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El fiscal de Corte, Juan Gómez, en la sede de la Fiscalía General de la Nación (archivo , marzo de 2023).

Foto: Ernesto Ryan

¿A quién beneficia la reserva de las causas judiciales?

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El impacto de las filtraciones, un debate entre el derecho a la información, la libertad de expresión, el derecho a la privacidad y las garantías del debido proceso.

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Leído por Cecilia García.
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“Poner en duda la credibilidad de la Fiscalía es poner en duda el Estado de derecho”, expresó el fiscal de Corte Juan Gómez, el miércoles 8 de noviembre, tras comparecer ante la Comisión de Constitución y Códigos de la cámara baja, convocado por el diputado del Partido Nacional Rodrigo Goñi. Durante su comparecencia Gómez dijo que la Fiscalía estaba evaluando mecanismos para incrementar la trazabilidad de los documentos para inhibir las filtraciones y aseguró –ante los sistemáticos cuestionamientos por parte del sistema político a la fiscalía– su “absoluta confianza” en que los fiscales “no son quienes filtran audios”.

El día anterior, Gómez había firmado un instructivo que fue distribuido internamente en la Fiscalía, en el que recomendaba “evitar la realización de comentarios públicos por cualquier vía” durante la etapa previa a la formalización y no hacer comentarios en redes sociales sobre las causas y únicamente informar “el resultado” luego de la formalización, algo que incluso podrían hacer a través del departamento de comunicación.

La discusión sobre quiénes son los responsables de las filtraciones y cómo podrían ser identificados e incluso sancionados desplazó el debate sobre su rol, su impacto y su legitimidad.

Una forma de dimensionar el impacto de las filtraciones a la prensa es contrastar la información divulgada sobre un caso con la información a la que se puede acceder por vía judicial. En el caso Astesiano, que tiene abiertas al menos ocho carpetas de investigación, oficialmente sólo se conocerían algunos aspectos de tres; la vinculada a los pasaportes rusos; la del exsubdirector de la Policía Nacional Jorge Berriel, imputado por revelar información de una causa judicial; y la del espionaje contra los senadores Charles Carrera y Mario Bergara, en la que la primera instancia pública se concretó el pasado 10 de octubre, 11 meses después de divulgados los hechos.

En la causa sobre la entrega del pasaporte a Sebastián Marset -que generó una crisis de gobierno que culminó con la renuncia del canciller, el ministro del Interior, su subsecretario, el asesor de comunicación estratégica del gobierno y la apertura de una nueva investigación penal en el corazón de la Torre Ejecutiva- aún no hubo ninguna instancia pública.

Lo que dice la ley sobre la reserva y la publicidad del proceso

Hay dos etapas bien marcadas en cuanto a la publicidad del proceso: la investigación preliminar, que es el período que va desde el inicio de la investigación hasta la formalización, y el período que va de la formalización a la condena.

La reserva del proceso antes de la formalización está regulada en el artículo 259 del Código de Proceso Penal, que en su inciso sexto establece que “los funcionarios que hayan participado en la investigación y las demás personas que por cualquier motivo hayan tenido conocimiento de las actuaciones, estarán obligados a guardar secreto”.

Se trata de una disposición general del código del proceso que no prevé una sanción penal para los particulares, pero sí para los funcionarios públicos, en este caso fiscales, policías o defensores públicos, que incurrirían en el delito de revelación de secreto previsto en el artículo 163 del Código Penal.

Luego de la formalización, la reserva sólo puede determinarse a través de una orden judicial, por lo que su incumplimiento implica –para funcionarios y particulares– el delito de desacato, previsto en el artículo 173 del Código Penal.

En diálogo con la diaria el fiscal especializado en Homicidios, Carlos Negro, señaló que, en la práctica, se da que se alarga la etapa reservada de investigación preliminar, porque el fiscal quiere reunir más evidencia antes de la formalización, principalmente en los casos en los que requiere prisión preventiva.

“La investigación preliminar a veces se extiende un poco más de lo ´debido´, no quiere decir que esté mal, pero no es el espíritu de la norma, que es investigo, determino con objetividad que una persona cometió el delito, formalizado, pero hasta que llego a la formalización la norma es la reserva, el público, la prensa, los ciudadanos no pueden acceder a la información de la carpeta investigativa, sí lo pueden hacer las partes, el imputado, la fiscalía, la víctima y sus abogados”, expresó.

En cuanto al alcance de la reserva, Carlos Negro expresó que la persona que declara es dueña de su declaración. “Con mi declaración hago lo que quiero, sea testigo, imputado o víctima, mis dichos son míos, la norma no pretende callarme eso, lo que la norma pretende reservar es el resto de la investigación”, señaló y agregó que si alguien entrega la grabación de su declaración, tampoco viola la reserva.

