Son reiterados los llamados laborales que realizan distintos organismos estatales que incluyen entre los requisitos excluyentes un límite de edad: 35 o 45 años, en general. El miércoles, en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, una de las directoras de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), la abogada Ariela Peralta, explicó que se estudió el caso en 2013 y se emitió una resolución al respecto, que establecía que de esa forma se violan los derechos a no discriminar y de igualdad. “La Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa Rica establecen que no puede haber discriminación por edad. Se tiene que demostrar cuál es la forma menos lesiva de violar ese derecho y la razón por la que es violado”, dijo Peralta. “Hay un incumplimiento del Estado sin motivo y, desafortunadamente, nos ha llegado muchísima gente manifestando que se siente limitada por eso”. Si bien la resolución se envió a “varias instituciones” del Estado, “no tuvimos éxito”. “Muchas veces las explicaciones tienen que ver con los años que las personas permanecerían en el cargo, pero no hay un motivo específico”, añadió.
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INDDHH sobre llamados laborales del Estado.
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