La coalición de gobierno aprobó este martes en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado un proyecto de ley para modificar el instituto de la prisión domiciliaria, con los votos en contra del Frente Amplio (FA). Finalmente, tras más de dos años de discusión, el Partido Nacional (PN), el Partido Colorado (PC) y Cabildo Abierto (CA) resolvieron avanzar en el proyecto que presentó la senadora nacionalista Carmen Asiaín, aunque incorporaron planteos de CA y algunas sugerencias de la academia y del comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit.

El tema ingresó al Parlamento a mediados de 2021, cuando, en medio de la pandemia, los senadores de CA presentaron un proyecto de artículo único que otorgaba la prisión domiciliaria “de oficio y sin más trámites” a las personas privadas de libertad mayores de 65 años. El partido liderado por Guido Manini Ríos justificaba la excarcelación “ante la situación de superpoblación del sistema carcelario”, a la cual adicionaba “el agravamiento generado por la emergencia sanitaria”.

Si bien se establecían algunas excepciones, como que no podrían acceder al beneficio las personas procesadas por delitos de violación, homicidio agravado o crímenes de lesa humanidad, dado que la mayoría de los represores de la dictadura no han sido imputados por crímenes de lesa humanidad, sino, por ejemplo, por delitos de homicidio, tortura y secuestro, organizaciones de derechos humanos y el FA advirtieron que la propuesta de CA tenía el propósito de liberar a más de 20 represores de la dictadura que cumplen condena en la cárcel de Domingo Arena.

En junio del año pasado, Asiaín presentó un nuevo proyecto, que, si bien mantenía el otorgamiento preceptivo “de oficio y sin más trámites”, subía la edad a 70 años, y también se señaló que podía promover la liberación de los represores de Domingo Arena. Sin embargo, desde su presentación hasta su aprobación este martes en comisión, el texto, al que accedió la diaria, tuvo varios cambios.

Lo que propone el proyecto

Para empezar, en el proyecto aprobado desapareció la expresión “de oficio y sin más trámites”; en cambio, lo que se establece es una nueva redacción del artículo 228 del Código del Proceso Penal, que enumera los “elementos de especial relevancia” que la Justicia debe tener en cuenta para “la sustitución o la cesación de la prisión preventiva u otras medidas cautelares”.

El principal cambio es que deberá considerarse especialmente el caso de cualquier persona que “tuviera 65 años o más”, cuando ello “no involucre riesgos considerando las circunstancias del delito imputado”. La normativa vigente establece como edad mínima los 70 años.

Por otra parte, el proyecto aprobado dispone dentro del Código del Proceso Penal un nuevo marco para el régimen de prisión domiciliaria. Se establece que, “a petición de parte”, el tribunal competente podrá ordenar la excarcelación bajo determinados supuestos, como por ejemplo “cuando el formalizado padezca graves problemas de salud o una enfermedad incurable en período terminal”.

También “cuando se trate de una mujer embarazada con riesgo de salud para sí o con riesgo para la continuación del embarazo”, o en el caso de una madre “a cargo de un niño mayor de cinco años que padeciera problemas de salud o no tuviera otra persona que se hiciera cargo de él”. Estos supuestos habían sido sugeridos por Petit.

En el caso específico de las personas privadas de libertad mayores de 65 años, el proyecto establece que, además de la edad, deberá evaluarse si la “condición biopsicosocial” de la persona “determinara que la privación de libertad en establecimiento carcelario perjudica su salud o vulnera su dignidad humana”. Así, en cualquier caso, “la decisión judicial deberá fundarse en los informes de una junta médica designada por el juez”. En este punto, Petit había recomendado que la resolución se adoptase con base en “informes de peritos médicos, psicológicos y sociales”.

El comisionado parlamentario también había asegurado que el examen caso a caso por parte de la Justicia era “ampliamente posible”, dado que actualmente en el sistema penitenciario hay sólo 185 personas mayores de 65 años.

Carrera: “No da garantías de que no haya situaciones de impunidad”

Minutos después de la aprobación del proyecto, el senador frenteamplista Charles Carrera, miembro de la comisión, expresó en X que la iniciativa supone “un triste retroceso en el camino por verdad y justicia”. Dijo que se trata de una propuesta con “nombre y apellido”, en referencia a “los violadores a los derechos humanos de la última dictadura”, dado que “entre los favorecidos están los presos de Domingo Arena”.

Carrera señaló a la diaria que “el principal cambio” que propone el proyecto en comparación a la normativa vigente es que los mayores de 65 años “pueden ampararse al instituto [de prisión domiciliaria] por motivos de salud”, esto “sin excluir a los violadores de los derechos humanos”. “Por eso nosotros no votamos, ese es un cambio sustancial”, afirmó.

Aunque apuntó que, a diferencia del proyecto original de CA, el otorgamiento de la prisión domiciliaria “no es preceptivo”, Carrera aseguró que “va en la misma línea”. “Estás bajando de 70 a 65 años cuando no era necesario hacer esa modificación. Yo tengo que trabajar hasta los 65 años para jubilarme, pero si soy mayor de 65 años, me puedo ir a prisión domiciliaria... Es un contrasentido”, manifestó; y subrayó que el proyecto aprobado en comisión “no da garantías de que no haya situaciones de impunidad”.

Peña: “En ningún caso va a beneficiar a los torturadores”

Por el contrario, el presidente de la comisión, el senador colorado Adrián Peña, aseguró a la diaria que la iniciativa “en ningún caso supone un beneficio para los torturadores”. Afirmó que la última versión del proyecto “no tiene nada que ver con el proyecto original que presentó Cabildo”, el cual sí “era un proyecto a medida para ellos”.

Peña valoró positivamente que se haya quitado el otorgamiento del beneficio de forma preceptiva, y puntualizó que en todos los casos “el que va a determinar si la persona tiene derecho a la prisión domiciliaria es el juez”; a su entender, esto “es un cambio fundamental”.

El senador colorado dijo que se trata de “una visión bastante más amplia e integral de la prisión domiciliaria”, que comprende, por ejemplo, situaciones complejas de “mujeres embarazadas” o con “niños con determinada patología”.

Según Peña, “no hay ninguna razón por la cual algún preso por violación a los derechos humanos pueda acceder a la prisión domiciliaria” a partir de la legislación propuesta. En cambio, para Peña continúa “la situación que ya existía anteriormente”. “De hecho, muchos de los torturadores de la dictadura murieron en prisión domiciliaria, como es el caso de [José] Gavazzo”, recordó.

El proyecto “en ningún caso va a beneficiar a los torturadores, si no de ningún modo yo lo hubiese votado”, insistió Peña, y consideró que las objeciones de la oposición “fueron todas levantadas”. Por eso, a su modo de ver, el rechazo del FA tiene “una razón política, más bien electoral, para sostener un discurso distinto ante la opinión pública”.

Antes de transformarse en ley, el proyecto tiene que tratarse en el plenario de la Cámara de Senadores y luego en el de la Cámara de Diputados.