Mientras que la defensa de los militares acusados de violaciones a los derechos humanos interpone “recursos en cascada” en forma coordinada para dilatar las resoluciones judiciales, el Estado uruguayo no ha establecido una “política conjunta” entre los operadores judiciales, algo que ha dificultado el avance en las causas, admite el fiscal de Corte, Jorge Díaz. Además, opinó que en Uruguay los delitos de “cuello blanco” no son “tan mal vistos”, y planteó que es necesario rediscutir la severidad con la que se penalizan los delitos de corrupción. Pero el mayor desvelo del fiscal Díaz, a esta altura, es claramente otro: la aplicación, a partir de noviembre, del nuevo Código del Proceso Penal.
Si tuviera que darme cinco razones para entender por qué la reforma del Código de Proceso Penal (CPP) es un cambio importante, ¿cuáles serían?
La primera es que Uruguay tiene una agenda de derechos de tercera generación, pero no cumple con la agenda de derechos de primera generación; me refiero a que los ciudadanos acusados de cometer delitos tengan derecho a un debido proceso legal. Uruguay hoy no está cumpliendo con esa pauta, que es absolutamente elemental en materia de derechos humanos.
¿Por qué no se está cumpliendo?
Entre otras cosas, porque no tenemos jueces imparciales: no porque los jueces sean malos o porque no sean independientes, que lo son; no son imparciales por un problema de diseño del sistema. En el diseño actual del sistema penal uruguayo, el juez dirige la investigación, interactúa con los hechos del juicio antes del juicio, y en el juicio se transforma, desde el auto de procesamiento en adelante, en una especie de tercero estructural y funcionalmente imparcial. La segunda razón es que el proceso acusatorio es mucho más democrático. Los procesos inquisitivos son escritos y reservados, mientras que los acusatorios son orales y públicos. Cuando se gana en transparencia, se gana en democracia. La tercera es que el proceso acusatorio es mucho más eficiente: está probado que un juicio oral grabado en audio permite optimizar los recursos humanos y materiales. La cuarta es que le otorga un lugar fundamental a la víctima, que es la gran olvidada del sistema penal. En todo el mundo, pero en Uruguay aun más.
¿Qué cosas tienen vedadas hoy las víctimas y qué cambiaría?
Hoy la víctima no puede hacer prácticamente nada, es un objeto de prueba. A la víctima le decimos: venga, préstenos su cuerpo para el médico forense, dénos su relato de los hechos, préstenos su mente para que la analice un psicólogo o un psiquiatra. Y después de que la exprimimos, le decimos que se vaya para su casa. La reforma establece un conjunto de derechos que hoy la víctima no tiene, es un avance sustantivo.
El Estado debe entender que las víctimas de los delitos tienen dolores individuales que se van acumulando y que generan un dolor social. Al no hacernos cargo como sociedad de ese dolor social, esas víctimas se terminan transformando en el caldo de cultivo de la demagogia punitiva. Entre esas víctimas es en quienes primero cala el discurso de mano dura. Y lo que estamos en esto sabemos que esa no es la solución.
Apenas se tuvo en cuenta algo con la Ley de Responsabilidad Penal del Empleador.
Exacto, en su Artículo 3°, que se coló de contrabando, porque toda la discusión estuvo centrada en el Artículo 1°, que establecía el delito y que motivó tantos vientos y tempestades; sin embargo, ese artículo le reconoce derechos a determinadas víctimas. Pero la interpretación que han hecho de ese artículo los operadores del sistema de Justicia lo han transformado prácticamente en inoperante.
Hay que reconocerlo: la víctima en el proceso penal molesta. Molesta porque es un jugador al que no estamos acostumbrados y al que preferimos mantener ajeno a la situación. Los fiscales deberíamos entender que esa víctima es un aliado, porque está demostrado que 90% de los delitos se aclaran en base a la información que proporciona la víctima. Quienes vamos a estar a cargo de las investigaciones, tenemos que tomar a esa víctima como que lo que es: una víctima. Si los mantenemos afuera, nos vamos a estar privando de toda esa información que tiene; para eso hay que despertar confianza, tener empatía, estar dispuestos a jugar en un tablero con jugadores que antes no estaban. En quinto lugar, se trata de un proceso que distribuya claramente los roles. Una parte que investiga y acusa, una parte que se defiende y un juez, estructural y funcionalmente imparcial, que juzga. Un triángulo equilátero, con dos partes en posición de igualdad; por eso decimos que el proceso acusatorio es adversarial, porque hay dos adversarios que litigan en un plan de igualdad, y un tercero, sin compromisos e imparcial, que juzga ese conflicto. Hoy los roles están confusos, la ciudadanía no sabe qué hace un juez o considera natural que un juez investigue; en realidad no hay nada más antinatural que un juez investigando, porque el juez tiene que resolver el conflicto.
