Ingresá

Que no falte

Menos de 1 minuto de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El 8 de marzo las asociaciones de farmacias firmaron un acuerdo con el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (Ircca) para la venta de marihuana de uso no médico, que regirá a partir de julio o agosto. El lunes, Presidencia publicó un decreto que cambia las condiciones de almacenamiento; la normativa anterior establecía que la marihuana debía conservarse en depósitos cerrados y alejados del público y la sujetaba a la regulación de los medicamentos controlados, pero el texto nuevo establece que eso “no corresponde” y agrega que el acceso a los lugares de depósito deberá ser “restringido”. Los farmacéuticos deberán realizar un control mensual del stock de cannabis, detallando cantidad, fecha y hora, y deberán conservar los documentos durante dos años, como insumo para los fiscalizadores del Ircca. Si el organismo detecta irregularidades, se aplicarán sanciones que pueden ir desde multas de 2.000 unidades reajustables hasta la inhabilitación del negocio.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura