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Foto: Ernesto Ryan

¿Cómo es la nueva regulación de la actividad del delivery en Maldonado?

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Al cabo de 12 años, todos los partidos se pusieron de acuerdo para aprobar un decreto reglamentario en la Junta Departamental.

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La Junta Departamental de Maldonado (JDM) aprobó, por unanimidad, el decreto N° 4.084/2023 que reglamenta la actividad de los delivery en el departamento. Esto comprende a los servicios de traslado de alimentos u otros productos a domicilio a través de bicicletas, ciclomotores, motocicletas, motonetas, triciclos o cuatriciclos.

De este modo, se crea un Registro Único de Servicios de Entrega, que funcionará en la dirección general de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Maldonado (IDM). Los repartidores de comercios o aplicaciones digitales deberán inscribirse para obtener un carné habilitante, que exigirán sus empleadores. La autorización -precaria y revocable- tendrá una duración de un año, con posibilidad de renovación.

Además de sus datos personales, los repartidores deben contar con licencia de conducir vigente y aportar la constancia de Seguro Obligatorio de Automotores (SOA), la libreta de propiedad del vehículo, carné de salud y carné de manipulación de alimentos.

Por otra parte, habrá que presentar una constancia que acredite la contratación de seguro de accidentes personales. Además, los repartidores deberán asistir a instancias de capacitación sobre manejo defensivo y conducta vial, que serán impartidas por la IDM, específicas para la función a desempeñar.

Los vehículos utilizados para desarrollar la tarea de delivery deben estar en buenas condiciones y cumplir con las exigencias departamentales, además de contar con el SOA. También deberán estar empadronados en el departamento de Maldonado, al tiempo que se prohíbe circular en modelos de motos o autos que se utilicen en competencias deportivas.

El decreto establece que la IDM controlará el “comportamiento vial” de los repartidores. Las infracciones que impliquen sanción pasarán al registro único de entrega. Si se constatan cinco o más irregularidades en el período de un año, la comuna podrá sancionar al trabajador con la suspensión o revocación de su carné. Paralelamente, la administración deberá remitir a la JDM un informe anual respecto a la aplicación del decreto.

Otro de los puntos indica que la Dirección de Higiene y Bromatología inspeccionará y habilitará los contenedores de alimentos que se utilicen para prestar el servicio de entrega. Por último, se establece que la IDM y la JDM realizarán una masiva campaña de información sobre las disposiciones contenidas en el nuevo decreto, a través de televisión, radio, prensa escrita y portales informativos. La reglamentación del decreto se realizará dentro de los 180 días siguientes a su promulgación.

La iniciativa de este proyecto fue planteada originalmente en 2011 por el edil colorado en ese momento Eduardo Elinger, quien hoy se desempeña como diputado suplente de Germán Cardoso. Finalmente, luego de varios años en los que el sistema de repartos evolucionó y obligó a debatir la actualización de las medidas para incluir también a las aplicaciones digitales, todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo para aprobar el proyecto.

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