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Trabajadores de Meteoro estaban reparando fuegos artificiales, tarea específicamente prohibida

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Lo que ocurrió en el incendio que mató a cuatro trabajadores en Toledo podría haberse evitado. Fue el resultado de una sumatoria de irregularidades e irresponsabilidades. Con la información que teníamos hasta el momento ya parecía bastante claro que la responsabilidad recaía sobre la empresa, pero el informe de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS), al que la diaria tuvo acceso, agrega un nuevo elemento en ese sentido: los trabajadores estaban realizando una tarea prohibida, consistente en la clasificación y reparación de fuegos artificiales sobrantes de la zafra anterior. Abrían las cajas, descartaban aquellos que estaban en mal estado y reparaban el resto. Para ser más gráficos, y tal como se detalla en el informe, les cambiaban el papel celofán a las baterías y los volcanes, y lo pegaban “con cascola y cinta adhesiva”.

El informe detalla que la actividad de la empresa -para la que obtuvo las habilitaciones del Servicio de Material y Armamento del Ejército (SMA)- es la “importación de material pirotécnico como producto ya finalizado y la posterior comercialización del mismo”. Explica que por no tratarse de un emprendimiento fabril, ciertas prácticas, como la manipulación y reparación de productos, están prohibidas, porque el SMA las considera parte del rubro fabricación. Además, no está permitido llevar a cabo estas tareas en el lugar en que se realizaban, es decir, en galpones de las características del que se incendió.

Entre las causas del accidente, la IGTSS identifica que la permanencia de los trabajadores dentro del depósito se hacía “en condiciones no adecuadas”: de acuerdo con la normativa correspondiente, sólo podrían haber estado dentro del galpón “con los portones y salidas de emergencia abiertas, y a los únicos efectos de depósito y retiro de cajas”. En este caso, la salida de emergencia estaba cerrada con un candado. El gerente de la empresa, Enrique Godoy, dijo al respecto durante la indagatoria que la puerta de emergencia estaba cerrada con llave. Había dos copias de la llave: una la tenía el encargado del depósito y la otra estaba en “una cajita, al lado de la puerta del depósito”.

Pero hay más irregularidades. De lo constatado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y a partir de los registros de las cámaras de seguridad, se desprende que no había extintores de fuego en el exterior de los depósitos, ni señalizaciones sobre los puntos de encuentro en caso de emergencia; tampoco se contaba con pararrayos ni rejillas para la limpieza del calzado en las entradas a los depósitos. Cerca de la entrada del polvorín incendiado había una boca de hidrante que no funcionaba, y una manguera desplegada en el piso, conectada a la red de incendio, que tampoco funcionó.

Las pérdidas en el depósito 4, el que ardió, son casi totales, por lo que las autoridades inspeccionaron el 3, que, según declaraciones de la Dirección Nacional de Bomberos, es “de gran similitud en diseño y funcionamiento”. Ahí encontraron, entre otras cosas, acumulación de cajas hasta el techo, cajas abiertas, material pirotécnico fuera de las cajas, desperdigado en el suelo, donde también había residuos de pólvora. Otras causas que se agregan son la “ausencia de procedimientos de trabajo seguros y capacitación sobre los mismos”.

En las conclusiones, la IGTSS dice que en este accidente “no existieron acciones concretas tendientes a la evaluación y puesta en práctica de medidas que controlaran la potencialidad de los riesgos inherentes a los trabajos con material pirotécnico” y “no fueron considerados aspectos que trascienden a la obtención de las habilitaciones correspondientes”. En este sentido, el mantenimiento de las condiciones que dieron lugar a las habilitaciones “corresponde a la gestión de las empresas”, por lo que “cualquier cambio en estructuras y/o condiciones de funcionamiento debe contemplarse entre las acciones que debe tomar la empresa para garantizar que las condiciones de seguridad, las medidas y medios tendientes al control de riesgos y a la atenuación de las consecuencias se encuentren siempre actualizadas y en situación óptima de aplicación”.

El abogado Óscar López Goldaracena, que patrocina la causa penal iniciada por la familia de Adrián Yanibelli, uno de los jóvenes trabajadores fallecidos, dijo a la diaria que “este era el informe que faltaba” y que, junto al resto de las pruebas, permite que quede “claramente demostrado que la responsabilidad es de la empresa”: “No se podía haber hecho trabajar a los gurises en esas condiciones. Si la empresa no hubiera ordenado reparar fuegos artificiales, no se habría producido el incendio. Era claramente evitable, porque no se podía hacer lo que estaban haciendo y porque las condiciones no eran las adecuadas”. Para el abogado, “no puede haber otra conclusión que la negligencia del empleador”.

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