Ingresá

Gobierno emite directiva sobre datos abiertos pero aprueba decreto que “retrocede” en acceso a información pública

3 minutos de lectura
Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta
Registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

Sin demasiado ruido, el Poder Ejecutivo emitió un decreto el 13 de febrero en el que modifica una norma similar de 2007, estableciendo como único cambio un agregado a un artículo, en el que se determina que “el funcionario que haga públicos, divulgue, o dé a conocer a terceros los documentos referidos en el presente artículo, excepto en los casos previstos por la ley, incurrirá en falta muy grave, pasible de destitución”.

El decreto se limita a decir en su “Considerando” que “se estima oportuno y conveniente regular aspectos sustanciales” de la actuación de funcionarios públicos, y que “dichos deberes implican para el funcionario no sólo la preservación de los intereses de la Administración sino conducirse con la debida discreción respecto de los datos, hechos y documentos de los que toma conocimiento en virtud del desempeño de su cargo o función”.

El decreto, no muy promocionado en el sitio web de Presidencia, no pasó para nada desapercibido en varias organizaciones sociales: “Desde la Red de Gobierno Abierto queremos señalar que se trata de una regulación regresiva en relación a la tutela del derecho de acceso a la información pública, por cuanto desconoce el principio de máxima publicidad que debe orientar la gestión administrativa según se desprende de la ley 18.381” (de Derecho de Acceso a la Información Pública), establece un comunicado de esta organización. Según agrega, “de esta forma el discurso jurídico y político subyacente del Decreto dirigido a los funcionarios públicos vuelve a ser [el] del secreto, reafirmando la concepción de que la información le pertenece a la administración y no a la sociedad en su conjunto, algo que mucho lamentamos”.

Además, se detalla que se trata de un decreto “impreciso en cuanto a su alcance material, (esto es, respecto al elenco de informaciones que quedan alcanzadas)”, y que también prescinde de “distinguir el carácter de la información comprendida bajo el deber de reserva de los funcionarios públicos, yendo mucho más allá del régimen de responsabilidad administrativa previsto en la ley 18.381”. Si bien esta norma establece que se considerará una falta grave “permitir el acceso injustificado a información clasificada como reservada o confidencial”, el nuevo decreto no realiza ninguna “precisión” sobre esta distinción, “lo cual a la luz del rigor impuesto por la disposición del Ejecutivo y dada su vaguedad, es de esperar que [...] derive en obstáculos para quienes intenten acceder a información pública sobre procesos deliberativos de ahora en más”. Para la Red de Gobierno Abierto, “la imprecisión de la norma hace pensar que la misma supondrá los mismos efectos que si se hubiera procedido a una clasificación genérica de información respecto a procesos deliberativos”, algo que, se recuerda, está prohibido por la ley de acceso a la información pública y su decreto reglamentario.

Luego, tras recordar que el decreto “va en sentido contrario de las recomendaciones de los organismos internacionales e interamericanos de derechos humanos”, se asegura que esta norma “podría tener un efecto inhibidor, que incluso puede comprometer la divulgación de información en la que existe un interés justificado”. La declaración es firmada por varias organizaciones, entre ellas el Centro Archivo y Acceso a la Información Pública (Cainfo); Cotidiano Mujer; Datos Abiertos, Transparencia y Acceso a la Información Pública; Uruguay Libre de Megaminería; Uruguay Transparente y Uycheck.

Por la positiva

Exactamente una semana después, el Ejecutivo dio un mensaje en el sentido opuesto, aprobando mediante otro decreto las “directrices técnicas para la apertura de datos” y encomendando a todas las instituciones públicas, sean estatales o no, un plazo de 180 días para la presentación de planes y proyectos específicos para la apertura de sus datos. “El país ha ingresado en un importante proceso de fortalecimiento de la transparencia y facilitación de la información pública”, considera este segundo decreto.

Las directrices aprobadas responden a una reglamentación de un artículo de la Ley de Presupuesto de este gobierno, que obligó a los organismos a difundir en formato abierto toda la información, que están obligados a publicar en su sitio web, según la ley de acceso a la información pública (lo que se conoce como “transparencia activa”). Estas directrices fueron elaboradas en conjunto entre varias organizaciones estatales con otras de la sociedad civil. En el llamado “grupo de datos abiertos”, que trabaja en la órbita de la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic), colaboran los ministerios de Educación y Cultura y de Economía y Finanzas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República y representantes de dos organizaciones de la sociedad civil: Uycheck y Data.

Fernando Uval, quien representó a la organización Data en el grupo, explicó que es muy común que los organismos publiquen su información en formatos como el pdf u otros que son difíciles de leer y procesar por medio de computadoras, lo que dificulta su utilización para, por ejemplo, crear aplicaciones o analizar el actual funcionamiento del Estado. “La idea es pasar esa información a lenguaje de máquina, por lo que con programas se puede recopilar toda esa información y sistematizarla”, agregó. Uval además interpretó que esto servirá para permitir que “el día de mañana se pueda lograr mapear y optimizar el Estado, y saber, por ejemplo, qué organismos existen, qué finalidades tienen y con qué funcionarios cuentan”.

No obstante, Uval expresó que el grado de cumplimiento que los organismos obligados por la ley de acceso a la información pública por la transparencia activa es “pésimo” y ronda el 40%. De hecho, el Índice de Transparencia Activa en Línea, un indicador utilizado por Cainfo para medir el cumplimiento de la ley respecto de este punto, marca que en 2014 no existió ningún organismo que llegara a tener “niveles de cumplimiento por encima del 70%”. Según el informe elaborado por Cainfo ese año, “ni intendencias ni ministerios muestran niveles aceptables de transparencia activa, por lo cual aún persisten muchos retos”.

¿Tenés algún aporte para hacer?

Valoramos cualquier aporte aclaratorio que quieras realizar sobre el artículo que acabás de leer, podés hacerlo completando este formulario.

Este artículo está guardado para leer después en tu lista de lectura
¿Terminaste de leerlo?
Guardaste este artículo como favorito en tu lista de lectura