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Marcelo Abdala (archivo, junio de 2019).

Foto: Santiago Mazzarovich, adhocfotos

Marcelo Abdala: “No tengo excusas que justifiquen mi error”, dijo tras accidente

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El presidente del PIT-CNT tuvo un siniestro de tránsito y el resultado de una espirometría arrojó que tenía 1,53 gramos de alcohol en sangre.

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Leído por Mathías Buela.
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El presidente del PIT-CNT, Marcelo Abdala, chocó en la tarde de este viernes en estado de ebriedad. Según informó Telemundo, la espirometría que le hicieron en el lugar dio un resultado de 1,53 gramos de alcohol en sangre.

El noticiero del canal 12 especificó que el accidente se produjo en Bulevar Artigas casi García Cortinas, en Punta Carretas. Según informó Subrayado, Abdala chocó dos autos estacionados con un vehículo alquilado.

Tras el accidente, Abdala publicó una carta abierta en sus redes sociales en donde agradece que “felizmente no hubo que lamentar personas lesionadas, tan solo daños materiales”.

Asimismo, aseguró que no tiene excusas que “justifiquen” su “error”. “Los duros días que he venido transitando no me eximen de mis responsabilidades. Cuando las cosas están mal, están mal y debo ser el primero en rechazar públicamente lo que sucedió”, asumió.

Desde 2015 rige el decreto que indica que los conductores “no deben manejar ningún vehículo si han consumido alcohol o drogas”, por lo tanto rige la tolerancia cero para todos los conductores de vehículos de cualquier tipo o categoría, consigna la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev).

En la web del organismo se indica que al conductor que se le compruebe que conducía “infringiendo lo establecido”, se le “retendrá la licencia de conducir y se le sancionará”. En caso de que para Abdala haya sido la primera infracción, se le suspenderá la habilitación para conducir por seis meses o un año. En caso de que haya sido la segunda, se extenderá la suspensión hasta dos años, y si es una nueva reincidencia, se le podrá cancelar la licencia de conducir, sostiene la Unasev.

Además, según establece la ley de faltas en su artículo 6, inciso 3, para quien condujere en “grave estado de embriaguez” -que supere el nivel de 1,2 gramos de alcohol en sangre- “el juez, a pedido del Ministerio Público, podrá imponer como pena accesoria la incautación del vehículo por un plazo máximo de tres meses”. Asimismo, los gastos del depósito -en este caso del choque- “correrán por cuenta del propietario del vehículo”, por lo tanto el seguro no cubriría los daños al auto de Abdala. El Juzgado de Faltas determinará si debe realizar trabajo comunitario.

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