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Ricardo Pérez Manrique. Foto: Manuela Aldabe

“No parecería ser lo más conveniente”

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Presidente de la SCJ discrepa con el Ministerio del Interior por el traslado de la cárcel El Molino.

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En los próximos meses, el Ministerio del Interior (MI) prevé cerrar El Molino, la primera cárcel maternal del país. Son varias las instituciones y los dirigentes que cuestionan esta medida (entre ellos, el comisionado parlamentario para el Sistema Carcelario, Juan Miguel Petit, y la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo), que reflexionan sobre las incongruencias que se generan entre la maternidad y el encierro, y los caminos para disminuir el daño.

El artículo 29 de la Ley 14.470 establece que las mujeres privadas de libertad pueden permanecer con sus hijos en las cárceles hasta que estos cumplan cuatro años de edad, aunque cabe la posibilidad de aplicar una prórroga hasta los ocho. Transcurrido ese plazo, se envía al niño con el familiar más cercano y, en caso de que no lo haya, se lo deriva a una dependencia del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.

Desde 2010 funciona El Molino, el primer centro carcelario de Uruguay exclusivo para que las reclusas permanezcan con sus hijos: una isla amurallada, en el barrio Paso Molino, que en 2016 cerrará sus puertas por disposición del MI. La idea es que la institución se instale en la planta baja de la Unidad Nº 5 del Instituto Nacional de Rehabilitación, el centro penitenciario femenino más grande del país, en Colón.

En más de una oportunidad a Ricardo Pérez Manrique le tocó visitar las diferentes cárceles femeninas. El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contó que son dos o tres horas de un “permanente ruido ensordecedor”. Los golpes en las puertas, la música a todo volumen y las comunicaciones de ventana a ventana son el sonido habitual en estos centros. También la circulación de droga. “Hay una incompatibilidad entre los niños y las cárceles”, opinó Pérez Manrique. Su argumento: las cárceles tradicionales son lugares violentos. “Todos los parámetros internacionales y nacionales indican que no es conveniente que los niños estén en prisiones donde rige la regla del encierro”, señaló. En este contexto, El Molino supuso desde su origen una alternativa para que los niños estén con sus madres durante una etapa decisiva de sus vidas. “Parecía una solución apropiada, ya que propone tenerlos junto a sus madres en un lugar que no es una cárcel tradicional”, sino “una casa grande”, como se le suele decir. La cuestión es cómo respetar los derechos de los niños. “Estando las madres privadas de libertad, parece difícil. El niño tiene derecho a la educación, a la vida en sociedad, al contacto con sus familiares. Y sus derechos no pueden ser restringidos porque la madre está detenida”, apuntó el titular de la SCJ.

“No conozco con exactitud las condiciones del traslado, y no pretendo incidir en una decisión de las autoridades penitenciarias, pero no parecería ser lo más conveniente”, continuó Pérez Manrique. Planteó que el nuevo destino, la Unidad N° 5, tiene en contra un elemento no menor: es un edificio construido en la altura. “El primer piso, si bien es el nivel de mínima seguridad, también es el que recibe todas las manifestaciones de protesta y violencia que hay del sistema penitenciario”.

Al jerarca le preocupa la situación de las cárceles de mujeres en el interior del país, en las que también hay niños y donde “no hay desarrollo de capacidad edilicia y de contención para los reclusos”. “Los niños no deberían estar encarcelados con sus madres. Ya el viejo Código del Proceso Penal, que va a ser sustituido, establecía que el parto era un elemento a tener en cuenta, por ejemplo, para no decretar prisiones preventivas”, indicó. Pérez Manrique opinó que se deberían evaluar alternativas a la prisión, como la privación de libertad parcial. “Una de las más utilizadas es el arresto domiciliario: la persona tiene restricciones en su libertad de movimiento, pero vive en un hogar y no en una cárcel. La Constitución establece que determinados delitos no admiten la existencia de prisión preventiva. Pero habría que flexibilizar algunos aspectos para considerar situaciones excepcionales, como es el caso de la maternidad. Las opciones son: generar establecimientos especiales, como El Molino, o pensar en medidas alternativas, como el arresto domiciliario. Esa podría ser una alternativa. Dependerá de otros factores, pero en un principio sería lo ideal”.

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