La Cámara de Diputados aprobó este miércoles una modificación al primer artículo de la Ley 17.386, vigente desde 2001, que establece que “toda mujer, durante el tiempo que dura el trabajo de parto, incluyendo el momento mismo del nacimiento, tendrá derecho a estar acompañada de una persona de su confianza o, en su defecto, a su libre elección, de una especialmente entrenada para darle apoyo emocional”.

La iniciativa, que amplía el acompañamiento a dos personas a elección de la gestante, fue propuesta por los diputados del Partido Colorado María Eugenia Roselló y Conrado Rodríguez en mayo del 2021. El artículo único establece que toda persona, durante el tiempo que dura el preparto, trabajo de parto, nacimiento y puerperio, “tendrá derecho a estar acompañada de hasta dos personas a su elección, una de su confianza y otra especialmente entrenada para darle apoyo emocional, contando con formación profesional universitaria acreditada”.

Este miércoles, antes de la votación, Roselló expuso que diversas investigaciones demostraron que las personas gestantes que son acompañadas por personal especialmente entrenado para brindar apoyo físico y emocional “han manifestado mejores experiencias perinatales”, logrando a todo nivel mejores resultados. En esa línea, destacó que en estos casos disminuyeron los nacimientos por cesárea, los partos instrumentales, los trabajos de parto prolongados y los “sentimientos negativos” sobre las experiencias del parto, así como la depresión posparto y el estrés postraumático.

Por otra parte, la presencia de personal capacitado es también “un apoyo al equipo de salud”, ya que su presencia colabora con el proceso del parto y el buen estado fisiológico de la madre y del recién nacido. Con una experiencia de nacimiento positivo “se logra un mejor puerperio y lactancia”, así como el fortalecimiento del vínculo con el recién nacido.

En diálogo con la diaria, Roselló aclaró que la segunda persona acompañante también puede ser un familiar de la gestante. Próximamente la iniciativa será puesta a consideración de la cámara alta.