El Tribunal de Cuentas (TC) realizó observaciones al proceso licitatorio para un nuevo sistema de seguridad en todos los pasos fronterizos de Uruguay, ya sea por vía terrestre, fluvial o aérea. El llamado realizado por el Ministerio del Interior (MI) dio pie a idas y vueltas entre las empresas que compitieron por vender su servicio, que sirve para la prevención de ilícitos, y también hubo reclamos de Buquebus y Colonia Express, las dos firmas de transporte fluvial de pasajeros sobre el Río de la Plata, debido a que se les obliga a cobrar una tasa en sus pasajes.

Según indica la resolución del tribunal, a la que accedió la diaria, la licitación se convocó para la “solución llave en mano para la instalación y mantenimiento de un sistema de control fronterizo para pasajeros que ingresan y egresan del Uruguay”, que surgió a raíz de una iniciativa privada aceptada en 2018, presentada por la empresa Dafiway SA. El inicio del proceso licitatorio tuvo lugar en julio de 2022.

Al abrirse el llamado se presentaron las empresas Dafiway y Vilnago, como promesa de consorcio entre ambas, y Veridos México, que se presentó con la promesa de consorcio con la firma Veridos GMBH. Luego de hacerse un primer cuadro comparativo con criterios técnicos y antecedentes entre los dos competidores, Vilnago cuestionó la presentación de Veridos alegando que, entre otras cosas, no tenía recibo del MI que acreditara que había pagado la garantía de mantenimiento de la oferta, de 200.000 dólares, previo a presentarse como competidor, que es uno de los requisitos para participar.

El 12 de enero de este año la Comisión Asesora de Adjudicaciones sugirió otorgar la licitación al consorcio Veridos GMBH por diez años renovables. El 23 de enero el consorcio de Dafiway y Vilnago solicitó que se descalificara a Veridos cuestionando los informes de las diversas áreas del ministerio que indicaban que no había apartamientos a requisitos excluyentes. Pero, principalmente, volvió a señalar que Veridos no adjuntó en su presentación la garantía de mantenimiento de oferta.

Veridos efectuó, días más tarde, sus descargos. Allí señaló que “no se acredita experiencia directa de Dafiway o Vilnago” en la materia de la licitación, ya que la demuestran sólo en “componentes y servicios que por sí solos no son ni la totalidad ni la mayoría de una solución”, como la que solicita el MI. Y, además, alegó que la iniciativa privada presentada por Dafiway, por la que le corresponde una ventaja en la licitación, “ha caducado”, porque dura dos años y se presentó en 2018.

En paralelo, tanto Los Cipreses SA y Belt SA (Buquebus) como Lumary SA (Colonia Express) interpusieron recursos de revocación. El de Colonia Express fue levantado rápidamente por el MI, pero el 17 de febrero Buquebus presentó sus fundamentos y basó sus argumentos en que, según el tipo de pago que se previó para la adjudicación, el Estado no pagará directamente por la licitación, sino que se cobrará una tasa a los pasajeros de los ferris que las empresas dueñas luego tendrán que transferir a la empresa encargada de la seguridad.

Para Buquebus, según recoge el dictamen del tribunal, se trata de “un impuesto encubierto” que debe incluir en sus pasajes, siendo “un tercero ajeno al contrato”, por lo que lo entiende “ilegal e inconstitucional”. Pero también señala que el arreglo “viola el principio de igualdad y diferenciación arbitraria” porque establece que el sistema de control fronterizo “únicamente lo van a pagar los que ingresen y egresen por vía fluvial”, si bien “a todos los pasajeros que ingresen o egresen del país se les va a aplicar el mismo control”. Agregaron que “no existe para ello un motivo razonable ni racional”. A “personas con menos recursos se les va a cargar este precio más IVA, el cual encarecerá significativamente el pasaje. Y no lo pagarán quienes viajan en avión abonando miles de dólares”. En este aspecto, la empresa señaló que implicará “un aumento de 15,3% del precio del pasaje más económico y más usado”. Días más tarde, ya en marzo, el titular del MI, Luis Alberto Heber, ratificó las actuaciones realizadas en el procedimiento.

Luego de un ida y vuelta que incluyó que volviera a abrirse un proceso de mejora de ofertas, el Poder Ejecutivo redactó un proyecto de resolución, que debía pasar por el TC, donde otorgaba el llamado a Veridos.

Pero el TC realizó diversas observaciones al proceso. Por ejemplo, que no se establecieron “parámetros objetivos para la valoración y puntuación”, lo que contraviene la normativa. También que “consta que Veridos” realizó “dos transferencias bancarias por concepto de mantenimiento de oferta”, que debía ser de 200.000 dólares: una inicial por 199.988 el 27 de octubre de 2022 a las 19.11, y otra por 12 dólares el día siguiente a las 15.33. Pero ya “el depósito inicial se efectuó con posterioridad al acto de apertura”, que fue el 27 a las 10.00. El TC entiende que “la oferta de la referida empresa debió desestimarse”.

El TC también observó la forma de pago del contrato, haciendo lugar al reclamo de las navieras. “El mecanismo empleado por la Administración para contratar el servicio (pago al adjudicatario del servicio a través de una contribución monetaria a cargo de los pasajeros que ingresen o egresen del país por vía marítima y mediante un agente de retención), en la medida que crea un gravamen a cargo de un tercero que no es parte del contrato, vulnera el principio de reserva legal” establecido en el Código Tributario, en el sentido de que sólo la ley puede crear tributos, modificarlos o suprimirlos, o sea que un pago de estas características debe ser avalado por el Parlamento.