El PIT-CNT interpuso el martes un recurso de revocación contra el Decreto 281/020, del 15 de octubre de 2020, que habilita el desalojo por la fuerza de las ocupaciones. El decreto, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou, establece que ante una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública o de una empresa o institución privada, se podrá pedir la intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Esta cartera podrá “convocar a una instancia de conciliación en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar en cualquier momento, antes, durante o después de esa instancia, a la desocupación en forma inmediata, bajo apercibimiento del uso de la fuerza pública. De persistir la ocupación, el MTSS solicitará al Ministerio del Interior el desalojo inmediato de los ocupantes”, añade el decreto en el artículo 2.

Para el PIT-CNT este decreto “es causa de agravios por cuanto limita el ejercicio de un derecho fundamental: la huelga. Al proscribir la ocupación de los lugares de trabajo, una de las modalidades de la huelga, restringe mediante norma de inferior jerarquía un derecho humano fundamental”. El documento de la central de trabajadores explica que la huelga está consagrada “en nuestro ordenamiento jurídico” como un derecho fundamental y un derecho humano, “expresión esencial de la libertad sindical”, fundamentado en el artículo 57 de la Constitución y en el bloque de constitucionalidad de la carta magna.

También argumenta que hay cosas “esenciales” que deben tenerse presentes a la hora de regular este derecho por normas de menor jerarquía: que la Constitución no consagra el derecho de huelga sino que “lo reconoce en tanto derecho preexistente al ordenamiento jurídico constitucional”, y que la Constitución “no define lo que es huelga ni establece límites” a priori, considerando a la huelga un “derecho gremial”, y mandata al legislador “sobre esa base a reglamentar su ejercicio y efectividad”. Por lo tanto, para el PIT-CNT “toda reglamentación de la huelga debe garantizar su efectividad, y ello no se adecua al mandato constitucional cuando se limita o restringe su ejercicio”, como en este decreto.

El recurso agrega que el decreto viola el artículo 392 de la Ley 19.889, del 9 de julio de 2020, que dice: “El Estado garantiza el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente”.

El secretario general del PIT-CNT, Marcelo Abdala, dijo a la diaria que la Constitución “no crea el derecho de huelga”, sino que “lo reconoce”, y además “la redacción de la Constitución tiene un sentido sumamente amplio sobre la huelga, que no discrimina ninguna de sus formas”.

Para Abdala, hay “un primer retroceso” establecido por la ley de urgente consideración (LUC), en donde “se habla de huelga pacífica” cuando la Organización Internacional del Trabajo define a toda huelga como pacífica, pero “aun discrepando con la LUC en lo que atañe al derecho de huelga, en determinadas circunstancias se termina de reconocer la ocupación del lugar del trabajo”. Pero en este decreto, “de rango inferior, que establece las potestades del MTSS de organizar el desalojo, se restringe aún más el derecho de huelga”, sostuvo.

Según el Decreto 500/991, “toda autoridad administrativa está obligada a decidir sobre cualquier petición que le formule el titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo en que se dicte o ejecute un determinado acto administrativo”.