“La reserva es un lugar muy tentador, pero mis dichos son mis dichos, las personas no pueden ser privadas de divulgar sus pensamientos, porque eso sería ir en contra de la libertad de expresión”, agregó.

Las filtraciones en el trabajo cotidiano de los fiscales

El fiscal especializado en Estupefacientes, Rodrigo Morosoli, dijo que en la función que cumple la ley lo obliga a evitar las filtraciones. “Así como mi mandato legal tiende a evitar filtraciones, reconozco la labor periodística, en cuanto a develar lo que está oculto y el rol social que cumple, es un tema de roles”, señaló.

“La ley prevé la reserva para que la investigación llegue a un buen desenlace, ya sea de archivo o de una imputación, que sea una decisión tomada con información de calidad, con la mayor cantidad de evidencia disponible a la vista. Si hay una filtración de una declaración de una persona que está involucrada en la investigación y una persona que está ajena todavía al caso la escucha y se siente comprometida o entiende que puede estar en la lista de espera para ser llamada o que puede ser objeto de un allanamiento o una intervención telefónica, está sobreaviso y puede tomar recaudos para preparar su declaración de una forma más eficiente a sus intereses, esconder documentación, contactar testigos, puede hacer un montón de cosas que terminen perjudicando a la investigación”, explicó Morosoli.

Consultado sobre la necesidad de incrementar medidas para evitar filtraciones, Morosoli respondió que las mayores filtraciones son de declaraciones de imputados o testigos en sede fiscal, y el fiscal tiene la obligación legal de preservar la reserva por lo que podría protocolizarse esas tomas de declaración de manera de que no haya otros dispositivos de registro durante la declaración. “No por sospecha, sino para disminuir racionalmente los riesgos de filtración”, señaló.

Morosoli destacó el nuevo código de proceso en cuanto a su publicidad, y recordó que durante el proceso penal anterior los periodistas pasaban horas en la puerta esperando que alguien saliera de las audiencias que hoy son públicas.

El fiscal fue consultado sobre la forma de publicidad de lo investigado por parte de la fiscalía durante las audiencias públicas, que muchas veces se reducen a un raconto general de los hechos, sin mayores detalles y un listado de evidencias. “Lo más adecuado técnicamente es relacionar cada evidencia con el relato que hacés. No es decir ‘filmaciones de DIVARU’ (Dirección General del Centro Comando Unificado), sino filmaciones de Divaru que captan el momento en que el imputado rompe la ventanilla del conductor de tal vehículo y entra dentro del coche, tenés que darle la información al juez”, señaló, opinando que aún persisten “carencias de litigación oral y obstáculos culturales” vinculados a la publicidad.

Por su parte, el presidente de la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay, Willian Rosa, planteó que las filtraciones en la investigación preliminar son “algo totalmente pernicioso”.

“A veces se ve frustrada una investigación porque en el proceso hubo una filtración, que alertó de la estrategia o que previno a involucrados, es desde ese punto de vista que nosotros vemos esto como algo malo”, señaló.

Rosa dijo que a partir de la filtración puede instalarse un prejuicio y que el “juicio mediático” que se genera puede terminar en cuestionamientos por parte de la defensa hacia el juez, que tuvo acceso a la información pública.

“No es un problema con el trabajo periodístico, sino con preservar la investigación que se lleva adelante, por algo el legislador establece que la investigación es reservada para terceros, por los riesgos que existen si se abre a la luz pública”, afirmó.

Consultado sobre si una filtración parcial no puede favorecer la estrategia de un fiscal que no cuenta con mucha evidencia contra el investigado, respondió: “Si es un fiscal mínimamente responsable no puede hacer esas especulaciones, porque si logra una prisión preventiva, que no se ratifica en juicio, el Estado va a ser sometido a responsabilidad. Sólo un mal fiscal podría guiarse por esas estrategias, las filtraciones siempre son malas para la fiscalía”.

En cuanto a la verdadera afectación de la estrategia de la fiscalía por una filtración, cuando mayoritariamente se filtran elementos a los que las otras partes ya tenían acceso, Rosa respondió: “Muchas veces los casos se abren en muchas líneas de investigación, que pueden traer otros imputados y el hecho de que tome luz pública eso, capaz que le sirve al imputado que ya está individualizado pero no respecto del que podría ser llamado”.

“Lo que uno quiere hacer es una investigación apegada a las normas, que tengan como punto de luz la formalización o el archivo”, señaló y planteó que las filtraciones muchas veces generan descreimiento en el sistema, por ejemplo ante un archivo, porque los elementos que se requieren para imputar son mucho mayores a los que se requiere en una discusión mediática. “Yo ante un juez tengo que mostrar que tengo un dos, mostrar que tengo otro dos y mostrar que eso es 4, no basta con solo decirlo y abrir las manos”, expresó.

“Cuando el resultado del juicio mediático es alguien diciendo ‘evidente que acá hay tongo’ y el resultado que yo tengo en la indagatoria es ‘yo no encontré los elementos’, se juega un descreimiento en la actuación del sistema de justicia”, señaló.

