Ingresá

Cara de expediente

3 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago

Las medidas privativas de libertad siguen siendo la pena más aplicada a adolescentes, principalmente a varones y de clase baja.

Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

En consonancia con lo que estableció en 1989 la Convención sobre los Derechos del Niño, el Código de la Niñez y la Adolescencia, aprobado en Uruguay en 2004, establece una batería de medidas sustitutivas a la privación de libertad para los adolescentes que cometieron infracciones. Esas medidas incluyen la advertencia y la amonestación del juez, la orientación y el apoyo por medio de un programa socioeducativo, la prohibición de asistir a determinados lugares o espectáculos, la prestación de servicios a la comunidad, la obligación de reparar el daño de la víctima, la prohibición de conducir vehículos motorizados, la libertad asistida y la libertad vigilada. La duración máxima de esas medidas está contenida en el propio código, en el que se apoya el juez.

La Casa Bertolt Brecht inició hace cinco meses un relevamiento para conocer cuál es el estado de situación de las medidas no privativas de libertad en Uruguay. Rosana Abella, coordinadora de proyectos de la Casa Bertolt Brecht, explicó a la diaria que en 2014 el Comité de Derechos del Niño le recomendó al nuevo gobierno “que se incentivara la remisión de los procedimientos extrajudiciales, la libertad vigilada, la mediación, el apoyo psicosocial y los servicios en la comunidad”, para “que la privación de libertad fuera la medida de último recurso para los adolescentes, que tuviera una duración lo más breve posible y que se revisara periódicamente con miras a lograr revertir esa situación”. Contrariamente a lo que recomienda la Convención sobre los Derechos del Niño, “la privación de libertad sigue siendo en Uruguay la medida más utilizada, y entendemos que no produce efectos positivos en los adolescentes”, sostuvo Abella.

El estudio concluirá en noviembre, pero ayer se presentó en Salto un adelanto. Los investigadores entrevistaron a coordinadores de seis organizaciones que trabajan en la implementación de estas medidas en convenio con el Estado: el proyecto Miguel Mañone, de la Sociedad San Francisco de Sales (Salto); el programa Opción, de la Fundación Centro de Educación Popular (Canelones); y Movimiento Nacional Gustavo Volpe; Defensa de Niñas, Niños Internacional; Vida y Educación, y Renacer (Montevideo). También entrevistaron a integrantes del Comité de los Derechos del Niño, de la Institución Nacional de Derechos Humanos, de UNICEF y a adolescentes que transitan las medidas no privativas de libertad.

Abella detalló que de la batería de medidas alternativas a la prisión la más utilizada es la libertad asistida y que “en general, los jueces no producen derivaciones de las otras medidas”.

Para dar cumplimiento a la libertad asistida, las organizaciones cuentan con equipos de profesionales, y generalmente hay un educador, que es el que le hace el acompañamiento al adolescente (y tiene al equipo de referencia). El juez determina el período que debe atravesar la medida, y los técnicos “realizan un proyecto de trabajo con el joven, que va a depender de la realidad del adolescente y del tiempo que tienen para el cumplimiento”, explicó Abella. En un abordaje individual, trabajan con el adolescente sobre el delito cometido: “Deben lograr que se responsabilice de su acto, que tome conciencia”, y si bien es sabido que un adolescente no tiene el mismo nivel de previsión de sus actos que un adulto, puntualizó Abella, “se trabaja para razonar acerca de la situación y buscar alternativas para que la vida no esté relacionada con el delito”.

Hay organizaciones que, además, trabajan a nivel grupal y abordan temas de la vida cotidiana y familiar. Adolescentes que están cursando este tipo de penas “manifiestan que para ellos la medida no privativa de libertad es altamente beneficiosa en comparación con las privativas de libertad”, señaló Abella, y reprodujo una opinión de los chiquilines: “Me gusta venir acá por la forma que tienen de resolver los problemas. Si no viniera acá, yo no pensaría en cómo resolverlos. Hablamos de cómo lo tomó mi familia, de cómo me estoy relacionando de nuevo con la sociedad”. Otras opiniones hacen referencia a modificaciones en cosas mínimas que pueden ser cruciales, por ejemplo, que cuando van al estadio ya no se ubican en el centro de los conflictos, sino lejos.

Uno de los principales hallazgos del relevamiento es la confirmación de que “el sistema penal es selectivo”, afirmó Abella: “Capta a los adolescentes, generalmente varones de entre 15 y 17 años, en condiciones de pobreza, desvinculados de la educación, que cometieron un delito (hurto o rapiña). En la jerga se llaman ‘el que tiene cara de expediente’, como que de por sí la Policía capta a esos muchachos y el sistema penal enseguida los manda presos”. Dijo que el sistema no considera del mismo modo a la hija de un profesional universitario de clase media.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura