocara a declarar al expresidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública Ricardo Gil, lo que fue desestimado por el fiscal, que consideró que ninguna de esas diligencias eran funcionales a la teoría del caso de la Fiscalía.