Consultado sobre aquellas causas de interés público que, después de la etapa preliminar, son declaradas reservadas por un juez a pedido de la fiscalía, Rosa respondió: “Ahí tenemos que hacer autocrítica como integrantes del sistema de Justicia, uno siempre cuando está trabajando en temas tan sensibles tiende a resguardarse y tiene como una incomodidad con la transparencia, hay que ser honesto respecto a esto, porque al mostrar el trabajo a la opinión pública, salen opiniones livianas, que no tienen el trasfondo de lo que uno hizo, pero es lo que establece la norma, que la luz pública sucede al momento de la formalización y que la reserva debe ser excepcional”.

Las filtraciones y el derecho a la información

El ex relator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Edison Lanza dijo a la diaria que el derecho internacional protege la actividad periodística y el derecho a la reserva de las fuentes y que el periodismo es una manifestación esencial de la libertad de expresión.

“Un elemento clave de esa libertad de prensa y del funcionamiento de los medios y el periodismo es la protección de la confidencialidad de la fuente de información, estamos hablando de información de interés público que es básicamente la que publican los medios cuando hacen periodismo de investigación. Esa información de interés público está especialmente protegida. Si el periodista recibe información de fuentes judiciales no puede ser sancionado por difundir esa información”, señaló.

“Si se está dilucidando un caso de irregularidades o de abuso de poder, la prensa recibe la información, la chequea y es de interés público, hay una protección especial y clara para que el periodista pueda difundirla sin sufrir represalias”, agregó.

Lanza planteó que la prensa también tiene reglas éticas sobre cómo da la información, en cuanto al resguardo de la privacidad de las víctimas.

Consultado sobre si las iniciativas que apuntan a fortalecer la reserva atentan contra libertad de expresión, Lanza dijo que la Fiscalía está actuando sobre el marco de la ley, en la medida en que el código dispone la reserva de una etapa del proceso, pero calificó como excesivo “censurar o perseguir a quienes dan información”, sin tener la obligación legal de la reserva.

Lanza señaló que en una sociedad como la nuestra, en la que el principio constitucional es de libertad de expresión, para establecer cualquier restricción a la circulación de información hay que pasar por un test estricto de legalidad y de interés legítimo, necesidad y proporcionalidad y destacó la existencia de instrumentos legales, como el acceso a la información, que tratan de “garantizar que todos los actores pueden acceder a información sobre los temas de interés público y asuntos de gobierno de manera amplia y sin restricción”.

“Cuando se generan anuncios por parte de las autoridades de la fiscalía, como la trazabilidad o el instructivo que envió la fiscalía para que tengan prudencia los fiscales en la declaración, hay que tener cuidado de no crear un ambiente de restricciones o autocensura”, agregó y señaló que también los fiscales y los jueces tienen la obligación de informar, pasada la etapa de reserva.

Por su parte, Fabián Werner, presidente del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública, dijo que el periodismo siempre usó filtraciones como insumo periodístico y se ha admitido como una forma válida de conseguir información, “sobre todo en situaciones de notorio interés público donde sería prácticamente imposible conseguirla de otro modo”. Werner dijo que el debate que se está dando en Uruguay tiene que ver con “la inquietud de un sector político que se siente cuestionado a partir de la divulgación de algunas investigaciones judiciales y fiscales que lo perjudican ante la opinión pública, pero más allá de eso me parece que no tiene ningún asidero ni justificación que se esté cuestionando la existencia de filtraciones”.

En esa línea, señaló que hay algunos casos particulares, como el de Marset, en el que “queda bien claro hasta qué punto es importante que existan filtraciones, porque de otro modo buena parte de la información que conocemos hoy no la conoceríamos y seguramente la mayoría de las consecuencias políticas que eso generó no hubieran aparecido”.

Werner planteó que la expectativa que existía sobre el funcionamiento de los juicios orales y públicos no se cumplió y agregó que reciben muchas denuncias de periodistas a los que le niegan el acceso o que declaren la reserva de una causa, en el momento en que solicitan ese acceso.

“Con toda esta discusión acá está habiendo un intento de amedrentar a la fuente, evitar que aquellas personas que tienen acceso a determinada información la entreguen a los periodistas, por miedo a ser descubiertos y que exista una represalia contra ellos”, planteó y señaló que esa situación-de un posible proceso contra la persona que brindó la información- puede afectar al periodista en su proceso de publicación.

“Estamos en un momento bastante hostil para la libertad de expresión en Uruguay, hay estigmatización de periodistas, presiones por parte de voceros del gobierno, juicios contra periodistas, sumarle a todo ese contexto complejo este debate, en el que claramente la idea es afectar la llegada de información a la opinión pública sobre estos temas importantes y conflictivos, tiene una intención muy clara”, agregó.

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