¿Hay dudas sobre la fecha de arranque?
No, nosotros no tenemos dudas. Pero a veces se pueden mover algunas cosas en el sistema político... Nosotros estamos trabajando para el 1° de noviembre, a la espera de que el Parlamento culmine el proceso de modificaciones legislativas. Está la reforma del Código de la Niñez y la Adolescencia, que todavía no fue aprobada en Diputados. La eliminación de la libertad condicional y el proceso de suspensión de la ejecución de la pena tampoco tienen sanción definitiva, y hay algunas modificaciones al CPP que se estarían discutiendo en el Senado antes de fin de mes, para aprobarse en octubre. Esperemos que se concrete todo antes de la fecha establecida.
Un tema vinculado al nuevo CPP es el número de personas privadas de libertad (PPL) sin sentencia. ¿Cuáles son los datos actuales y a dónde se pretende llegar?
Los últimos datos que tenemos indican que en Uruguay hay unos 11.200 adultos y 460 adolescentes privados de libertad. O sea, tenemos una tasa de prisionización de 340 personas cada 100.000 habitantes, lo cual es absolutamente disparatado. El combo se completa con que 70% de las PPL no tienen sentencia. Son jurídicamente inocentes y, sin embargo, están presos. Es un número altísimo para la región, que ya tiene números altos. Eso tenemos que cambiarlo. Una persona que está sometida a proceso es jurídicamente inocente, solamente será culpable cuando haya una sentencia de condena. La prisión preventiva dejó de ser excepcional y se impuso como regla. Estamos haciendo un abuso de la prisión preventiva, y más grave aun es que 40% de esas personas son primarias.
¿Cuál sería la solución?
Hay que pensar medidas alternativas a la prisión preventiva, porque lo que estamos haciendo hoy es reproducir violencia. Una vez que salen los primarios que ingresan a la cárcel por delitos menores, tienen grandes dificultades para reinsertarse en el mundo laboral. Sabemos que es así, y en algún punto, la alternativa que les dejamos es la de seguir delinquiendo. No es determinista, pero las condiciones, de alguna manera, son esas. Hay muchos individuos que quedan marcados por cometer un delito menor. Esto no significa impunidad, significa entender que la única pena no puede ser la privación de libertad. Pienso que la cárcel no es la solución al problema; la cárcel es parte del problema. Cuando alguien dice “que se pudran en la cárcel”, en realidad es una gran hipocresía, porque de la cárcel se sale.
¿En cuánto podría disminuir esa cifra de 70% de PPL sin sentencia con el nuevo código?
Es difícil establecerlo, pero Chile, por ejemplo, cuando aprobó la reforma tenía más de 70%, y un año después bajó a 20%. Mantuvo la cantidad de presos, pero revirtió la cantidad de procesados y penados.
¿Cómo ha sido la negociación con los fiscales?
En Uruguay cualquier cambio es difícil. Estamos haciendo un proceso absolutamente revolucionario. Primero, porque le dimos una nueva institucionalidad: pasamos de ser una unidad ejecutora a un servicio descentralizado, lo que no fue algo sencillo. Evidentemente, hay un grupo importante de fiscales que está de acuerdo y respalda este proceso; otro que acompaña pero tiene diferencias, y hay un tercer grupo de fiscales que están absoluta y radicalmente en contra, al punto de que han pensado en retirarse de la función En Uruguay, y en particular dentro del Estado uruguayo, es absolutamente natural que un cambio de estas dimensiones genere resistencia y temores.
¿Cómo ha sido el vínculo con la academia?
No hemos tenido una colaboración muy activa de la academia durante este proceso. Hay, sí, destacados académicos que han trabajado en este tema, pero podría decir que la mayoría de la academia no ha puesto su foco en el proceso penal, a diferencia de lo que sucedió con el proceso civil.
¿Es posible que policías y fiscales trabajen en un mismo edificio con la reforma?
Me lo han preguntado. Naturalmente, sería lo mejor. En paralelo, hemos hablado de la importancia de la descentralización territorial en Montevideo, para que no se concentre todo en Ciudad Vieja. Hemos evaluado construir edificios de fiscalías en terrenos del Ministerio del Interior, donde hoy se alojan las zonas policiales, para tener a la Policía y los fiscales trabajando cerca. Eso implicaría, entre otras ventajas, bajar costos logísticos por traslado de detenidos. En países escandinavos es así, fiscales y policías comparten un mismo edificio. Sería importante, porque, en definitiva, la Policía va a ser nuestro auxiliar y necesariamente tenemos que realizar un trabajo conjunto.
