Este martes comienza el juicio oral de Operación Océano, que será dirigido por el juez en lo penal de 41º turno, Huberto Álvarez, y en el que se dirimirá la responsabilidad penal de diez acusados, en la causa que investiga delitos sexuales contra adolescentes. La primera audiencia del juicio comenzará sobre las 9.00 en el juzgado de la sede de Juan Carlos Gómez. Según determinó el juez Álvarez, con la anuencia de las partes, las audiencias serán reservadas, dada la naturaleza de los delitos que se debatirán.
El magistrado acordó con la fiscal especializada en Delitos Sexuales de segundo turno, Mariana Alfaro, y las defensas de los imputados y de las víctimas sesionar martes y jueves de mañana. Debido a la magnitud del juicio, que implica a diez acusados y ocho víctimas, las partes estiman que el juicio podría llevar casi dos años.
En esta primera audiencia, el juez Álvarez comenzará informando a los acusados por la fiscalía cómo será el proceso del juicio, con base en el documento de auto de apertura –el documento guía del juicio oral–, que fue discutido y acordado por las partes, durante 11 meses, en las audiencias de control de acusación. Allí quedó establecido qué hechos se consideran probados, qué pruebas presentará cada parte, tanto testimoniales como documentales, y los hechos sobre los que se deberá determinar si existe responsabilidad penal de los acusados.
Una vez brindada la información general del caso, se dará lugar al alegato de apertura de la Fiscalía, en la que la fiscal Alfaro relatará la teoría del caso de la fiscalía respecto de cada uno de los acusados. Según informaron a la diaria fuentes allegadas al caso, se estima que esta etapa podría durar unas diez audiencias de juicio. Luego, cada una de las defensas hará sus alegatos respecto de su defendido y en las instancias siguientes comenzará la etapa probatoria, en la que las partes llevan sus pruebas y testigos. En esta etapa serán reproducidas las ocho declaraciones anticipadas que hicieron las víctimas a lo largo de la investigación.
Los diez acusados podrán hacer declaraciones en cualquier momento del juicio, siempre que el juez lo habilite. En caso de que decidan declarar, cualquiera de las partes podrá hacer preguntas, que pueden ser objetadas por la contraparte.
La causa Operación Océano comenzó en mayo de 2020 con las primeras imputaciones. Durante el proceso hubo cuatro jueces de garantías, que son los que preparan el proceso hasta el juicio. Hasta febrero de 2021, la causa estuvo a cargo de Adriana de los Santos, quien hizo las primeras formalizaciones del proceso contra los imputados, en mayo de 2020, y llevó adelante el proceso, principalmente dirimiendo cuestiones vinculadas al acceso a la carpeta por parte de las defensas y a la transparencia en la documentación de la carpeta de la fiscalía. A partir de febrero de 2021, cuando De los Santos fue ascendida a ministra de tribunal, la causa pasó a manos de la jueza Beatriz Larrieu, quien atravesó una de las etapas más conflictivas del proceso, con la preparación de la declaración de las pruebas anticipadas de las víctimas. En octubre de ese año, Larrieu fue ascendida a ministra de tribunal y la causa pasó a estar a cargo de la jueza María Noel Tonarelli, quien llevó a cabo audiencias de declaración de las víctimas y todo el proceso de audiencia de control de acusación. Por último, en febrero de este año asumió la jueza Mainard, quien debió conformar el auto de apertura del juicio.
Durante la investigación penal, que se extendió desde mayo de 2020 hasta mayo de 2022, fueron investigadas 37 personas, 33 de las cuales fueron imputadas. Sin embargo, una vez culminada la investigación penal, la fiscalía se abstuvo de acusar a 17 de los indagados por no tener elementos en su contra, se llegó a un acuerdo de proceso abreviado con nueve de los 20 restantes y quedaron 11 para dirimir su situación en juicio oral. De las 21 víctimas identificadas durante la investigación, la fiscalía presentó acusaciones respecto de ocho, cuyas declaraciones ya están integradas a la prueba del caso.
El 28 de mayo, la fiscal Alfaro alcanzó un acuerdo abreviado con uno de los 11 acusados, quien finalmente fue condenado a cuatro meses de arresto domiciliario nocturno y dos años de libertad a prueba por el delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, a título de dolo eventual, previsto en el artículo 4 de la Ley de Violencia Sexual contra Niños, Adolescentes o Incapaces (17.815), que prevé penas de dos a 12 años de penitenciaría. El artículo 273.2 del Código del Proceso Penal prevé una reducción de hasta dos tercios de la pena prevista en un juicio para los imputados que acepten un acuerdo con la fiscalía, que implica la admisión de los hechos y la renuncia a la apelación.