La Coordinadora Interterritorial Derecho a Habitar realizó el sábado 26 su tercera concentración, esta vez convocada para manifestarse ante “la desigualdad de las políticas tributarias de la Intendencia de Maldonado (IDM) y sus consecuencias”.
Durante la actividad, desarrollada en la plaza Artigas de Piriápolis, se leyó la petición que la coordinadora presentó a la IDM, el 7 de este mes, en la que solicitó flexibilizar los requisitos para acreditar la calidad de poseedor del padrón y tramitar la prescripción tributaria.
Esta petición, amparada en el artículo 30 de la Constitución de la República, expresa el interés de un grupo de residentes y poseedores de inmuebles de Piriápolis en que la IDM “examine el régimen de legitimación actualmente exigido al poseedor para promover la prescripción de tributos inmobiliarios”, aplicable a deudas de contribución inmobiliaria con más de diez años de antigüedad.
Para regularizar la situación contributiva, la IDM solicita acreditar la calidad de poseedor mediante sentencia judicial firme declarativa, según el artículo R.3 del Texto Ordenado de Tributos e Ingresos del Departamento de Maldonado (Totidem), indica la coordinadora en el documento al que accedió la diaria.
No obstante, sostiene que “nunca ha sido un requerimiento exclusivo para probar la posesión”, ya que en otras ocasiones se aceptó probarla mediante certificación notarial, declaración jurada y acta de constatación de obra. De hecho, señala que, en una resolución de junio, que reglamenta el Decreto departamental 4118/2026 para regular obras, la IDM contempla otros medios.
Al enviar el petitorio, la coordinadora también solicitó una reunión con el intendente Miguel Abella, pero todavía no fue concedida. A su vez, el expediente “está trancado” en Asesoría Jurídica de la IDM desde el pasado 10, informó a la diaria Paula Piñeiro, vecina e integrante de la coordinadora.
Si bien aún no hubo respuesta al petitorio, Piñeiro interpreta que el Decreto departamental 4125/2026, que establece un régimen de facilidades para regularizar adeudos, “no deja en claro qué pasa con las deudas que vencieron hace más de cinco años”, que “son millonarias” y que, aún mediante financiación, implican “una cuota que resulta muy elevada”. “Se desampara a las personas que tienen un derecho legítimo”, aseguró.
“Desigualdad entre los mismos poseedores”, según Piñeiro
La vecina consideró que persiste una “desigualdad entre los mismos poseedores”, dado que quienes obtuvieron una sentencia judicial firme declarativa pueden solicitar la prescripción, mientras el resto no puede hacerlo por otros medios. “La intendencia nos reconoce como poseedores para hacer un convenio y pagar la totalidad de la deuda, pero no para prescribirla”, cuestionó. “Queremos tener los mismos derechos”, ratificó.
En esta línea, señaló que es necesario que haya otros medios probatorios, ya que “ningún poseedor va a ir a hacer un juicio porque implica mucho gasto”. Además, sostuvo que una sentencia judicial firme declarativa “no garantiza quedarse con el predio, porque siempre hay que respetar el plazo de 20 años para la prescripción adquisitiva extraordinaria de bienes inmuebles, según el Código Civil”. Por este motivo, afirmó que “no se comprende esta política de la IDM” y que “el poseedor estaría haciéndole un favor al propietario, porque está pagando los tributos que el propietario debe”.
Por último, el petitorio solicita que “se abra un período de amnistía a la brevedad” y que se modifique o complemente el artículo R.3 del Totidem para permitir que la condición de poseedor pueda acreditarse mediante prueba idónea. Además, añade que, “antes de resolver, se deben recabar informes del Departamento de Ingresos Públicos o de la Dirección de Asesoría Jurídica”.