El Observatorio Luz Ibarburu criticó esta semana las “chicanas judiciales” interpuestas por la defensa de los militares acusados por crímenes de lesa humanidad. ¿Le preocupan esas maniobras?
Uruguay tiene un problema: no ha desarrollado una política pública de persecución penal para los delitos de lesa humanidad. En la fiscalía vemos pasar todos los expedientes, sea por casación o por inconstitucionalidad, y hemos notado que hay una estrategia común de parte de las defensas [de los militares] de ir dilatando los juicios y demorar las resoluciones. Forma parte de una estrategia de defensa, no nos podemos enojar con quien ejerce su defensa como le parezca conveniente. Pero lo vemos. Hay defensas que se interponen en cascada, tendiendo a la dilación de la resolución judicial.
Y, mientras tanto, el Estado sigue incumpliendo con las sentencias internacionales.
No vemos que haya en el Estado una estrategia común. El fraccionamiento de decenas de causas en distintos juzgados, con distintos operadores, llevan a que no haya una estrategia común. Además de esta fragmentación, la independencia técnica de los jueces que dirigen las investigaciones y de los fiscales se termina convirtiendo en un obstáculo, porque tenemos fiscales que han entendido que los delitos han prescripto, pese a que la Corte Interamericana dijo que son imprescriptibles. Todas estas cosas dificultan el avance de las causas. No hemos tenido una política conjunta de persecución de estos delitos; necesitamos fiscales que actúen en conjunto, que intercambien información. No tengo problema en reconocerlo. Ahora estamos apostando a la creación de una Fiscalía única para todas estas causas, para centralizar toda la información en un lugar. Es algo que en Argentina, por ejemplo, ha dado resultados. Lamentablemente, el tiempo corre, y se ha transformado en el principal adversario en la búsqueda de la verdad.
Hace unos meses, en una entrevista con Emiliano Cotelo, usted dijo que en Uruguay no hay penas suficientemente severas para los delitos de corrupción. ¿La clase política está preparada para dar esta discusión?
Bueno, pero es un debate del sistema político; como técnicos podemos dar opiniones o mostrar otros modelos. Pero en definitiva es el sistema político el que define qué bienes jurídicos se protegen, qué conductas son sancionables y cuáles son las penas para sancionar esos delitos. Para empezar, tenemos un Código Penal de 1934, que sigue vigente, pero que responde a un modelo de política criminal de esa época, a pesar de que Uruguay y el mundo han cambiado. Eso hay que actualizarlo.
Además, creo que si no establecemos una proporcionalidad entre el daño que ocasiona una conducta y la pena que se impone, tenemos un problema. Tengo la impresión de que en la sociedad uruguaya los delincuentes “de cuello blanco” en el fondo no están tan mal vistos. Por ejemplo, es común que un abogado que defiende a un evasor de la Dirección General Impositiva diga “bueno, tuvo un problema o cometió un error”, pero nunca se asume que cometió un delito. Sin embargo, al ladrón de bicicletas lo llamamos así: ladrón. Hay una percepción distinta, que ni siquiera tiene en cuenta cuál de los dos delitos le hace más daño a la sociedad.
Muchos políticos uruguayos destacan que los niveles de corrupción en países de la región, como Brasil, son mucho mayores. ¿No termina siendo un discurso funcional a la idea de no establecer penas más severas?
Es verdad que hay distintos niveles y también es cierto que los rankings internacionales de percepción de corrupción dejan bien parado a Uruguay. Pero con eso no nos tenemos que conformar, tenemos que trabajar muchísimo más. Por ejemplo, creo que no puede estar en discusión que un viático se tiene que liquidar. Y que se tiene que rendir cuentas, porque son dineros públicos. Está bien que el Estado le pague a un funcionario que sale a cumplir funciones fuera de las normales, pero tenés que liquidar los gastos, si no es un cheque en blanco. Creo que todavía tenemos un grado de tolerancia hacia cierto tipo de conductas que no es el mejor.
¿Lo que sucedió con Raúl Sendic genera un escenario más propicio para dar esta discusión?
No puedo ni quiero pronunciarme sobre una investigación judicial que está en curso. Veremos qué sucede. Pero todos los escenarios son propicios para dar estas discusiones, porque son discusiones importantes.
Caso Pluna
El fiscal Díaz también se refirió a los procesamiento del ex ministro de Economía y Finanzas Fernando Lorenzo y del ex presidente del Banco República Fernando Calloia. “Mi balance es que como sociedad tenemos que medir el daño reputacional que se genera, porque muchas veces los titulares no se condicen con la realidad. Porque acá estamos hablando del aval de un remate, pero no estamos hablando de lo que pasó realmente en Pluna, de las razones por las que se fundió. ¿Hay alguna causa penal por eso?”, preguntó.