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INDDHH pide información al Ministerio de Defensa sobre sanción a Purtscher.

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La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) cuestionó en una resolución aprobada ayer el accionar del Ministerio de Defensa Nacional (MDN) en relación con los dichos del general retirado Wile Purtscher en dos cartas que publicó Búsqueda. En ellas decía que la muerte de Miguel Dalmao, procesado por el asesinato de Nibia Sabalsagaray, fue “un asesinato” por “jueces que se creen dioses”, y que ahora era él quien quería “venganza. Aquellos que fueron contra él, que no duerman en paz”. Como una de las involucradas en el procesamiento de Dalmao fue la presidenta de la INDDHH, Mirtha Guianze, la entonces fiscal del caso se excusó de participar en la resolución.

La resolución expresa que las manifestaciones de Purtscher, por estar todavía sometido a disciplina militar, son un ataque directo a las instituciones democráticas y al Estado de derecho.

Por esto, señalan, “en el caso de no verificarse una respuesta jurídicamente adecuada del Estado (a través del MDN), sí podría verificarse una situación en la que el Estado uruguayo no estaría cumpliendo con las obligaciones jurídicas asumidas respecto a asegurar la vigencia de las garantías genéricas de los derechos humanos”.

La INDDHH recuerda que el ministerio “efectivamente sancionó” a Purtscher por sus dichos, pero puntualiza que no informó “acerca de la motivación de dicha sanción ni del monto de la misma”, debido a que según expresó la cartera, “las sanciones disciplinarias tienen ‘carácter reservado’”. Según la institución, el ministerio “realiza una interpretación no favorable a la efectiva garantía del derecho humano de acceso a la información pública”, y cita el artículo 12 de la Ley de Acceso a la Información Pública que establece que “no se podrá invocar ninguna de las reservas” cuando la información refiere a “violaciones de derechos humanos o sea relevante para investigar, prevenir o evitar violaciones de los mismos”.

La INDDHH desconoce “la existencia y el contenido de la supuesta denuncia penal” contra el militar, y considera que “la actuación del MDN “no es la que debe esperarse de un organismo de su naturaleza”. “La reserva y el secreto, cuando no se fundamentan en disposiciones de la mayor jerarquía normativa y no respetan el principio de razonabilidad en una sociedad democrática, simplemente constituyen una falta de respeto inaceptable a las personas que tienen el derecho y el deber de saber lo que sucede”, señala la resolución.

La institución no se pronuncia sobre las responsabilidades penales que podrían implicar las declaraciones del general. Las recomendaciones de la INDDHH apuntan a que en un plazo de diez días hábiles el MDN “informe y haga pública la motivación de la sanción disciplinaria” a Purtscher, y que comunique el monto de la sanción, su relevancia y la resolución que dispuso pasar a la justicia penal los antecedentes. También pide información sobre planes de estudio de las escuelas militares y formación de personal subalterno “en materia de instituciones democráticas, estado de Derecho y derechos humanos”, en un plazo de 45 días, así como información sobre carga horaria y docentes que dictan esas materias.

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