El Senado aprobó con votos de todos los partidos el proyecto de ley que tipifica como delito “muy especialmente agravado” al homicidio “contra una mujer por motivos de odio, desprecio o menosprecio, por su condición de tal”.
El proyecto establece que se considera que existen motivos de odio para asesinar a alguien cuando la muerte es precedida por un incidente de violencia de género, cuando la víctima “se hubiera negado a establecer o reanudar con el autor una relación de pareja” o cuando el delito se cometa en presencia de menores de edad que tengan un parentesco con la víctima, entre otras.
El agravante se introduce a través de la modificación de los artículos 311 y 312 del Código Penal e implica una pena de hasta 30 años.
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