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Charles Carrera.

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La Justicia aceptó demanda de legisladores del FA y convocó a Presidencia a una audiencia de acceso a la información pública

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La acción fue presentada por cuatro legisladores de la oposición que reclaman conocer las iniciativas privadas recibidas por el Poder Ejecutivo.

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Leído por Abril Mederos.
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El juez en lo Contencioso Administrativo de tercer turno, Javier Gandini, convocó a la primera audiencia de un juicio de acceso a la información pública promovido por los legisladores emepepistas, Sebastián Sabini, Daniel Caggiani, Charles Carrera y Alejandro Sánchez para conocer las iniciativas privadas que recibió Presidencia de la República desde el inicio del período de gobierno.

Según la demanda de acceso a la información a la que accedió la diaria, el 9 de mayo de 2022, los legisladores presentaron un pedido de acceso a la información pública para conocer las iniciativas privadas, reguladas en los artículos 19 y 20 de la Ley 17.555. El 4 julio la prosecretaría de Presidencia respondió que eran 13 las iniciativas presentadas. La respuesta fue considerada incompleta debido a que sólo en OSE había 25 iniciativas, según la información aportada a los accionantes por el integrante del directorio en representación de la oposición, Edgardo Ortuño.

“La existencia de una ley de acceso a la información pública actúa [...] como un mecanismo para asegurar la transparencia de la gestión pública, permitiendo a los ciudadanos ejercer un efectivo control sobre los sujetos que han designado para la conducción del país”, señala la demanda que pide condenar a Presidencia a otorgar la información solicitada.

Durante la audiencia, Presidencia dará sus explicaciones y las partes presentarán pruebas, testimonios y alegatos. El juez deberá definir la situación en la misma audiencia o en un plazo de 24 horas. La ley prevé que, en casos excepcionales, el juez pueda prorrogar la audiencia hasta tres días.

El proceso de acción de acceso a la información pública está establecido en los artículos 22 al 30 de la ley de acceso a la información pública (18.381) y procede “contra todo sujeto obligado” por la ley “ cuando este se negare a expedir la información solicitada”.

En los juicios de acceso a la información pública sólo pueden ser apeladas ante un tribunal las sentencias definitivas de primera instancia. En ese caso, hay un plazo de tres días para apelar la sentencia, otros tres días para que la contraparte responda la apelación y un plazo de cuatro días para que el tribunal de apelaciones se expida.

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