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Ilustración: Ramiro Alonso

Mala demanda y buen fallo

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El martes de esta semana, la jueza Virginia Ginares dictó sentencia sobre una demanda contra la diaria presentada por la psicóloga Gabriela Bazzano y su pareja, el psicólogo Joaquín Rodríguez. El reclamo fue desestimado y corresponde plantear algunas reflexiones, no sólo por un criterio de transparencia y por la satisfacción de que la Justicia haya reconocido que actuamos correctamente, sino también porque el proceso revela problemas de interés general.

La nota, de nuestra compañera Cecilia Álvarez, fue publicada en diciembre de 2020, e informaba que la asociación civil Seamos, fundada y orientada por Bazzano, había sido denunciada en 2015 e investigada, con participación de Interpol y escuchas telefónicas ordenadas por la Justicia, antes de que el expediente fuera archivado en 2017.

Las denuncias se referían a la entrega, sin control de organismos estatales, de hijas e hijos de madres con discapacidad intelectual a otras familias, e incluían además omisión de asistencia, malos tratos, abandono y apropiación de dinero de pensiones. En diciembre de 2020, Bazzano estaba al frente de la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social, y era clara la pertinencia de difundir el antecedente judicial, sobre todo porque, si bien la Justicia no encontró evidencia de conductas delictivas, del expediente surgían cuestionamientos fundados al programa de “familias articuladas” de Seamos, que tras la publicación de la nota fueron profundizados por especialistas y organizaciones de personas con discapacidad.

Bazzano y Rodríguez presentaron su demanda en mayo de 2022. Alegaron que la nota, “difamatoria” y “tendenciosa”, había incitado al odio contra ambos, a partir de informaciones falsas y tergiversadas, causándoles diversos daños. Reclamaron que la diaria, la Universidad de la República y la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay (las dos últimas, por declaraciones posteriores a la publicación de la nota) los compensaran con 451.363 dólares.

La sentencia de Ginares señala que la publicación de la diaria fue legítima en el marco de la libertad de prensa, el derecho de las personas a recibir información y el interés público de la noticia; que dio a conocer en forma fidedigna el contenido de un expediente al que se accedió por vía legal; y que no incluyó apreciaciones tendenciosas o agraviantes.

El resultado reconforta pero también preocupa. Las personas tienen derecho a reclamar cuando consideran que una publicación las ha perjudicado intencionalmente, pero también es cierto que este tipo de demandas por sumas exorbitantes, cuya frecuencia ha aumentado en escala internacional, implican una presión sobre el medio denunciado y sobre todos los demás, y que incluso cuando son desestimadas traen consigo costos, exigencias de tiempo que podría dedicarse al ejercicio de la profesión y un período de incertidumbre, que en este caso duró casi dos años.

Una democracia de calidad requiere buen periodismo de investigación, protegido en forma razonable de hostigamientos temerarios y extravagantes.

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