la diaria Nacional

Renovado

Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta Ingresá
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

El presidente Tabaré Vázquez firmó un decreto modificatorio de otro que había aprobado hace nueve años, en agosto de 2007, sobre la creación de órganos de participación tripartitas sobre seguridad laboral, que reglamentó el Convenio Internacional de Trabajo Nº 155.

En declaraciones a la Secretaría de Comunicación Institucional de Presidencia, el inspector general de Trabajo, Gerardo Rey, valoró que el decreto “fomenta la salud y seguridad en el trabajo”, además de que “dota de mejores herramientas” a la norma inicial y promueve la instalación de comisiones bipartitas de trabajadores y empleadores en las que se fijan políticas de prevención de riesgos laborales. Las modificaciones surgieron del Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo, con acuerdo del gobierno, de trabajadores y empresarios.

Rey explicó que el nuevo decreto define que “en ningún caso los representantes de los trabajadores pueden ser designados por la empresa” cuando en esta no exista una organización sindical. La modificación del decreto aclara expresamente que “cuando en una empresa no existe organización sindical, corresponde a los trabajadores de la empresa elegir a sus representantes”.

Estas comisiones se encargan de tareas como estudiar los riesgos laborales, fomentar las mejores prácticas, trabajar en la prevención de riesgos y redactar procedimientos de trabajo, a la vez que también abordan temas de acoso sexual o laboral.

El nuevo decreto también establece que los tiempos de capacitación destinados a la formación de los delegados de las comisiones bipartitas de seguridad y salud en el trabajo no podrán ser inferiores a 24 horas anuales.