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Archivo, abril de 2025.

Foto: Gianni Schiaffarino

Senado avanza en proyecto de ley para sistematizar datos sobre brecha salarial de género

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La iniciativa tiene el objetivo de que el Instituto Nacional de las Mujeres genere un indicador a partir de datos del Banco de Previsión Social.

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El 13 de diciembre de 2023, la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley presentado por el Frente Amplio (FA) que propone sistematizar datos sobre la brecha salarial de género. Sin embargo, la iniciativa no llegó al Senado en la legislatura anterior, y en el actual periodo la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género del Senado lo desarchivó para comenzar su tratamiento.

Por lo tanto, este martes, la Comisión aprobó por unanimidad tres de los cinco artículos del proyecto de ley, según informó a la diaria la senadora del FA y presidenta de la comisión, Constanza Moreira, y se acordó solicitar al Instituto Nacional de las Mujeres su opinión sobre el artículo tres.

El primer artículo declara de interés nacional “la obtención de datos conducentes a generar conocimiento fehaciente acerca de las brechas salariales de género entre hombres y mujeres en Uruguay, para el ámbito público y privado, analizando su magnitud y evolución en el tiempo”.

Para eso, el segundo artículo crea, bajo la órbita del Inmujeres dentro de la división Sistema de información de género, el proyecto de sistematización, clasificación y análisis de datos referidos a la brecha salarial de género, con el objetivo de “tomar conocimiento fehaciente y generar un indicador de la brecha salarial de género, tanto en el ámbito público como privado de actividad”.

En ese marco, el artículo tres encomienda al Banco de Previsión Social y a los organismos de seguridad social, según la competencia, que informen a Inmujeres sobre el promedio del salario de empleados y empleadas o funcionarios y funcionarias, sin discriminación por género, y el promedio del salario, según escalafón de desempeño, en este caso con la discriminación entre sueldos de hombres y sueldos de mujeres.

En diálogo con este medio, la senadora explicó que actualmente la brecha salarial se mide a partir de la Encuesta Continua de Hogares (ECH) del Instituto Nacional de Estadística, y que esta iniciativa busca hacerlo desde BPS. La diferencia, según explicó, es que la ECH “recoge tu opinión” y lo que “decís a un encuestador”; sin embargo, “el otro recoge el dato de lo que efectivamente sucedió”.

“La idea es que desde el sistema de seguridad social, especialmente desde el BPS, se le transmita toda la información sobre remuneraciones y horas trabajadas de hombres y mujeres, en todo lo que es el empleo, que el BPS y los organismos de la seguridad social manejan”, detalló.

Subrayó que el proyecto “es un mejoramiento en el sistema de registro con relación a la brecha salarial”, ya que “el problema de las mujeres en el mercado de empleo” es el acceso a ese mercado, que “está fuertemente determinado en las mujeres por la carga de cuidados”.

Consultada sobre si se hicieron modificaciones al proyecto aprobado en 2023, Moreira respondió que luego de recibir la visita de Inmujeres en la sesión pasada, agregaron la medición de horas trabajadas, y además hicieron “más genérico” el proyecto.

Por ejemplo, la iniciativa original señalaba que la medición se aplicaría a establecimientos de más de 50 empleados, por lo que uno de los cambios fue sacar esa precisión y se amplió para todas las empresas (pequeñas y grandes), sector público y gobiernos departamentales.

En la próxima sesión de la Comisión, los integrantes terminarán de votar el proyecto, que tiene dos artículos más. El cuarto, por ejemplo, tiene la finalidad de que con los datos recolectados el Inmujeres elabore un indicador sobre brecha salarial de género, según rama de actividad, a publicar semestralmente en su página web de dominio público, para que la información sobre la brecha salarial de género sea pública.

El quinto dispone que, en el caso de organismos públicos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de la República, como el Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, la Corte Electoral, el Tribunal de Cuentas y entes autónomos y servicios descentralizados, así como para las intendencias departamentales, “los datos se publicarán desagregados de la rama de actividad, indicando a qué organismo corresponde”.

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