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Para DirecTV, en la ley de medios el Poder Ejecutivo quiso beneficiar a sus competidores, porque prefiere a las multinacionales “fuera del país”

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La empresa multinacional estadounidense DirecTV es la única que hasta el momento presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Lo hizo mediante un escrito de 88 páginas en el que impugna 27 artículos de la norma, que, según sostienen, contradice artículos de la Constitución, de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En términos generales, afirman que la ley “modifica de forma arbitraria y sustancial el desarrollo de la actividad comercial” de la empresa y constituye “una clara violación al principio de la libertad de expresión”, ya que “la forma y contenido de su programación” se fija “conforme a los criterios que le impondrá el gobierno de turno”. “El escenario en el que DirecTV decidió invertir para desarrollar su actividad en Uruguay es otro diferente a partir de la sanción de la LSCA. Esta ley impone nuevos límites que topean su posibilidad de crecimiento y de prestar nuevos servicios. Crea costos y gastos que afectan directamente su derecho de propiedad y libertad de comercio”, sostiene la empresa en el escrito, fundamentado mediante dictámenes jurídicos elaborados por los catedráticos de Derecho Constitucional y Administrativo Martín Risso, Rubén Correa Freitas y Carlos Delpiazzo.

La empresa centra sus baterías argumentativas en el artículo 55 de la ley, que según sostienen, fue hecho “con nombre y apellido” para perjudicar a DirecTV. El artículo establece que una misma firma no podrá tener más de 25% del mercado de la televisión para abonados a nivel nacional y no podrá superar 35% en cada localidad; la primera disposición sólo afecta a DirecTV, única empresa con licencia para prestar servicios de ese tipo a nivel nacional. En 2014 la empresa tenía 141.800 clientes, y, según la ley, no podrá tener más de 164.447 (el número es fijo porque la referencia es el censo de 2011, y no cambiará hasta que se realice otro censo nacional). Además, por las limitaciones que se establecen por localidad, DirecTV afirma que deberá renunciar a sus clientes “en varias zonas del país”, lo que califica como una “expropiación regulatoria” y sin indemnización.

La firma sostiene que el artículo 55 no se funda en razones de interés general. Cita una entrevista del diario El Observador realizada en 2013 al empresario de Canal 10 Jorge de Feo en la que éste sostiene que fue él quien le dio la idea al ex presidente José Mujica de limitar el mercado de DirecTV. En el recurso se señala que el Poder Ejecutivo “actuó a instancia indisimulada de los competidores de DirecTV”. “La LSCA se ocupa personalmente de DirecTV, con normas ‘con nombre y apellido’, limitando su actividad en el país, diciéndole sin razón o justificación alguna cuántos clientes puede tener, obligándola a renunciar a otros, e impidiendo cualquier posibilidad de crecimiento o retorno sobre su inversión”, sostiene la empresa. “La idea de limitar la actividad y crecimiento de DirecTV también resultó afín ideológicamente al gobierno, quien parece temerle a la presencia en Uruguay de las empresas multinacionales. Las prefiere fuera del país [...]”, agrega.

La empresa también cuestiona el artículo 56, que prohíbe a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual prestar servicios de telecomunicaciones. Sostiene que tampoco en este caso hay razones de interés general para la limitación. Indica que se busca beneficiar a Antel porque “en los hechos prácticamente prohíbe” el surgimiento de nuevos competidores en el sector de telecomunicaciones y “le da carta blanca a Antel para actuar en el sector audiovisual, sin regulación de tipo alguna”. Agrega que la norma va en contra del proceso de convergencia que está ocurriendo a nivel mundial entre los sectores de telecomunicaciones y de comunicación audiovisual. En el recurso se cita como ejemplo que la propia DirecTV está en proceso de adquisición por parte de la empresa estadounidense de telecomunicaciones AT&T.

DirecTV también solicita que se declaren inconstitucionales los artículos que regulan el horario de protección al menor, la publicidad dirigida a niños, los eventos de interés general y la publicidad electoral gratuita, por considerarlos “abusivos” y “desproporcionados”, y argumenta que la empresa no puede controlar los contenidos de la programación, que es en su mayoría extranjera.

Impugna asimismo el artículo que obliga a los prestadores a producir una señal local propia; la empresa sostiene que de esta forma se la “obliga” a “incurrir en una industria que no le es propia”, la de la producción audiovisual. Además, argumenta que en televisión satelital cada señal que se incluye supone un costo adicional, al tener que subirla al satélite, y en ese sentido impugna que se la obligue a incorporar a la grilla tres señales de producción nacional que se elegirán cada cinco años mediante un llamado.

El expediente de la acción de inconstitucionalidad se encuentra en estos momentos a consideración de la Fiscalía General de la Nación.

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