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Jorge Díaz, fiscal de Corte. Foto: Pablo Vignali

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Fiscal de Corte dispuso traslado de fiscal que entendió que no había delito cuando se trató de “violación y abuso” de un padre a su hija.

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El fiscal de Corte Jorge Díaz informó ayer en conferencia de prensa que dispuso el traslado del fiscal Ricardo Chiecchi Rostan a un cargo con responsabilidades en “materia” no penal y advirtió que podría no ser “sujeto a responsabilidad” debido a la legislación del país. Chiecchi Rostan fue quien en Rivera tuvo a su cargo un caso de violación y abuso por parte de un padre hacia su hija adolescente, la que quedó dos veces embarazada. El fiscal entendió en dos oportunidades que se trataba de un caso de incesto, y la investigación fue archivada. Siete años después, a fines de junio, el caso volvió a la Justicia tras una denuncia anónima y la jueza Noelia Sánchez procesó con prisión al padre de la joven por los delitos de violación, incesto y violencia privada. El domingo 3 de julio, el procesado se suicidó en la cárcel.

“Con dolor, con profundo dolor, vengo a asumir la responsabilidad”, expresó Díaz. “Hemos dicho siempre que debemos actuar con transparencia y con responsabilidad y asumir las responsabilidades que la ley nos asigna y la sociedad nos ha asignado”, afirmó. Luego dijo que “rendir cuentas implica no barrer para abajo de la alfombra” y comenzó a referirse a los detalles del caso. Con respecto al fiscal trasladado, explicó que se trata de “un funcionario que hasta la fecha no ha tenido ninguna anotación negativa en su carrera, que ingresó al Ministerio Público en un cargo técnico con un concurso de oposición y méritos”, que fue designado luego como fiscal en el departamento de Rivera y que más tarde ascendió a fiscal Letrado Nacional “por concurso abierto”, también de oposición y méritos. “No ha tenido procesos disciplinarios ni investigaciones administrativas, ni siquiera ha tenido una denuncia en su contra”, agregó. Sin embargo, tras conocerse la información del padre de la joven a través de la prensa, Díaz solicitó el expediente del caso. “En enero de 2009 una psicóloga que hacía trabajo social en un barrio de la ciudad de Rivera denuncia en la comisaría de mujeres que una adolescente de 13 años cursaba un embarazo de seis meses y que los vecinos del barrio afirmaban que el padre de la criatura era el padre de la adolescente”, informó Díaz. El fiscal de Corte añadió que “hay un elemento que no es menor” y es que “este individuo tenía un antecedente penal por violación”. Tras el análisis forense, se constató que la adolescente cursaba un embarazo de entre 19 y 21 semanas. El fiscal solicitó un examen de ADN y se comprobó que el padre de la niña era el progenitor del niño. Díaz explicó que, ante esto, el juez de la causa “emite una resolución [por la] que, no surgiendo denuncia de la madre de la adolescente” ni indicios de la existencia de un delito sexual, se resuelve archivar el caso, dando aviso al fiscal. El primer “error inexcusable” de Chiecchi Rostan fue no apelar la decisión del juez, dijo Díaz. “Esto generó que la adolescente siguiera en manos del abusador”, juzgó el fiscal de Corte. “Unos años después del archivo, un médico de una policlínica denuncia que esa adolescente había quedado embarazada nuevamente y que el niño estaba en grave estado, con malformaciones congénitas”, y se retomó el informe sobre el caso. La jueza que recibe la denuncia dispone el análisis de ADN y se comprueba que “los dos hijos” de la adolescente “habían sido engendrados por su padre”. Al darle “vista al fiscal” Chiecchi Rostan, este comete un “error inexcusable, por no decir horror inexcusable” que es descartar el delito de incesto porque “sin escándalo público no es delito”. Pero para Díaz el error del fiscal es que “nunca estuvimos frente a un caso de incesto”. “Estamos ante un caso de violación. El incesto implica relaciones consensuadas entre personas con determinado grado de parentesco. En este caso hay una situación de abuso y no de incesto”, manifestó Díaz, y volvió a repetir que otra vez “vuelve esta chiquilina a estar bajo el dominio del abusador”. “Siete años después de la primera denuncia el caso finaliza con el procesamiento del padre por violación y de la madre por omisión de los deberes inherentes a la patria potestad”. Por su parte, la Suprema Corte de Justicia está estudiando la responsabilidad de los jueces en este caso, algo que Díaz aclaró que no puede hacer.

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