El Tribunal de Apelaciones de cuarto turno confirmó la sentencia de formalización del proceso por un delito de cohecho contra el exdirector del Comcar Carlos Tarocco luego de que se descubriera una investigación parapolicial para encontrar vínculos entre las víctimas del senador Gustavo Penadés que permitieran sustentar la hipótesis de una trama política en su contra.

En la sentencia, a la que accedió la diaria, el tribunal ratificó la decisión de la jueza de primera instancia, Diovanett Olivera, quien le imputó un delito continuado de cohecho calificado en reiteración real con reiterados delitos de revelación de secretos, habida cuenta de que la Fiscalía logró reunir la evidencia suficiente sobre la comisión del delito y la identificación de los presuntos responsables, en los términos que expresa el artículo 266 del Código de Proceso Penal.

El fallo da detalles de lo presentado por la Fiscalía para fundamentar el pedido de formalización de Tarocco a partir, entre otras evidencias, de lo incautado en el celular de su ayudante, Federico Rodríguez.

“Del contenido del celular de Rodríguez surge claramente todo este entramado de corrupción en el que Tarocco le indica a Rodríguez lo que tiene que hacer como parte de este plan: investigar a Mastropierro”, señaló la Fiscalía, que da cuenta de que si bien no pudo determinar cómo llegó el flujograma armado por Tarocco y Rodríguez al celular de Penadés, da cuenta de la existencia de varias reuniones en ese sentido, el uso de recursos estatales para la investigación, y la vigilancia y pesquisa contra varias personas, incluyendo el entorno del adolescente de 17 años que fue asesinado en Sayago en abril de este año, días antes de que se iniciara el caso.

Según la Fiscalía, uno de los intercambios entre ambos da cuenta de que le plantearon a un agente policial amigo de Mastropierro: “Hay que apretarlo, hay que decirle que nos diga el nombre de las víctimas que conoce Mastropierro, se le puede inventar que tenemos cámaras de Divaru [Dirección de Videovigilancia, Analítica y Relevamiento Urbano], que los captamos saliendo juntos aunque las cámaras no están, que si está con Mastropierro, en algo anda”, expresó la Fiscalía parafraseando esas conversaciones.

“Rodríguez y Tarocco comparten fotos de las víctimas, antecedentes de las víctimas, partidas de nacimiento de las víctimas, testimonios de las partidas, información policial, las que vemos luego del análisis del celular de Penadés. Lo que se pretende con esto es ubicar a las víctimas; intercambian fotos también del sistema policial al cual Rodríguez accede y se las envía al imputado Tarocco para que este se las envíe a una tercera persona, ver si son esas personas o no”, sostuvo la Fiscalía.

Además, la fiscal del caso, Alicia Ghione, dio cuenta del traslado de una persona privada de libertad que es víctima en el caso Penadés, que estaba siendo investigada por Tarocco y Rodríguez. Fue trasladado de la Unidad 1 de Punta de Rieles a la Unidad 4 del Comcar, que dirigía Tarocco, “de manera sospechosa o sorpresiva”, dado que le faltaban algunos días para recuperar su libertad.

La Fiscalía señala que en un momento Rodríguez le informó a Tarocco que había identificado a una de las víctimas, que había presentado su caso en el programa Santo y seña con voz distorsionada y luego, tras recibir amenazas, decidió no presentarse a la Fiscalía. La investigación parapolicial detectó que esa víctima era primo del adolescente de 17 años que fue asesinado en Sayago, unos días antes del inicio de la investigación penal contra Penadés, y quien, según la denunciante Romina Celeste, tenía previsto declarar contra el senador.

Además, Ghione señaló que en un momento en que Tarocco y Rodríguez no podían encontrar vínculos entre el entorno de Mastropierro, Romina Celeste Papasso y el profesor Sebastián Mauvezín, Tarocco le envió “una carita triste” a Rodríguez y en otro intercambio lo animó a encontrar vínculos entre las víctimas y Mastropierro: “Ponele un pienso, Fede”.

El tribunal confirmó desde el punto de vista formal la imputación, dado que en esta parte del proceso no corresponde que analice el tema de fondo. “En el caso se estima que se ha configurado el estándar propio de este estadio procesal con las pautas de verosimilitud y probabilidad razonable respecto de que la conducta del imputado se adecua también típicamente al delito continuado de cohecho calificado reclamado por Fiscalía”, expresa el fallo.

Si bien los ministros señalaron que se dieron todas las garantías del debido proceso, advirtieron desprolijidades en su tramitación. “Asistimos a una tramitación desordenada, donde se intercalan, sin más solicitudes, decisiones, recursos, traslados y nuevas decisiones sobre ejes temáticos diferentes, con la consecuencia de una indebida dilación en elevar las actuaciones a la Sala”. Asimismo, sostiene que “debieron formarse piezas por cada una de las cuestiones promovidas, en lugar de mezclarlo todo”.

El tribunal descartó el argumento de la defensa, que planteó que no existen elementos objetivos para tipificar cohecho y adujo que Tarocco y Rodríguez estaban haciendo una investigación de rutina y que no se logró obtener evidencia sobre el vínculo con Penadés y el beneficio prometido. En cuanto a la tipificación en sí, el tribunal señaló que el beneficio que prevé el cohecho en su definición “puede no ser sólo dinerario, sino también favores, ascensos o empleos u otros de naturaleza similar. Contrariamente a lo sustentado por la defensa, se han reunido elementos objetivos suficientes para la iniciación del sumario”, expresa la sentencia.