Ingresá

Se viene la noche

Menos de 1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

En su sesión de ayer, el Senado dio sanción definitiva a la ley que regula la actividad del trabajador nocturno y establece la obligatoriedad del pago de 20% más por el trabajo que se realice entre las 22.00 y las 6.00, o, en su defecto, la baja de 20% de las horas de trabajo que se realicen en ese lapso. Además, la ley prevé que las embarazadas no trabajen en horario nocturno y tampoco en el primer año después del embarazo. Para estos casos, el texto prevé que las mujeres que deban cambiar de horario no pierdan los beneficios salariales que reciben por trabajar de noche.

La ley, que fue enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación, fue aprobada por los 18 senadores presentes en sala y estará vigente a partir de julio de este año.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura