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MSP reglamentó procedimiento para espirometrías positivas

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El Ministerio de Salud Pública (MSP) reglamentó el derecho de las personas con espirometría positiva a hacerse un examen de sangre para confirmar o rectificar alcoholemia, una disposición incluida en la Ley de Tránsito y Seguridad Vial. En una resolución fechada el 12 de setiembre, el Poder Ejecutivo dispone que la persona podrá ejercer ese derecho en las dos horas posteriores a la realización de la espirometría, presentándose en su prestador de salud al menos media hora antes del vencimiento del plazo.

El MSP, en coordinación con los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), determinará los lugares donde las personas podrán realizarse el examen, y lo comunicará al Ministerio del Interior, la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y las intendencias. Cuando un conductor sea sometido a una espirometría y esta dé positivo, tendrá derecho a ser informado sobre los lugares donde puede realizarse el examen de sangre. En principio deberá hacerlo en su prestador de salud, pero también puede realizarlo en un prestador distinto que le resulte más accesible por la distancia, en régimen de libre contratación. El examen costará, sin contar timbres ni impuestos, 1.600 pesos.

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